Boletín nº 64 (03-04-2019)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 889/2019
Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 743/2018 Negociado: MJ
De: Doña María Lourdes Expósito Fernández
Abogado: Doña Francisca Funes Estepa
Contra: Venalta Logística SL, Admon. Concursal, Manuel Morales López y Fogasa
DOÑA OLGA RODRÍGUEZ CASTILLO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 743/2018 a instancia de la parte actora doña María Lourdes Expósito Fernández contra Venalta Logística SL, Admon. Concursal, Manuel Morales López y Fogasa sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Fallo
Que estimando la demanda formulada por doña María Lourdes Expósito Fernández, contra la empresa Venalta Logística SL, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la suma de dos mil ochocientos noventa y seis euros con sesenta y dos céntimos (2.896,62 €) en concepto de principal, más 19,66 € en concepto de interés de demora, y las costas en los términos indicados en el FD 4º de esta resolución.
El Fogasa responderá de los conceptos, supuestos y límites legalmente previstos.
Igualmente procede desestimar la demanda frente a la administración concursal en la persona de don Manuel Morales López, al haber sido llamado a juicio por su facultad de intervención en el patrimonio de la condenada.
Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que siendo la cuantía litigiosa inferior a 3.000 euros, contra la misma no cabe recurso (artículos 191.2.g y 192.3 de la LRJS).
Así por esta mí Sentencia, cuyo original se archivará en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Venalta Logística SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 14 de marzo de 2019. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, Olga Rodríguez Castillo.