Boletín nº 46 (08-03-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Monturque

Nº. 628/2019

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de fecha 13 de abril de 2012, aprobatorio de la Modificación del Reglamento de Funcionamiento y Uso del Centro de Iniciativas Empresariales del Excmo. Ayuntamiento de Monturque (Córdoba), cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, cuyo texto es el siguiente:

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO Y USO DEL

CENTRO DE INICIATIVAS EMPRESARIALES DEL

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MONTURQUE

ÍNDICE

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES

TÍTULO SEGUNDO. ADMISIÓN Y SELECCIÓN DE PROYECTOS EMPRESARIALES

TÍTULO TERCERO. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

TÍTULO CUARTO. NORMAS SOBRE RÉGIMEN INTERNO

DISPOSICIONES FINALES

ANEXOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Excmo. Ayuntamiento de Monturque acordó la construcción de un edificio destinado a un Centro de Iniciativas Empresariales (CIEM), con locales y despachos destinados a albergar empresas de reciente creación y proyectos de autoempleo que, por su viabilidad, puedan contribuir en términos económicos, comerciales, de empleo, etc., al desarrollo del municipio.

El Centro de Iniciativas Empresariales es una estructura de acogida temporal pensada para ubicar a empresas en sus primeros pasos en el mercado, acompañarlas y prestarles determinados servicios adaptados a las necesidades de cada proyecto empresarial, con el fin de que se facilite el desarrollo germinal de iniciativas de interés local.

Mediante este Reglamento se definen, fundamentalmente, los elementos esenciales del funcionamiento y uso por las empresas beneficiarias de los espacios comprendidos en el Centro de Iniciativas Empresariales, y los derechos y obligaciones de las partes en el contrato de prestación de servicios a suscribir por la utilización y desarrollo de su actividad en el espacio asignado, estableciéndose un tiempo máximo de ocupación de dos años prorrogable por otro año más.

TÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto

Este Reglamento tiene por objeto ordenar el uso de los espacios del Centro de Iniciativas Empresariales del Excmo. Ayuntamiento de Monturque, regular su funcionamiento, así como los derechos y obligaciones de sus usuarios o beneficiarios.

Corresponde al Excmo. Ayuntamiento de Monturque la aprobación y, en su caso, modificación del presente Reglamento.

Artículo 2. Definición del Centro de Iniciativas Empresariales

El Centro de Iniciativas Empresariales es una acción impulsada por el Excmo. Ayuntamiento de Monturque con el objetivo de fomentar el desarrollo de iniciativas emprendedoras y proporcionar un espacio de gestión y apoyo a las nuevas empresas y consolidación de las ya existentes.

El Centro cederá temporalmente el uso de un espacio a las nuevas empresas beneficiarias y empresas ya creadas que reúnan determinados requisitos y éstas, además, podrán disfrutar de una serie de servicios básicos.

El Centro de Iniciativas Empresariales se constituye como un espacio físico, de iniciativa pública, cuyo objeto es facilitar el establecimiento, arranque y consolidación de nuevas empresas o la viabilidad de empresas ya existentes, para su posterior inserción en el mercado.

El objetivo fundamental es el apoyo al surgimiento y continuidad de empresas de reciente creación y proyectos de autoempleo que, por su viabilidad, puedan contribuir en términos económicos, comerciales, de empleo, etc. al desarrollo del municipio, favoreciéndose aquellos que por su interés social o estratégico, así se determinen, así como el apoyo a empresas ya constituidas.

Por otra parte, se pretende desarrollar un tejido empresarial complementario del existente en la estructura económica actual de nuestro municipio.

Artículo 3. Descripción del Centro de iniciativas empresariales

El Centro de iniciativas empresariales, se ubica en el Edificio de usos Múltiples sito en C/ Cordoba, nº 13, tiene una superficie total construida en dos alturas de 606,89 m². Cuenta con espacios comunes y particulares destinados a alojar a las empresas.

