Boletín nº 46 (08-03-2019)

VIII. Otras Entidades

Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo
Córdoba

Nº. 686/2019

EXTRACTO DE LAS BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN 2019 (ACUERDO CONSEJO RECTOR DEL IMDEEC DE 22 DE FEBRERO DE 2019)

BDNS (Identif.): 442611

Extracto del Acuerdo del Consejo Rector del IMDEEC nº 6/19, punto 5º, de fecha 22 de febrero de 2019 por el que se aprueba la Convocatoria de Incentivos para la Mejora de la Competitividad de las PYMES y Apoyo al Desarrollo Socioeconómico de Córdoba mediante la Contratación de Personas en Situación de Desempleo 2019, sus Bases reguladoras y la Delegación de Competencias en la Presidencia del IMDEEC.

BDNS (nº Identif.): 442611

De conformidad con lo previsto en los artículos 17, 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria de Incentivos para la Mejora de la Competitividad de las PYMES y Apoyo al Desarrollo Socioeconómico de Córdoba mediante la Contratación de Personas en Situación de Desempleo 2019, y de sus Bases reguladoras, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (SNPS), así como de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público se publica la Delegación de competencias en la Presidencia del IMDEEC respecto de la Convocatoria.

Primero. Beneficiarios/as

a) Entidades Beneficiarias.

Con carácter general podrán ser susceptibles de recibir subvención en la Convocatoria, las Entidades solicitantes, según la Tipología de Proyectos descrita en la base nº 3 de las bases reguladoras:

- En el caso de Proyectos de carácter social: las empresas de inserción, las empresas de economía social, las asociaciones y las entidades sin ánimo de lucro y las organizaciones empresariales o sindicales, que se encuentren formalmente constituidas1, ubicadas en el municipio de Córdoba y que ejerzan su actividad económica en el mismo, debiendo acreditar una antigüedad mínima de un año en el IAE a fecha 1 de febrero de 2019.

- En el caso de Proyectos de mejora de la competitividad: las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, ya sean como personas físicas (empresario/a individual, comunidad de bienes, sociedad civil, emprendedor de responsabilidad limitada (ERL)) o con personalidad jurídica, que se encuentren formalmente constituidas1, ubicadas en el término municipal de Córdoba y que ejerzan su actividad económica en el mismo, debiendo acreditar una antigüedad mínima de 1 año en el IAE a fecha 1 de febrero de 2019.

- En el caso de Proyectos del Plan Distrito Sur: las empresas2, cualquiera que sea su forma jurídica, ya sean como personas físicas (empresario/a individual, comunidad de bienes, sociedad civil, emprendedor de responsabilidad limitada (ERL)) o con personalidad jurídica, que se encuentren formalmente constituidas1, ubicadas en el término municipal de Córdoba y que ejerzan su actividad económica en el mismo.

Y en todos los casos que:

Presenten un proyecto a alguna de las tipologías de proyectos definidas anteriormente.

- Impliquen contrataciones, a personas que se encuentren en situación de desempleo e inscritas como tales con anterioridad a la fecha de inicio del contrato, realizadas con fecha de inicio del contrato desde el 2 de febrero de 2019 o con fecha de inicio del contrato en los cinco días hábiles siguientes a la publicación de la notificación de la Resolución definitiva de concesión.

- Realicen contrataciones en centro/s de trabajo ubicado/s en el municipio de Córdoba y que las mismas supongan un incremento neto de plantilla3, a fecha de inicio del contrato respecto al 1 de febrero de 2019, en número de al menos igual al de las contrataciones que se realicen objeto de subvención en dicho centro de trabajo, debiéndose mantener dicho incremento neto de plantilla durante toda la duración de la/s contratación/es objeto de subvención.

