Boletín nº 54 (20-03-2019)
IV. Junta de Andalucia
Consejería de Empleo,
Empresa y Comercio
Delegación Territorial de Córdoba
Nº. 4.147/2018
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL EN CÓRDOBA DE LA CONSEJERÍA De EMPLEO, EMPRESA Y COMERCIO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN.
Expte: AT 47/85
Antecedentes:
Primero: La entidad Endesa Distribución Eléctrica S.L. (unipersonal) solicita ante esta Delegación la Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto para las instalaciones eléctricas de alta tensión recogida en el proyecto denominado: Reforma de las líneas de media tensión Bujalance y Cañete a 25 kV, entre el apoyo A555826 y el nuevo apoyo A333627, y el apoyo A555671 y el nuevo apoyo A555670, en el término municipal de Cañete de las Torres (Córdoba).
Dicho expediente se corresponde con la designación de los tramos 5615257 y 531546579, de la linea Subestación Villario-L/25 kV NBujalance incluido en la Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Córdoba por la que se otorgó la puesta en servicio de la instalación de acuerdo con el procedimiento de regularización administrativa establecido en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, con nudos origen 531577403 y 531577409 y nudos finales 532379697 y 5CD_615238, respectivamente.
Segundo: En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades y preceptos legales aplicables y en concreto los trámites previstos en el Titulo VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en el Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía (BOJA nº 22 de 2 de febrero de 2011), en este sentido se ha realizado la información pública del proyecto técnico en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba y en portal de la transparencia de la Junta de Andalucía de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.1. de la ley 1/2014, de 24 de junio, sin que se produjesen alegaciones en el plazo legalmente establecido.
Cuarta: Por técnico perteneciente al Departamento de Energía de esta Delegación Territorial, ha sido emitido informe favorable, referente a la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción del proyecto anteriormente citado, suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente.
Fundamentos de Derecho
Primero: Esta Delegación Territorial es competente para la tramitación y resolución del presente expediente, según lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes, y demás concordantes, de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1.955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en relación con el R.D. 4.164/82, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decreto de la Presidenta 5/2018, de 6 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, Decreto 304/2015, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general ampliación, el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Territorial, propone:
Conceder la ampliación de la Resolución de Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción a Endesa Distribución Eléctrica S.L. (unipersonal) de la reforma de las líneas eléctricas incluida en el proyecto, cuyas principales características se describen a continuación:
Líneas eléctricas
Emplazamiento: Paraje Los Ruedos, polígono 13
Término municipal: Cañete de las Torres
Tensión de Servicio: 25 kV
Aérea.
Tramo 1. retensar línea Bujalance.
Origen: Apoyo existente A555626
Final: Nuevo apoyo A555627
Término municipal: Cañete de las Torres
Longitud (Km): 0,124
Conductores: 47-AL 1/8 ST1A.
Tramo 2. línea Cañete.
Origen: Apoyo existente A555671
Final: Apoyo A555670
Tipo: Aérea
Tensión de Servicio: 25 kV
Longitud (Km): 0,179
Conductores: 47-AL 1/8 ST1A
Subterránea.
Tramo 1. líneaBujalance.
Origen: Apoyo A555627
Final: Celda de línea existente CD 41.228 Cementerio
Longitud (Km): 0,200
Conductores: RH5Z1 Al 3(1 x 240) 18/30 kV
Tramo 2. líneaCañete.
Origen: Apoyo A555670
Final: Celda de línea existente CD 41.228Cementerio
Longitud (Km): 0,165
Conductores: RH5Z1 18/30 kV 3(1 x 240) Al XLPE
Esta Autorización y Aprobación se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece y las especiales siguientes:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de 24 meses contados a partir de la presente resolución.
3. Esta autorización se otorga sin perjuicio de las demás concesiones o autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables por otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas esta Delegación.
4. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y Resolución de Puesta en Servicio. Se adjuntará a la solicitud el certificado de dirección final de obra suscrito por técnico competente y el certificado de la empresa instaladora de alta tensión que ha ejecutado la instalación.
5. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
6. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
7. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
Propuesto:
El Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas.
Manuel Ángel López Rodríguez
Vista la anterior propuesta de resolución, esta Delegación Territorial resuelve elevarla a definitiva:
De acuerdo con el artículo 128.3 del Real Decreto 1955/2000, de 1 diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la presente Resolución deberá notificarse al solicitante y a las Administraciones, organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas; advirtiéndole que la misma no pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, Empresa y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Resuelve:
La Directora General de Industria, Energía y Minas.
(P.D. Resolución de 9 de marzo de 2016)
Córdoba, 5 de diciembre de 20