1. Partes de uso común: Están constituidas por todas las dependencias y estancias del Centro que no comprenden los despachos cedidos y que son de titularidad del Ayuntamiento de Monturque.

2. Despachos cedidos: Son aquellas dependencias destinadas a uso del ejercicio empresarial de cada cesionario. El Centro cuenta con 11 despachos de diferentes superficies.

3. Servicios asociados al uso de los despachos por los usuarios instalados: Climatización de los despachos, uso gratuito de la Sala de actos, sistema de seguridad por video-vigilancia, mantenimiento integral del edificio, conexión telefónica, hilo musical para publicidad.

TÍTULO SEGUNDO

ADMISIÓN Y SELECCIÓN DE PROYECTOS

EMPRESARIALES

Artículo 4. Requisitos para ser beneficiarios

a) Podrán ser beneficiarios del uso y servicios del Centro las personas físicas o jurídicas habilitadas legalmente para el ejercicio de las funciones declaradas que inicien su actividad económica con su instalación en el Centro de Iniciativas Empresariales.

b) Igualmente podrán ser beneficiarias y ubicarse en el Centro aquellas personas físicas o jurídicas cuya actividad se haya iniciado, en un plazo inferior a 3 años antes de la solicitud de autorización. A estos efectos se tomará como fecha de inicio de la actividad la declarada en el modelo 036 de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

c) Proyectos empresariales promovidos por personas o grupos de personas no constituidas como empresas, pero que en el plazo de un mes desde la notificación de la Resolución sobre autorización de uso de oficinas, presenten justificación de inicio de actividad, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.

d) En el supuesto de que existan espacios disponibles, podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, cuya actividad ya esté iniciada, independientemente de su antigüedad y que quieran relanzar su empresa.

Artículo 5. Actividades excluidas

Actividades insalubres, nocivas y peligrosas, así como aquellas que generen externalidades que perjudiquen el desarrollo normal del Centro y la convivencia en el mismo de conformidad a lo establecido en el presente Reglamento. La justificación de las causas de la exclusión por este concepto, han de recogerse expresamente por escrito en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Monturque, por el que se adjudiquen los despachos.

Artículo 6. Procedimiento de acceso

La evaluación y posterior concesión de las solicitudes al acceso al Centro de Iniciativas Empresariales se hará con arreglo al siguiente procedimiento:

a) Los emprendedores habrán de presentar la solicitud de Acceso al Centro de Iniciativas Empresariales, según el impreso normalizado que se facilitará en el Excmo. Ayuntamiento de Monturque. A dicha solicitud deberá acompañarse como mínimo una Memoria Descriptiva de la actividad empresarial que se pretenda desarrollar, así como aquella otra documentación que se establezca en las bases que regulen la convocatoria.

b) Una Comisión Técnica constituida a tal efecto, realizará, una valoración de cada uno de los proyectos empresariales, tomando en consideración los criterios de selección establecidos en este Reglamento.

c) Una Comisión Técnica realizará, la propuesta que comprenderá los proyectos ordenados por orden de puntuación.

d) La aprobación definitiva de los proyectos empresariales que accedan al Centro será realizada por la Alcaldía, que podrá delegar en la Junta de Gobierno Local. El Excmo. Ayuntamiento de Monturque podrá valorar sucesivas iniciativas en función de la presentación de sus solicitudes, hasta la ocupación total del centro.

e) Una vez seleccionados, los beneficiarios formalizarán un contrato de prestación de servicios, con el Excmo. Ayuntamiento de Monturque, en cuyo clausulado se materializarán los derechos y deberes de ambas partes durante el periodo de estancia en el Centro.

Artículo 7. Solicitudes

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas y acompañadas de la documentación que a continuación se enumera, se presentarán en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Monturque, en el plazo que se indique en las mismas.

1. Impreso de solicitud cumplimentado y firmado por el emprendedor o empresario.

2. En el caso de personas físicas, copia del Documento Nacional de Identidad.

3. En el caso de personas jurídicas, copia de la escritura de poder o documento acreditativo de la representación legal e identidad del solicitante así como c

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