Boletín nº 69 (10-04-2019)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 13
Madrid

Nº. 988/2019

Juzgado de lo Social nº 13 de Madrid

Procedimiento Despidos/Ceses en general 762/2018

Materia: Despido

Demandante: Don Noumane Laasli y otros 3

Demandado: Red Dimensiona S.L., FOGASA y Segured Ingeniería S.L.

 

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA MARÍA ISABEL TIRADO GUTIÉRREZ, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 13 DE MADRID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 762/2018 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Noumane Laasli, don Eduardo del Cerro Raigal, don Javier Rivas Mateos y don Ahmed Chafea Sahsah frente a Red Dimensiona S.L., FOGASA y Segured Ingenieria S.L., sobre Despidos/Ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

En Madrid a 25 de febrero de 2019.

Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 13, don Ángel Juan Alonso Boggiero los presentes autos nº 762/2018, seguidos a instancia de don Ahmed Chafea Sahsah, don Nouamane Laasli, don Javier Rivas Mateos y don Eduardo del Cerro Raigal, asistidos por el Letrado don Javier Galán Feced contra FOGASA, Segured Ingenieria S.L. y Red Dimensiona S.L. que no comparecen sobre Despido.

En nombre del Rey

Ha dictado la siguiente Sentencia nº 90/2019

Fallo

Estimando en parte la demanda interpuesta por don Ahmed Chafea Sahsah, don Noumane Laasli, don Javier Rivas Mateos y don Eduardo del Cerro Raigal frente a las empresas Red Dimensiona S.L. y Segured Ingenieria S.L. y frente al FOGASA, debo:

1º. Declarar improcedentes los despidos practicados por la empresa Red Dimensiona con efectos del 15/06/2018 respecto de los trabajadores a que a continuación se hará mención.

2º. Declarar extinguida sus relaciones laborales con efectos del 25/02/2019.

3º. Condenar a la empresa Red Dimensiona S.L. a estar y pasar por las anteriores declaraciones, así como a que abone a los actores las cantidades que respectivamente se indica en concepto de indemnización:

- Javier Rivas Mateos: 4.108,91 €.

- Noumane Laasli: 4.261,29 €.

- Ahmed Chafea Sahsah: 2.478,14 €.

4º. Condenar a la empresa Red Dimensiona S.L. a que abone a los actores las cantidades que respectivamente se indica concepto de salarios de tramitación desde la fecha del despido el 15/06/2018 hasta el 25/02/2019:

- Javier Rivas Mateos: 10.885,95 €.

- Noumane Laasli: 10.679,40 €.

- Ahmed Chafea Sahsah: 9.990,90 €.

5º. Imponer a la empresa Red Dimensiona SL las costas del presente proceso, incluidos los honorarios del Letrado de la parte actora hasta el límite de seiscientos euros.

6º. Absolver a la empresa Red Dimensiona SL de la pretensión de despido ejercitada por don Eduardo del Cerro Raigal.

7º. Absolver a la empresa Segured Ingeniería SL de las pretensiones ejercitadas en su contra por los actores.

8º. Absolver al Fogasa, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2511-0000-61-0762-18 del Banco de Santander aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el Banco de Santander o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente abierta en cualquier entidad bancaria distinta de Banco de Santander. Para ello ha de seguir todos los pasos siguientes:

Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de la persona física o jurídica obligada a hacer el ingreso y si es posible, el NIF /CIF de la misma. En el campo beneficiario, se identificará al juzgado o tribunal que ordena el ingreso. En el campo observaciones o concepto de la transferencia, se consignarán los 16 dígitos que corresponden al procedimiento 2511-0000-61-0762-18.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Red Dimensiona S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 15 de marzo de 2019. La Letrada de la Admón. de Justicia, firma ilegible.

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