Además, con carácter general deberán cumplir los siguientes requisitos, en su caso:

- Estar ubicadas y ejercer su actividad, en el municipio de Córdoba (hecho que se deberá reflejar en el modelo 036/037 en el apartado lugar de realización de actividad, o en un certificado expedido de la Agencia Tributaria Estatal o similar). No se considerará que la empresa ejerce actividad en el municipio de Córdoba, cuando los centros de trabajo ubicados en el municipio de Córdoba sean considerados locales indirectamente afectos a la actividad (almacenes, depósitos, centros de dirección&). Si ejercen o desarrollan su actividad fuera de un local determinado, su domicilio fiscal y/o su domicilio social deberá estar ubicado en el municipio de Córdoba. En el caso de Tipología de Proyectos del Plan Distrito Sur deberán acreditar estar ubicadas y ejercer su actividad en la Zona Sur, cuyos límites quedan establecidos en la base nº 3 de estas Bases reguladoras.

- Permanecer dadas de alta ininterrumpidamente en el IAE, durante toda la tramitación, resolución, justificación y cobro del incentivo de la Convocatoria.

- Mantener la vinculación jurídica, de la persona autónoma, de las personas socias, de las personas comuneras, de las personas asociadas o de las personas fundadoras, con independencia del Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentren de alta, con las empresas/entidades, desde el 1 de febrero de 2019 hasta el 17 de febrero de 2020 (ambos incluidos).

b) Características de las Contrataciones.

Las contrataciones previstas en el proyecto objeto de este incentivo, se realizarán obligatoriamente:

- A personas en situación de desempleo e inscritas como tales ante el SAE a fecha de la firma/formalización del contrato.

- A personas que deberán estar empadronadas en el municipio de Córdoba a fecha de 1 de febrero de 2019. No obstante, las personas que habiendo estado empadronadas en el municipio de Córdoba acrediten haber estado desarrollando actividad laboral fuera de él y mediante su contratación se reincorporen al mercado laboral del municipio, deberán estar empadronadas a la fecha de formalización del contrato.

- Con una duración, ininterrumpida, igual o superior a 3 meses, pudiendo formalizarse bajo cualquier modalidad de contrato, con excepción del contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje y del contrato de trabajo en prácticas.

- Con una jornada laboral del 100%. A excepción de los Proyectos del Plan Distrito Sur cuya la jornada laboral puede ser de al menos el 60 %.

Habrán de tener una duración mínima de tres meses dentro del período comprendido entre la fecha de la firma/formalización del contrato y el 31 de diciembre de 2019.

Segundo. Objeto

La Convocatoria pretende ofrecer un instrumento eficaz, destinado por un lado a atender las necesidades reales de las empresas y de la sociedad, y, por otro, a la mejora de la ocupabilidad de las personas en situación de desempleo con el fin último de contribuir a mejorar la calidad de vida de la población cordobesa.

Teniendo como objetivo general, establecer las condiciones de concesión de incentivos para el desarrollo de proyectos generadores de empleo, ya sean de carácter social o de mejora de la competitividad de empresas, mediante la contratación de personas que se encuentren en situación de desempleo con anterioridad a su fecha de inicio.

En esta Convocatoria:

- Se entiende por proyecto de carácter social aquel que, a través de empresas de inserción, empresas de economía social, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, organizaciones empresariales o sindicales, reduzca necesidades de tipo social prioritariamente en algunos de los siguientes ámbitos: Socioeducativo, Sociosanitario, Tecnológico, Inserción laboral de personas en situación o riesgo de exclusión social y Medioambiente, entre otros, mediante la contratación de personas en situación de desempleo.

- Se entiende por proyecto de mejora de la competitividad de empresas aquel que, a través de empresas, ya sean como persona física o con personalidad jurídica, produzca la mejora de alguno de los siguientes aspectos empresariales: Integración en redes de cooperación, apertura de nuevos mercados, internacionalización de la empresa, incorporación de las TICs, investigación, desarrollo e innovación empresarial, entre otros, mediante la contratación de personas en situación de desempleo.

