Boletín nº 52 (18-03-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Luque

Nº. 721/2019

SUMARIO

Resolución de Alcaldía n.º 30/2019 del Ayuntamiento de Luque por la que se aprueban las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de Ingeniero Industrial, personal laboral, para el Ayuntamiento de Luque, por promoción interna, mediante concurso-oposición.

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía nº 30/2019, de fecha 20 de febrero de 2019, las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de Ingeniero Industrial, personal laboral, para el Ayuntamiento de Luque, por promoción interna, mediante concurso-oposición, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:

BASES DE SELECCIÓN PARA LA PROVISIÓN POR PROMOCIÓN INTERNA, DE UNA PLAZA DE INGENIERO INDUSTRIAL, EN EL AYUNTAMIENTO DE LUQUE

Primera. Normas generales

Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de la plaza que se incluyen en la Oferta Pública de Empleo correspondiente al ejercicio del año 2018, aprobada por Resolución de Alcaldía n.º 57, de fecha 25 de abril de 2018, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 77, de fecha 23 de abril de 2018, cuyas características son:

Denominación de la plaza

Ingeniero Industrial

Régimen

Personal laboral fijo

Unidad/Área

Urbanismo

Categoría profesional

Ingeniero

Titulación exigible

Ingeniería Industrial

Sistema selectivo

Concurso-Oposición

N.º de vacantes

1

Funciones encomendadas

Llevar a cabo funciones consistentes en la realización de actividades con objetivos definidos, así como aquellas que consisten en establecer o desarrollar programas o aplicar técnicas siguiendo instrucciones generales del área de urbanismo.

Segunda. Modalidad del contrato

La modalidad del contrato es personal laboral fijo, regula en el artículo 11 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Tercera. Condiciones de admisión de aspirantes

Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario:

a) Ostentar la cualidad de personal laboral perteneciente al puesto Técnico de Grado Medio, con una antigüedad de más de dos años como personal laboral en su puesto de trabajo, según lo dispuesto en el artículo 76 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, aplicado por analogía.

b) Estar en posesión de la titulación de Ingeniero Industrial o estar en condiciones de obtenerla.

c) No haber sido despedido mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se tratara de acceder al mismo grupo profesional al que se pertenecía.

d) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

e) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

f) Encontrarse en servicio activo en el Ayuntamiento de Luque en el momento de la convocatoria de este proceso.

Los permisos y excedencias derivados de la política de conciliación de la vida laboral y familiar o de la política de lucha contra la violencia de género se computarán como tiempo de servicio prestado a los efectos de lo dispuesto en estas bases.

Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la toma de posesión como personal laboral fijo.

Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias

Las solicitudes (Anexo II) para tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento www.luque.es, insertándose un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

La solicitud deberá ir acompañada por:

Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.

Justificante del pago de derecho de examen, que asciende a la cantidad de veinte euros (20 €), y que deberá ingresarse en la cuenta municipal núm. ES19 0237 0041 21 9151386281.

Fotocopia compulsa del Título Universitario de Ingeniero Industrial o equivalente.

Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen a efectos de valoración en la fase concurso.

Los aspirantes alegarán los méritos en el modelo normalizado establecido al efecto por el Ayuntamiento de Luque, de acuerdo con las siguientes instrucciones:

a) Los méritos han de relacionarse de manera clara, concreta e individualizada.

b) Los méritos relativos a la experiencia profesional en el Ayuntamiento de Luque deberán alegarse con indicación de los periodos de tiempo de prestación de servicios. Este extremo será comprobado por el departamento de Recursos Humanos.

c) Los méritos relativos a la experiencia profesional en otras Administraciones Públicas se acreditarán mediante el certificado emitido por la Unidad de Personal donde prestó sus servicios, detallando categoría y tiempo de dedicación.

d) Los cursos de formación se acreditarán mediante la presentación de fotocopias debidamente compulsadas de la certificación, título o diploma correspondiente.

En ningún caso se valorarán los méritos no alegados en la instancia, ni aquellos otros que no vayan acompañados de la documentación anteriormente referida, debidamente compulsada.

