Boletín nº 75 (22-04-2019)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 1.074/2019
Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 92/2018. Negociado: MR
De: D. Juan Carlos Urbano Valderrama y D. José Aguilar Casado
Abogado: D. Rafael Carlos Hernández Rodríguez
Contra: Carnes Sandalio Vidal S.L. y FOGASA
DOÑA OLGA RODRÍGUEZ CASTILLO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 92/2018, a instancia de la parte actora D. Juan Carlos Urbano Valderrama y D. José Aguilar Casado contra Carnes Sandalio Vidal S.L. y FOGASA, sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 20/02/19 el tenor literal siguiente:
Acuerdo: Tener como personado y parte ejecutante en esta ejecución al Fondo de Garantía Salarial, y por subrogado legalmente en la cantidad satisfecha al trabajador ejecutante. Haciéndose saber que si el crédito del Fondo, concurriese con el que pueda conservar el trabajador por la parte no satisfecha por el Fondo, uno y otro se abonarán a prorrata de sus respectivos importes. Y no habiendo cambiado las circunstancias por las que se dictó el decreto de insolvencia provisional, se devuelven las actuaciones al estado de archivo en que se encontraban.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso, sin necesidad de hacer depósito para recurrir
Modo de impugnación: Mediante Recurso de Reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Y para que sirva de notificación a la demandada Carnes Sandalio Vidal S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 22 de marzo de 2019. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Olga Rodríguez Castillo.