Boletín nº 57 (25-03-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 807/2019

El Presidente del Área de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba, hace saber:

Que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en su sesión de fecha 1 de marzo de 2019, se aprobó inicialmente la Innovación pormenorizada de las ordenanzas de edificación correspondientes al suelo calificado urbanísticamente como terciario por el PGOU cuyo objeto es modificar la normativa urbanística para una mejor adaptación a la realidad física y de gestión, con la eliminación de los retranqueos obligatorios y los límites de ocupación, así como posibilitar tanto la segregación de parcela como la ampliación de usos pormenorizados existentes y demandados.

Este acuerdo determina, por sí sólo, la suspensión del otorgamiento de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas en el área afectada por la modificación, por plazo máximo de un año, en los términos previstos en los artículos 27 de la LOUA y 120 RP. La suspensión se extingue, en todo caso, con la publicación de la aprobación definitiva del instrumento de planeamiento.

Ante lo dispuesto en los artículos 39 de la LOUA y 138 del Reglamento de Planeamiento se somete esta modificación a información pública por plazo de un mes, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y publicación en uno de los diarios de mayor difusión provincial, así como en el Tablón de Anuncios del Municipio, quedando el expediente puesto de manifiesto en el Área de Urbanismo, a efectos de la formulación de las alegaciones que se estimen procedentes.

Priego de Córdoba, 14 de marzo de 2019. Firmado electrónicamente: El Presidente del Área de Urbanismo, José González Ropero.

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