Boletín nº 59 (27-03-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Carlota

Nº. 932/2019

PROGRAMA MUNICIPAL DE FORMACIÓN Y APOYO AL DESARROLLO EMPRESARIAL DE LA CARLOTA EMPRENDE POR TU PUEBLO 2019.

BDNS (Identif.) 445597

Extracto de la Convocatoria y sus Bases que han de regir la concesión de Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Programa Municipal de Apoyo al Desarrollo Empresarial de La Carlota, Emprende por tu Pueblo 2019.

GEX 2413/2019

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y la página web del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota.

Primero.

El objeto de la presente convocatoria es establecer las bases por las que se deben regir el concurso de proyectos empresariales dentro de las subvenciones a conceder por el Ayuntamiento, en régimen de concurrencia competitiva, para la puesta en funcionamiento y desarrollo de proyectos empresariales, de nueva creación, o empresas ya constituidas en nuestro municipio que impliquen una nueva línea de actividad o incluyan ideas innovadoras, dentro de las líneas de actuación plasmadas en el Programa Municipal de Formación y Apoyo al Desarrollo Empresarial de La Carlota EMPRENDE POR TU PUEBLO 2019.

La finalidad de la concesión de subvenciones es la creación de iniciativas empresariales que incorporen ideas innovadoras en procesos, productos, sistemas o servicios capaces de contribuir a la generación de riquezas y empleo de calidad en el municipio de La Carlota.

Segundo. Beneficiarios

Podrán solicitar participar en las convocatorias de las subvenciones objeto de la presente Ordenanza las personas mayores de edad o entidades siguientes:

Tendrán la consideración de personas beneficiarias las personas físicas, mayores de edad, o jurídicas y las entidades con personalidad jurídica propia que inicien una actividad productiva en el término municipal de La Carlota, cuyo proyecto sea válido y viable para su puesta en marcha en la localidad y cumplan los requisitos exigidos en las presentes bases.

También podrán participar empresas ya constituidas, cuyo proyecto implique una nueva línea de negocio para la empresa, o que incluyan ideas innovadoras en productos, procesos de producción o servicios que contribuyan a la riqueza y empleo del municipio de La Carlota, siempre y cuando, no se haya iniciado dicha línea.

Tercero. Bases reguladoras

La presente convocatoria se regirá por las Ordenanza Específica que regulaba la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento que regirían el concurso de proyectos empresariales, en régimen de concurrencia competitiva, para la puesta en funcionamiento y desarrollo de proyectos empresariales, de nueva creación, dentro de las líneas de actuación plasmadas en el Programa Municipal de Formación y Apoyo al Desarrollo Empresarial de La Carlota EMPRENDE POR TU PUEBLO, la cual fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 109, de 10 de junio de 2015, así como por la presente convocatoria y sus bases aprobadas por Resolución de Alcaldía número 1005/2019, de 21 de marzo.

Cuarto. Importe

El crédito destinado a la presente convocatoria asciende a un importe de treinta mil euros (30.000,00 €), con cargo a la partida presupuestaria 433047900.Subvención emprende por tu pueblo.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia el presente extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Sexto. Otros datos

La solicitud se realizará por medio de la presentación de la correspondiente instancia normalizada que podrá recogerse en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, o en la página web municipal: http://www.lacarlota.es/, siendo presentados en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota, sito en Avenida Carlos III, 50; ó bien utilizando cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes para poder participar en el concurso deberán estar suscritas por la empresa o emprendedor/a que opte a los mismos y que cumpla con los requisitos exigidos.

La Carlota, a 22 de marzo de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Antonio Granados Miranda.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad