Boletín nº 48 (12-03-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Granjuela

Nº. 644/2019

El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de marzo de 2019, adoptó entre otros, el acuerdo que es del siguiente tenor:

2º. APROBACIÓN, SI PROCEDE, PROYECTO ACTUACIÓN DE INTERÉS PÚBLICO A INSTANCIAS DE D. NORBERTO LÓPEZ MOLINA, RELATIVO A LA CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE EXPLOTACIÓN AVÍCOLA PARA ENGORDE DE POLLOS EN PARAJE MAJADA DE LA VENTA DEL T.M. DE LA GRANJUELA.

Visto expediente tramitado para la aprobación del Proyecto de Actuación de Interés Público consistente en la construcción e instalación de explotación avícola para engorde de menos de 55.000 pollos en parcela sita en paraje Majada de la Venta, polígono 8 parcela 53 y polígono 1 parcela 84 de este término municipal, formulado por D. Norberto López Molina, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 43 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía -LOUA-.

Por la Portavoz del Grupo Municipal PP, Dª María Dolores García García, se efectúa una serie de preguntas acerca del incumplimiento de las condiciones de implantación, así como si el suelo en que se ubica está sometido a protección en el PGOU y como resuelve la actuación el suministro de electricidad, evacuación y residuos y suministro de agua, así como le afectaría a otros vecinos si quieren llevar a cabo una actuación similar.

El Presidente manifiesta que es cierto que la instalación pretendida no está a 1 km. De distancia del núcleo urbano, como tampoco lo está la granja avícola existente en la Cra de Los Blázquez, y comenta que los temas de residuos que genera así como los suministros de agua y electricidad están contemplados en el proyecto.

Tras estas consideraciones, ambos grupos políticos consideran de interés esta actuación para el Municipio.

En el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud del artículo 43.1.e); el Pleno de la Corporación Municipal, previa deliberación, con los votos a favor de los siete miembros que forman la Corporación Municipal, acuerda:

Primero. Declarar la utilidad pública o interés social de la Actuación de Interés Público, según ha quedado justificada, consistente en la construcción e instalación de explotación avícola para engorde de menos de 55000 pollos en parcela sita en paraje Majada de la Venta, polígono 8 parcela 53 y polígono 1 parcela 84 de este término municipal, en parcela con referencia catastral 14032A008000530000ZW y 14032A0010000840000ZE, promovida por D. Norberto López Molina.

Segundo. Aprobar el Proyecto de Actuación de Interés Público de referencia, aplicando la exención de las condiciones particulares de implantación en base al artículo 133.2 del PGOU de La Granjuela relativas a la aplicación de las condiciones de distancia mínima al núcleo urbano y a otras edificaciones, dada la naturaleza de actividad y en entorno donde se localiza la instalación, y que no existe riesgo de formación de nuevos asentamientos, al cumplir la actuación con las determinaciones establecidas en el articulo 131 PGOU y ubicarse a mas de 250 mts. Del núcleo urbano.

Tercero. Fijar un plazo máximo de 1 año para inicio de las obras, tres años para la terminación de las mismas y posibilidad de concesión de prórroga previa solicitud por un plazo no superior al inicialmente acordado, a partir de la concesión de la licencia, la cual deberá solicitarse en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del Proyecto de Actuación.

Cuarto. Establecer un plazo de duración de la cualificación urbanística de los terrenos, legitimadora de la actividad, de 25 años, en base a lo regulado en el artículo 52.4 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía -LOUA- el cual será renovable, sin perjuicio de otros supuestos de pérdida de vigencia de las licencias correspondientes previstos en el ordenamiento urbanístico y de régimen local.

Quinto. Dar traslado de esta Resolución a la Delegación Provincial en Córdoba de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, y publicar la misma en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto. Notificar la presente Resolución a los interesados en el expediente, significándole que el presente acuerdo es definitivo en vía administrativa, y que contra el mismo podrá interponer alternativamente, Recurso Potestativo de Reposición ante el Pleno en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP-, o bien directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba en el plazo de dos meses, contados ambos a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Sin perjuicio de que pueda ejercitarse, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

En La Granjuela a 1 de marzo de 2019. Firmado electrónicamente: El Alcalde-Presidente, Maximiano Izquierdo Jurado.

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