Boletín nº 51 (15-03-2019)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 797/2019

Extracto del acuerdo de fecha 26 de febrero de 2019 de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, por el que se aprueba la Convocatoria de Subvenciones dirigida a Ayuntamientos, Entidades Públicas, Empresas y Entidades Privadas de la provincia de Córdoba, para el fomento del empleo de mujeres con dificultades de inserción social, Programa Emple@ correspondiente al año 2019

BDNS (Identif.): 443677

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Ayuntamientos, entidades públicas, empresas y entidades privadas beneficiarias

Con independencia de los requisitos generales previstos en la Base Sexta, únicamente podrán obtener la condición de beneficiaros/as en la presente convocatoria, aquellos Ayuntamientos, Empresas, Entidades Públicas y Privadas de la provincia de Córdoba, que hayan formalizado o formalicen contrato laboral para un período mínimo de 180 días a tiempo completo, con la mujer o las mujeres que se encuentren en alguno de los supuestos recogidos por la Base 3, desde el 1 de septiembre de 2018 hasta el 15 de octubre de 2019.

Estarán excluidas de esta convocatoria aquellas entidades pertenecientes al Sector Público Institucional de la Diputación Provincial, así como las Entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de la misma.

Segundo. Objeto, condiciones y finalidad

La presente Convocatoria tiene por objeto establecer las condiciones de concesión de ayudas promovidas por la Delegación de Igualdad con objeto de favorecer la incorporación de trabajadoras a Ayuntamientos, Empresas, Entidades Públicas y Privadas de la Provincia de Córdoba.

La actividad objeto de la ayuda es la contratación laboral que ya se haya realizado o se realice desde el 1 de septiembre de 2018, hasta el 15 de octubre de 2019.

Tercero. Colectivos destinatarios

Serán objeto de subvención los Ayuntamientos, Empresas, Entidades públicas y Privadas de la provincia de Córdoba, que contraten o hayan contratado, dentro del plazo establecido, a:

A) Mujeres víctimas de violencia de género.

B) Mujeres paradas de larga duración.

C) Mujeres con cargas familiares no compartidas.

D) Mujeres con edad igual o superior a 45 años.

E) Mujeres con un grado de discapacidad o minusvalía igual o superior al 33% o ser pensionista por incapacidad.

F) Mujeres en recuperación de algún tipo de adicción.

G) Mujeres que pese a no cumplir ninguno de los requisitos anteriores se encuentren en una especial situación de vulnerabilidad acreditada por un informe de los Servicios Sociales o profesionales del Ayuntamiento donde resida.

Cuarto. Bases reguladoras

Convocatoria de Subvenciones a Ayuntamientos, Entidades Públicas, Empresas y Entidades Privadas de la provincia de Córdoba, para el fomento del empleo de mujeres con dificultades de inserción social, Programa Emple@ durante el año 2019, y publicadas en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba (tablón de edictos).

Quinto. Presupuesto total y aplicación presupuestaria

El presupuesto máximo estimado para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria es de 432.320 €, con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

Aplicación 480 2419 46200 denominada

Subvenciones a Ayuntamientos Programa Emple@: 278.260 € del Presupuesto General de la Corporación Provincial para el ejercicio 2019.

Aplicación presupuestaria: 480 2419 47900 denominada

Subvenciones a Empresas Programa Emple@: 154.060 € del Presupuesto General de la Corporación Provincial para el ejercicio 2019.

No obstante si en alguna de las dos modalidades no se asignará la cantidad prevista a los contratos presentados, el excedente económico podrá ser aplicado en la otra modalidad al tener ambas aplicaciones presupuestarias carácter vinculante por tratarse del mismo capítulo de clasificación económica, mismo nivel de área de gasto en cuanto a la clasificación por programas, y mismo centro gestor en la clasificación orgánica.

Sexto. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOP. El texto íntegro de la misma será publicado a efectos informativos en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Diputación.

Se prevén dos procedimientos de presentación uno de los cuales es obligatorio para las entidades jurídicas (Base 8 de la convocatoria).

Séptimo. Justificación, medidas de difusión y reintegro

Se establecen bases específicas para regular tanto la justificación de la subvención, como las medidas de difusión de carácter público de la financiación de la actividad y sobre el reintegro de cantidades percibidas en los supuestos que se señalan.

Octavo. Otros datos

En el caso de que un elevado número de peticiones impida atenderlas a todas, debido al presupuesto limitado de la convocatoria, las solicitudes se valorarán teniendo en cuenta el baremo que se especifica en la Base 14 de la convocatoria.

Córdoba a 6 de marzo de 2019. Firmado electrónicamente: El Presidente, Antonio Ruiz Cruz.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

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