Quinta. Admisión de aspirantes

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de veinte días naturales declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en la sede electrónica de este Ayuntamiento www.luque.es, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación.

Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 30 días desde la finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las alegaciones se entenderán desestimadas.

Vistas las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en la sede electrónica de este Ayuntamiento www.luque.es. En esta misma publicación se hará constar:

- El día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas.

- El día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección.

- El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento www.luque.es; en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior o en la sede del Ayuntamiento, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.

- Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.

Sexta. Tribunal Calificador

Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

El número de los miembros de los Tribunales nunca será inferior a cinco, asimismo, su composición será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocada.

Por Resolución del Alcaldía, se establecerá la composición del órgano de selección que, en todo caso, estará compuesto por:

Presidente.

Secretario, con voz y voto.

Tres Vocales.

La designación de los miembros del tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Séptima. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

Concurso.

Oposición.

FASE CONCURSO:

La fase de concurso será previa a la de oposición y no tendrá carácter eliminatorio. Consistirá en la calificación de los méritos alegados, en el modelo de solicitud que figura en el anexo II de estas bases, y debidamente acreditados por los aspirantes de acuerdo con el baremo de méritos establecido. Sólo podrán valorarse aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias de la correspondiente convocatoria.

Se valorarán los méritos de acuerdo al siguiente baremo:

a) Experiencia profesional, hasta un máximo de 7 puntos.

La experiencia profesional se valorará de la siguiente forma:

1. Por servicios prestados en la Administración Local en la categoría de Técnico de Grado Medio en el área de Urbanismo, a razón de 0,9 puntos por cada año de servicio o fracción igual o superior a seis meses.

2. Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en la categoría de Técnico de Grado Medio en áreas de Urbanismo, a razón de 0,4 puntos por cada año de servicio o fracción superior a seis meses.

b) Formación, hasta un máximo de 3 puntos.

Por la realización de cursos relacionados con las funciones propias de un Ingeniero Industrial conforme al siguiente baremo:

- Hasta 15 horas: 0,05 puntos por curso.

- De 16 a 29 horas: 0,10 puntos por curso.

- De 30 a 49 horas: 0,15 puntos por curso.

- De 50 a 75 horas: 0,20 puntos por curso.

- De 76 a 100 horas: 0,25 puntos por curso.

- De 101 a 150 horas: 0,30 puntos por curso.

- De 151 a 250 horas: 0,40 puntos por curso.

- De 251 horas en adelante: 0,5 puntos por curso.

A los cursos en los que no se acredite el número de horas se les asignará la puntuación mínima.

No se valorarán las titulaciones académicas exigidas para el desempeño del puesto de trabajo.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la calificación de la fase de concurso para hacer alegaciones, cuya resolución se hará pública antes de que finalice la fase de oposición.

FASE OPOSICIÓN:

La fase de oposición tendrá carácter eliminatorio. Constará de dos ejercicios, siendo eliminatorios y puntuables hasta un máximo de 10 puntos cada uno, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

Primer Ejercicio: consistirá en contestar a un cuestionario tipo test compuesto por 50 preguntas que versarán sobre el contenido del temario (Anexo I a).

Este cuestionario estará compuesto por preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta.

El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de sesenta minutos. En la calificación, las respuestas acertadas se calificarán con 0,20 puntos, las respuestas erróneas penalizarán con 0,05 puntos y en blanco no contabilizarán.

Segundo Ejercicio: consistirá en resolver por escrito un supuesto de carácter práctico, relacionado con el contenido del Anexo I b.

El tiempo para la realización de será de sesenta minutos.

Los aspirantes serán convocados para cada prueba en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

La calificación de la fase de oposición estará determinada por la suma de las puntuaciones de los ejercicios.

La extensión y profundidad del programa se adecua al nivel de titulación exigidos y a la especialidad profesional de la correspondiente a Ingeniero Industrial.

