Boletín nº 69 (10-04-2019)
VI. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 1.109/2019
Con fecha 20 de marzo de 2019, se ha acordado por el Pleno de esta Corporación, CONSERVAR LAS ACTUACIONES PREVIAS ADOPTADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS Y EXPLOTACIÓN DEL AGUA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, EN RELACIÓN CON EL PROYECTO DE AGRUPACIÓN DE VERTIDOS Y EDAR DE MONTURQUE (PROCEDIMIENTO EXPROPIATORIO).
Desde la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Córdoba fueron notificados individualmente los interesados afectados en este procedimiento expropiatorio, con acuse de recibo, adjuntando Resolución de la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua, con fecha 27 de diciembre de 2017, con su correspondiente pie de recurso, publicándose en el BOJA de 8 de junio de 2018 nº 110 y BOE de fecha 18 de junio de 2018 nº 147, para los casos donde no se pudo efectuar la notificación individual. Por tanto, atendiendo a la aprobación definitiva del citado proyecto y al consecuente inicio del procedimiento de expropiación forzosa pertinente, realizado desde las correspondientes Instituciones de la Junta de Andalucía, en cuyo expediente, queda acreditada la declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación de bienes y derechos afectados, así como la declaración de la Urgente Ocupación, esta Corporación adopta en sesión plenaria ordinaria el siguiente
ACUERDO
Primero. Conservar las actuaciones previas y proseguir la tramitación de las mismas, adoptadas por la Dirección General de Infraestructuras y Explotación del Agua, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, y desde la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Córdoba, que impulsó los trámites necesarios para someter a información pública dicho proyecto a los efectos de lo previsto en materia de expropiación forzosa, según Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y Real Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, en la superficie y términos indicados de las parcelas contenidas en la siguiente relación de de terrenos y propietarios de los mismos afectados por la citada expropiación:
T. M. de Monturque |
U S O |
Titularidad |
Afección |
||||
Polig. |
Parcela |
Sub-parc. |
Titular |
Ocupación Temporal (m²) |
Servidumbre (m²) |
Expropiación definitiva (m²) |
|
010 |
00222 |
a |
O |
Luis Ramírez Aranda |
3790,57 |
||
010 |
00228 |
0 |
O |
Antonio Cobos Zurita |
4,88 |
4,88 |
3166,82 |
010 |
00229 |
a |
O |
Juan Arroyo Jiménez |
504,84 |
302,11 |
217,74 |
b |
V |
38,76 |
|||||
011 |
09001 |
0 |
HG |
Confederación H. del Guadalquivir |
5139,15 |
2505,00 |
136,74 |
011 |
00100 |
0 |
O |
Miguel Raya Amo |
473,68 |
15,35 |
|
011 |
00101 |
0 |
O |
José Morales Jiménez |
364,89 |
5,92 |
|
011 |
00103 |
a |
O |
Antonio Aguilar Ramos |
114,03 |