Boletín nº 51 (15-03-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Rute
Nº. 719/2019
Anuncio de la Aprobación Definitivo del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Excmo. Ayuntamiento de Rute
Una vez finalizado el periodo de exposición pública sin que se hubiesen presentado reclamaciones, se entiende definitivamente aprobado el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana, aprobada inicialmente por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Rute de fecha 20 de diciembre de 2018, publicado en el BOP núm. 11/2019, de 17 de enero de 2019, con número de anuncio 77/2019, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web y, a los efectos prevenidos por los artículos 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y 196.2 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público el texto íntegro de la citada Ordenanza, el cual, como Anexo, se une al presente anuncio.
ANEXO
REGLAMENTO ORGÁNICO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE RUTE
Preámbulo
Título I: Disposiciones generales.
Título II: Derechos y Obligaciones.
Título III: De la Participación Ciudadana.
Capítulo I: Del Registro de las Asociaciones.
Capítulo II: De las Asociaciones de Vecinos.
Capítulo III: De la Declaración de Utilidad Pública.
Capítulo IV: Ayudas, Subvenciones y Convenios de Colaboración.
Título IV: Órganos de Participación Ciudadana.
Capítulo I: Del Consejo de Participación Ciudadana
Capítulo II: De los Consejos Sectoriales
Título V: Modalidades de la participación ciudadana directa: El referéndum local
Título VI: Procesos de Participación Ciudadana
Capítulo I: Disposiciones Comunes
Capítulo II: Procesos de Participación deliberativa
Capítulo III: Participación ciudadana en la elaboración de presupuestos
Capítulo IV: Procesos de Participación Ciudadana mediante Consultas Populares
Capítulo V: Procesos de participación ciudadana en la proposición de políticas públicas y elaboración de normas.
Capítulo VI: Régimen de las Consultas participativas locales
Título VII: Medidas de fomento de la Participación Ciudadana
Título VIII: La Concejalía de Participación Ciudadana
Título IX: Organización administrativa de la participación ciudadana
Disposiciones adicionales.
Disposición derogatoria.
Disposición final.
Preámbulo
El Reglamento de Participación Ciudadana revela el compromiso del Ayuntamiento de Rute ante los ciudadanos y ciudadanas para fomentar la participación democrática y la transparencia en los asuntos públicos locales, de acuerdo con el ordenamiento constitucional y conforme a los principios de la Carta europea de Salvaguarda de los Derechos Humanos a las ciudades.
De conformidad con el artículo 9.2 de la Constitución Española corresponde a los poderes públicos "Facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social". Como consecuencia del cambio social que se está produciendo no cabe duda que la Ciudadanía quiere saber y participar de las decisiones de su Ciudad.
La Participación Ciudadana es un requisito de Buen Gobierno democrático, es la base de una cultura democrática al servicio de la cohesión social y la calidad de vida de la ciudadanía, que permite la intervención activa de personas físicas y/o asociaciones en procesos para la toma de decisiones y posibilita desarrollar un proyecto de ciudad que genere compromiso ciudadano y permita recoger el gran capital social que Rute atesora.
El Reglamento de Participación Ciudadana pretende dar respuesta a esta demanda innovando en los mecanismos y estructuras de participación, e incorporando las nuevas tecnologías de la información en el desarrollo e implantación de los procesos de participación.
El presente Reglamento promueve la participación en la toma de decisiones sobre el presupuesto municipal a través de los Presupuestos Participativos y desarrolla los derechos individuales de acceso a la información municipal así como recoge los mecanismos de las consultas ciudadanas, la participación en el Pleno, la audiencia pública o la iniciativa legislativa popular entre otros aspectos.
Este Reglamento busca configurarse como el marco general de la participación que facilite el permanente diálogo con la sociedad civil para conseguir un desarrollo sostenible de la ciudad de Rute. En definitiva, se hace necesario configurar y consolidar las estructuras de participación existentes, ajustándolas a las nuevas necesidades elaborando el presente Reglamento que supere fórmulas participativas de momentos sociales anteriores.
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto
El presente reglamento tiene como objeto la regulación de los medios, formas y procedimientos del ejercicio de información y participación de toda la ciudadanía del municipio de Rute, así como definir y mejorar los cauces de participación directa de la misma en los asuntos políticos de competencia municipal, favoreciendo la implicación e intervención ciudadana en la mejora del municipio.
Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación
El ámbito de aplicación de estas normas, en los términos establecidos en cada caso, incluye a la ciudadanía, vecinos y a las entidades ciudadanas con domicilio social y ámbito de actuación en el término municipal de Rute, que estén acreditadas ante el mismo.
Se requiere la condición de vecino/a de Rute mediante la inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes, de acuerdo con lo previsto en la legislación sectorial sobre población municipal.
Artículo 3. Finalidades
a) Facilitar y promover la participación de la ciudadanía y de las entidades ciudadanas en la gestión municipal, estableciendo nuevas vías de participación, que garanticen el desarrollo de la democracia participativa y la eficacia de la acción pública.
b) Facilitar la más amplia información sobre la actividad municipal, así como sobre el funcionamiento de sus órganos y servicios.
c) Hacer efectivos los derechos y deberes de la ciudadanía, recogidos en la legislación vigente.
d) Fomentar la vida asociativa en la ciudad, sus barrios y aldeas, garantizando la convivencia solidaria y equilibrada en la libre concurrencia de iniciativas ciudadanas sobre los asuntos públicos.
e) Garantizar la solidaridad y el equilibrio entre los distintos barrios y aldeas y dentro de éstos.
f) Aproximar la gestión municipal a la ciudadanía para mejorar su eficacia.
Artículo 4. Principios básicos
Se tendrán en cuenta en dicho reglamento, los siguientes principios básicos:
a) Universalidad.
b) Transversalidad.
c) Veracidad.
d) Eficacia.
e) Perdurabilidad.
f) Facilidad y comprensión.
g) Garantía de la incorporación de la perspectiva de género en la puesta en marcha, ejecución y evaluación de las políticas públicas.
h) Accesibilidad.
i) Gobernanza democrática.
j) Rendición de cuentas.
k) Buena fe.
l) Igualdad de oportunidades.
m) Vertebración social.
Artículo 5. Órganos y mecanismos de participación existentes en la Entidad Local
Tales como consejos, comisiones y mesas de debate, por tener éstas precisamente la finalidad de canalizar y propiciar la implicación ciudadana en la toma de decisiones.
TÍTULO II
DERECHOS Y OBLIGACIONES
Artículo 6. El derecho de la participación ciudadana
Todos los vecinos y vecinas tienen derecho a intervenir en la gestión de los asuntos públicos locales, directamente o mediante asociaciones ciudadanas, utilizando los órganos y canales de participación establecidos en las leyes y en este reglamento, mediante:
Artículo 7. Otros derechos en los procesos de participación ciudadana
El derecho de participación de las personas físicas y de las entidades de participación ciudadana incluirá:
a) La iniciativa para promover la realización de procesos de participación ciudadana.
b) La posibilidad de recabar la colaboración del ayuntamiento de Rute en los procesos de participación ciudadana.
c) Que se publique la información relativa a los procedimientos en los que sea posible la participación de la ciudadanía de forma gratuita, co