El 11 de abril de 2018 tuvo lugar el sorteo, previo a la convocatoria de pruebas selectivas en los términos ordenados en la Resolución de 4 de abril de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública. Según el resultado de dicho sorteo, el orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas en la Administración General del Estado que se convoquen desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, hasta la publicación del resultado del sorteo correspondiente al año 2019, se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «Ñ», atendiendo a estos efectos a la ordenación alfabética resultante del listado de aspirantes admitidos.

Octava. Calificación

La calificación definitiva vendrá dada por la suma de las puntuaciones de las Fases de Concurso y Oposición, siempre que se hayan superados las pruebas eliminatorias de esta última, levantando el Tribunal el acta correspondiente.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. De persistir éste, se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por la antigüedad en el Ayuntamiento de Luque en la categoría de Arquitecto Técnico.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

El orden de colocación de los aspirantes en la lista definitiva de seleccionados se establecerá de mayor a menor puntuación.

La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso.

Novena. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento

Una vez terminada la calificación de los aspirantes, los Tribunales harán pública la relación de aprobados por orden de puntuación en la sede electrónica de este Ayuntamiento www.luque.es, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará al Presidente de la Corporación, que la publicará, una vez realizado el nombramiento, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales desde la publicación de la lista definitiva de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

La resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía a favor de los aspirantes propuestos por el Tribunal, quienes deberán tomar posesión dentro del plazo que se establezca de acuerdo con lo establecido en el artículo 62 de la Ley 7/2007, de 12 de Abril, del Estatuto básico del Empleado Público. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Décima. Incidencias

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en distinta circunscripción, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.

En lo no previsto en las bases será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre; y los pactos de aplicación al Personal Funcionario y Convenio Colectivo del Personal del Ayuntamiento, así como las normas aplicables al personal laboral contenidas en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

ANEXO I a)

TEMARIO

Materias Comunes:

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecendentes. Principios Generales del Título Preliminar. Reforma de la Constitución.

Tema 2. Derechos y Deberes Fundamentales de los españoles. Garantía y Suspensión de los Derechos y Libiertades. El Defensor del Pueblo. El Tribunal Constitucional.

Tema 3. La Corona. Funciones. Tutela. Regencia. El Refrendo.

Tema 4. El Poder Legislativo: Cortes Generales. Regulación. Funciones y Composición. Funcionamiento de las Cámaras. El Tribunal de Cuentas.

Tema 5. El Poder Ejecutivo. La Ley del Gobierno. Composición y Funciones del Gobierno. Designación, Remoción y Funciones del Presidente del Gobierno. Relaciones con las Cortes Generales. La Administración Pública en el Ordenamiento Jurídico Español: Concepto. Principios de Organización y Actuación Administrativa.

Tema 6. Las Fuentes del Derecho. Conocer todas las fuentes del derecho. Diferenciar los órganos y medios de producción. Conocer su orden jerárquico. Diferenciar las normas jurídicas y su importancia.

Tema 7. El Poder Judicial. Regulación Constitucional. El Consejo General del Poder Judicial. Organización de la Justicia en España.

Tema 8. La Administración General del Estado. La Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado: Principios Generales. Estructura Departamental. La Administración Periférica.

Tema 9. Organización Territorial del Estado en la Constitución. Comunidades Autónomas: Proceso de Creación. Estatutos de Autonomía. Organización Básica. La Administración Local: Entidades. Principios Constitucionales y Regulación Normativa.

Tema 10. El Municipio. Elementos. Organización. Competencias del Municipio de Régimen Común.

Tema 11. Órganos de Gobierno Municipales (I). El Alcalde. El Pleno: Composición y Funciones. La Elección de Concejales. La Junta de Gobierno Local y los Tenientes de Alcalde. Comisiones Informativas. Órganos complementarios. El Concejo Abierto. Municipios de gran población.

Tema 12. Órganos de Gobierno Municipales (II). Funcionamiento de los Órganos Colegiados Locales. Requisitos de celebración de sesiones. Convocatoria y Orden del día. Los debates. Votaciones. Las actas y certificados de acuerdos. Régimen de Organización de los Municipios de Gran Población. Tipificación de las Infracciones y sanciones por las entidades Locales en determinadas materias.