- Se entiende por proyecto del Plan Distrito Sur aquel que, a través de empresas, ya sean como persona física o con personalidad jurídica, produzca la mejora de alguno de los siguientes aspectos empresariales: Integración en redes de cooperación, apertura de nuevos mercados, internacionalización de la empresa, incorporación de las TICs, investigación, desarrollo e innovación empresarial, entre otros, mediante la contratación de personas en situación de desempleo y que tengan su centro de trabajo entre los límites siguientes: margen izquierda del Rio Guadalquivir desde el puente que cruza la autovía A4 hasta el Puente de Andalucía y margen derecha de la autovía A4 desde el puente que cruza el río Guadalquivir hasta el Polígono Gualdalquivir (queda fuera el Polígono Industrial de la Torrecilla).

Serán objeto de los incentivos regulados en estas Bases, los gastos de personal (Salarios y Seguridad Social a cargo de la Entidad) que se realicen por la/s contratación/ones realizada/s al amparo de los proyectos presentados a cada Tipología de Proyectos definida en estas bases reguladoras de la Convocatoria, en los centros de trabajo ubicados en el municipio de Córdoba, que se hayan realizado en el período comprendido entre la fecha de formalización del contrato y el 31 de diciembre de 2019 (ambos inclusive), y cuyos pagos se realicen hasta el 31 de enero de 2020.

Tercero. Bases reguladoras

a) Marco General que regula todas las convocatorias de subvenciones y ayudas del Ayuntamiento de Córdoba, y del IMDEEC como Organismo autónomo de éste.

http://www.cordoba.es/images/stories/documentos/Ayuntamiento/Ordenanzas/Ordenanzas_y_Reglamentos_Municipales/Subvenciones_y_Patrocinios/Ordenanza_General_de_Subvenciones_del_Ayuntamiento_de_Cordoba.pdf

b) Las Bases reguladoras de la Convocatoria de Incentivos para la Mejora de la Competitividad de las Pymes y Apoyo al Desarrollo Socioeconómico de Córdoba mediante la Contratación de Personas en Situación de Desempleo 2019, han sido aprobadas por el Consejo Rector del Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba en Sesión Extraordinaria de fecha 22 de febrero de 2019, se publicitarán en el Tablón de Anuncios del IMDEEC, y supletoriamente, en la página web del IMDEEC (https://imdeec.es/) y en la SNPS

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Cuarto. Cuantía

a) Importe de la Convocatoria.

Para atender la financiación de la Convocatoria se dispondrá de un crédito total de 420.000,00 €, con cargo a los Presupuestos de Gastos del IMDEEC del ejercicio 2019 y 2020, aplicación presupuestaria 0 4390 47900 Otras Subvenciones a Empresas, distribuyéndose el mismo en función de las siguientes tipologías de proyectos:

Tipología de Proyectos

Presupuesto

2019

Presupuesto

2020

Presupuesto

total

Proyectos de carácter social

  90.000,00 €

  60.000,00 €

150.000,00 €

Proyectos de mejora de la

competitividad de empresas

114.000,00 €

  76.000,00 €

190.000,00 €

Proyectos Plan Distrito Sur

  48.000,00 €

  32.000,00 €

  80.000,00 €

Total

252.000,00 €

168.000,00 €

420.000,00 €

b) Cuantía de la Subvención.

b.1) Cuantía máxima subvencionable, por entidad beneficiaria:

Con carácter general, el máximo de contratos a subvencionar podrá ser de hasta dos por proyecto y Entidad beneficiaria, excepto en el caso de Proyectos de carácter social que podrá ser de hasta cuatro contratos por proyecto y Entidad beneficiaria.

La cuantía máxima a subvencionar por Entidad Beneficiaria será para:

- Proyectos de carácter social: 32.000,00 €.

- Proyectos de mejora de la competitividad de empresas: 16.000,00 €.