Materias específicas:

Tema 1. Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. La Ordenación Urbanística. Plan General de Ordenación Urbana de Luque. Licencias Urbanísticas.

Tema 2. Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Las licencias Urbanísticas.

Tema 3. Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Agentes de la edificación.

Tema 4. Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. La Ordenación Urbanística. Disciplina Urbanística. Orden de Ejecución.

Tema 5. Real Decreto de 24 de julio de 1889, texto de la edición del Código Civil mandada publicar en cumplimiento de la Ley de 26 de mayo último. Del deslinde y amojonamiento. Del derecho de cerrar las fincas rústicas. De los edificios ruinosos y de los árboles que amenazan caerse.

Tema 6. Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. La Ordenación Urbanística. Disciplina Urbanística. Ruina Legal Urbanística.

Tema 7. Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. La Ordenación Urbanística. Disciplina Urbanística. Las Actuaciones de Interés Público en terrenos con el régimen del suelo no urbanizable.

Tema 8. Ley 19/1995, de 4 de julio, de modernización de las explotaciones agrarias. Régimen de unidades mínimas de cultivo.

Tema 9. Orden de 27 de mayo de 1958, por la que se fija la superficie de las unidades mínimas de cultivo para cada uno de los términos municipales de las distintas provincias españolas. Municipio de Luque.

Tema 10. Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. Estatuto jurídico de la propiedad del suelo. Régimen urbanístico del derecho de propiedad del suelo.

Tema 11. Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Régimen urbanístico de las edificaciones aisladas.

Tema 12. Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Procedimiento para el reconocimiento de la situación de asimilado al régimen de fuera de ordenación.

Tema 13. Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. De la declaración de Bienes de Interés Cultural.

Tema 14. Real Decreto de 24 de julio de 1889, texto de la edición del Código Civil mandada publicar en cumplimiento de la Ley de 26 de mayo último. De las Servidumbres en general.

Tema 15. Plan de Ordenación del territorio del Sur de Córdoba. POTSURCO. Determinaciones para la ordenación y compatibilización de usos.

Tema 16. Norma UNE 123.001 Aenor. Cálculo, diseño e instalación de chimeneas modulares. Distancias Chimeneas. Real Decreto de 24 de julio de 1889, texto de la edición del Código Civil mandada publicar en cumplimiento de la Ley de 26 de mayo último. De las distancias y obras intermedias para ciertas construcciones y plantaciones. Chimeneas.

Tema 17. Ordenanza de vertidos de aguas residuales no domésticas e industriales a la red de saneamiento en los municipios de la provincia de córdoba cuya gestión del ciclo integral del agua haya sido cedida a la diputación de córdoba. Autorizaciones de Vertido.

Tema 18. Ordenanza reguladora de la intervención municipal en el inicio y ejercicio de actividades económicas. Régimen de declaración responsable y comunicación Previa.

Tema 19. Ordenanza reguladora de la intervención municipal en el inicio y ejercicio de actividades económicas. Procedimiento de licencia o autorización previa al inicio de actividades económicas.

Tema 20. Ordenanza reguladora de la intervención municipal en el inicio y ejercicio de actividades económicas. Comprobación, Verificación e Inspección.

Tema 21. Ordenanza Municipal sobre Medio Ambiente y convivencia ciudadana. Gestión de Residuos.

Tema 22. Ordenanza Municipal sobre Medio Ambiente y convivencia ciudadana. Conservación de Inmuebles y Protección contra el Ruido.

Tema 23. Ordenanza registro municipal de solares y edificios ruinosos. Contenido y Organización del Registro de Solares y Edificios Ruinosos.

Tema 24. Ordenanza registro municipal de solares y edificios ruinosos. Procedimiento de Inscripción en el Registro.

Tema 25. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la realización de actividades administrativas con motivo de la apertura de establecimientos.

Tema 26. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por suministro de energía eléctrica en el municipio de Luque durante la celebración de las fiestas.

Tema 27. Código Técnico de la Edificación. Parte I. Contenido de Proyecto Técnico Básico.

Tema 28. Código Técnico de la Edificación. Parte I. Documentación del Seguimiento de la Obra.

Tema 29. Código Técnico de la Edificación. Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio. Sección SI3. Evacuación de Ocupantes. Calculo de Ocupación.

Tema 30. Código Técnico de la Edificación. Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio. Sección SI4. Instalaciones de Protección contra Incendios. Dotación.

Tema 31. Código Técnico de la Edificación. Documento Básico de Salubridad. Sección HS5. Condiciones Funcionales.

Tema 32. Real Decreto 1247/2008, de 18 de julio, por el que se aprueba la instrucción de hormigón estructural (EHE-08) Cálculos relativos a los estados límite de servicio. Estado Límite de Fisuración.

Tema 33. Real Decreto 1247/2008, de 18 de julio, por el que se aprueba la instrucción de hormigón estructural (EHE-08) Cálculos relativos a los estados límite de servicio. Estado Límite de Deformación.

Tema 34. Normativa protección contra incendios. CTE-DB-SI Seguridad en caso de incendio. Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (RSCIEI), aprobado por Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre. Reglamento de Instalaciones de Protección contra incendios (RIPCI). Caracterización de los Establecimientos Industriales.

Tema 35. Normativa protección contra incendios. CTE-DB-SI Seguridad en caso de incendio. Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (RSCIEI), aprobado por Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre. Reglamento de Instalaciones de Protección contra incendios (RIPCI). Requisitos de las instalaciones de protección contra incendios.

Tema 36. Real decreto 1071/2007, de 27 de julio, por el que se regula el sisTema geodésico de referencia oficial en España. SisTema de Referencia Geodésico.

Tema 37. Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calificación ambiental.

Tema 38. Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Competencias en materia de control de la contaminación atmosférica.

Tema 39. Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Zonificación Lumínica.

Tema 40. Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Contaminación Acústica. Competencias.

Tema 41. Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. Calidad Ambiental del Suelo.

Tema 42. Eficiencia energética. Ley 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. Condiciones Técnicas y Administrativas. Documentos Reconocidos.

Tema 43. Decreto 1/2016, de 12 de enero, por el que se establece un conjunto de medidas para la aplicación de la declaración responsable para determinadas actividades económicas reguladas en la Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas, y en el proyecto «Emprende en 3».

Tema 44. Decreto 297/1995, de 19 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Calificación Ambiental. Procedimiento.

Tema 45. Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Instrucción Técnica Complementaria ITC-04. Documentación y puesta en servicio de Instalaciones.

Tema 46. Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Instrucción Técnica Complementaria ITC-04. Instalaciones de Alumbrado Exterior. Protección contra contactos directos e indirectos.

Tema 47. Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Instrucción Técnica Complementaria ITC-28. Locales Pública Concurrencia.

Tema 48. Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Instrucción Técnica Complementaria ITC-33.Instalaciones Provisionales y Temporales de Obra.

Tema 49. Orden de 5 de marzo de 2013, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 59/2005, de 1 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la instalación, ampliación, traslado y puesta en funcionamiento de los establecimientos industriales. Tramitador PUES.

Tema 50. Código Técnico de la Edificación. Documento Básico de Seguridad Utilización y Accesibilidad. Sección SUA9. Condiciones Funcionales.

Tema 51. Código Técnico de la Edificación. Documento Básico de Seguridad Utilización y Accesibilidad. Sección SUA9. Dotación de elementos accesibles.

Tema 52. Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía. Accesibilidad en las Infraestructuras y el urbanismo. Itinerarios peatonales accesibles.

Tema 53. Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía. Accesibilidad en las Infraestructuras y el urbanismo. Pavimentos.

Tema 54. Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario. Espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales. Requisitos Mínimos.

Tema 55. Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario. Espectáculos públicos y actividades recreativas Extraordinarios. Requisitos Mínimos.

Tema 56. Decreto 6/2012, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía, y se modifica el Decreto 357/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección de la Calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética. Normas de Prevencion Acustica. El Estudio Acústico.