- Proyectos de Plan Distrito Sur: 16.000,00 €.

b.2) Cuantía máxima subvencionable, por contratación:

A modo de referencia, y atendiendo al grupo de cotización en el que esté encuadrado la persona a contratar y la duración de la contratación, se ha establecido la cuantía máxima a subvencionar por los conceptos de gasto subvencionables de Salario y Seguridad Social a cargo de la Entidad , se detalla en la siguiente tabla:

Grupo de Cotización de la Seguridad Social

1

2

3

4 al 11

Cuantía máxima por contrato de al menos 3 meses:

4.800,00

3.990,00

3.600,00

3.450,00

Cuantía máxima por contrato de al menos 4 meses

6.400,00

5.320,00

4.800,00

4.600,00

Cuantía máxima por contrato de al menos 5 meses

8.000,00

6.650,00

6.000,00

5.750,00

Para los Proyectos del Plan Distrito Sur la cuantía a subvencionar será proporcional al porcentaje de la jornada laboral contemplada en el/los contrato/s formalizado/s sobre las cuantías reflejadas en el cuadro anterior, redondeada al euro superior.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar solicitud para acogerse al incentivo regulado por las bases será desde el 11 al 26 de marzo de 2019, ambos inclusive.

Sexto. Otros datos de interés

a) Respecto de las solicitudes se encuentran a disposición de las Entidades Interesadas;

Una vez adoptado por el Consejo Rector del IMDEEC el acuerdo de aprobación de las Bases reguladoras de la Convocatoria, las mismas se remitirán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad de lo dispuesto en el artículo 18.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, por dicha vía.

Las Bases reguladoras de la Convocatoria se publicitarán en el Tablón de Anuncios del IMDEEC, y supletoriamente, en la página web del IMDEEC (https://imdeec.es/) y en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/ bdnstrans/es/index).

Asimismo, se atenderá en el:

Departamento de Promoción de Desarrollo Económico del IMDEEC, sito Avda. de la Fuensanta, s/n. Tfno. 957 76 42 29 (ext. 243), 14010 Córdoba.

Vivero de Empresas BAOBAB, sito en Glorieta de los Países Bálticos, s/n (Polígono de Tecnocórdoba).

b) El Consejo Rector del IMDEEC en sesión extraordinaria celebrada el 22 de febrero de 2019 ha adoptado, respecto de la Convocatoria, el acuerdo Nº 6/19, punto 5º, cuyo tenor literal es el siguiente: Delegar en la Presidencia del IMDEEC, respecto de la Convocatoria de Incentivos para la mejora de la competitividad de las Pymes y apoyo al desarrollo socioeconómico de Córdoba mediante la contratación de personas en situación de desempleo 2019, la competencia para resolver la concesión de incentivos, mediante resolución provisional y definitiva, para liberar los remanentes de crédito de la aplicación presupuestaria correspondiente a la Convocatoria que no hayan comprometido todo el presupuesto inicialmente aprobado, para aprobar los posibles incrementos de cuantía de financiación, cualquiera que sea su procedencia, para el pago de los incentivos otorgados, así como, para resolver los posibles recursos que en su caso se presentaran, de conformidad con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

Importante, atendiendo las características propias de la Convocatoria de Incentivos para la Mejora de la Competitividad de las PYMES y Apoyo al Desarrollo Socioeconómico de Córdoba mediante la Contratación de Personas en Situación de Desempleo 2019, es fundamental consultar la totalidad de las Bases que la regulan, dado que esta información es sólo un extracto de su contenido, por lo que en caso de controversia entre el presente extracto y las Bases que regulan la citada Convocatoria, prevalecerán en todo caso las Bases reguladoras de la Convocatoria de Incentivos para la Mejora de la Competitividad de las PYMES y Apoyo al Desarrollo Socioeconómico de Córdoba mediante la Contratación de Personas en Situación de Desempleo 2019".

Córdoba a 5 de marzo de 2019. Firmado electrónicamente: La Presidenta del Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba, María del Mar Téllez Guerrero.

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