Tema 57. Decreto 169/2014, de 9 de diciembre, por el que se establece el procedimiento de la Evaluación del Impacto en la Salud de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Evaluación de impacto en salud de instrumentos de planeamiento urbanístico.

Tema 58. Decreto 169/2014, de 9 de diciembre, por el que se establece el procedimiento de la Evaluación del Impacto en la Salud de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Evaluación del impacto en la salud las actividades y obras, públicas y privadas, y sus proyectos.

Tema 59. Orden de 25 de marzo de 2002, por la que se regulan los horarios de apertura y cierre de los establecimientos públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Régimen General de horarios.

Tema 60. Administración Tributaria. Real decreto legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del catastro inmobiliario. Punto de Información Catastral. Sede Electrónica del Catastro. Procedimientos catastrales. Alteraciones.

Tema 61. Administración Tributaria. Real decreto legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del catastro inmobiliario. Punto de Información Catastral. Sede Electrónica del Catastro. Procedimientos catastrales. Validaciones Graficas.

Tema 62. Administración Tributaria. Real decreto legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del catastro inmobiliario. Punto de Información Catastral. Sede Electrónica del Catastro. Procedimientos catastrales. Certificación Descriptiva y Grafica.

Tema 63. Administración Tributaria. Real decreto legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del catastro inmobiliario. Punto de Información Catastral. Sede Electrónica del Catastro. Procedimientos catastrales. Regularización.

Tema 64. Administración Tributaria. Real decreto legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del catastro inmobiliario. Punto de Información Catastral. Sede Electrónica del Catastro. Procedimientos catastrales. Consulta y Certificación como PIC.

Tema 65. Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Código Seguro de Verificación regulado por la Orden HAP/12002/2012.

Tema 66. Régimen Local. Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía Contenido fichas inventariales.

Tema 67. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Procedimientos de concesión.

Tema 68. Programa de Fomento del Empleo Agrario (PFEA). Proyectos de Garantías de Rentas y Proyectos Generadores de Empleo Estable. Criterios Servicio Arquitectura y Urbanismo de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba.

Tema 69. Orden FOM/1932/2014, de 30 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español, con cargo a los recursos procedentes de las obras públicas financiadas por el Ministerio de Fomento y por la Entidades del sector público dependientes o vinculadas.

Tema 70. Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras. Travesías y tramos urbanos.

Tema 71. Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía. Tramos urbanos, travesías, redes arteriales y vías urbanas.

Tema 72. Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias. Tipos de vías pecuarias. Ocupaciones y aprovechamientos en las vías pecuarias.

ANEXO I b)

TEMARIO

1. Trabajos relacionados con el manejo de la sede electrónica del catastro, del Ministerio de Hacienda.

2. Trabajos relacionados con el manejo de las sedes electrónicas de publicación ministeriales y locales.

3. Realización de Estudio Básico de Seguridad y Salud para obras infraestructuras municipales, mediante el uso de herramientas informáticas, conforme al Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción

4. Realización Pliego de Condiciones para obras infraestructuras municipales, mediante el uso de herramientas informáticas.

5. Elaboración de Planimetría correspondiente a proyecto de obras de infraestructuras municipales, conforme a Código Técnico de la edificación. mediante el uso de herramientas CAD.

6. Realización de un Estudio de Gestión de Residuos para obras infraestructuras municipales.

7. Cálculo Estructural de pórtico y correas, con sobrecargas de uso, mediante el uso de herramientas informáticas, con cumplimiento de lo establecido en el Código Técnico de la Edificación.

8. Realización de Esquema Unifilar para Red de Distribución Eléctrica, mediante el uso de herramientas informáticas, con cumplimiento de lo establecido en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.

Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán en la sede electrónica del este Ayuntamiento www.luque.es.

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o Recurso de Reposición Potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Córdoba, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Luque a 7 de marzo de 2019. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, Felisa Cañete Marzo.


Adjuntos: 721_anexos.pdf |

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