Boletín nº 75 (22-04-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villa del Río

Nº. 1.136/2019

En cumplimentación a lo establecido en el artículo 1.d) de la Orden de 1 de marzo de 2013, por la que se aprueban las Normativas Directoras para la Ordenación Urbanística en desarrollo de los artículos 4 y 5 del Decreto 2/012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucia, y en conformidad a lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, se hace público el siguiente acuerdo adoptado por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Villa del Río, en sesión celebrada el día 28 de marzo de 2019, cuya parte dispositiva dice así:

Primero. Admitir en su totalidad las sugerencias presentadas por el SAU Alto Guadalquivir.

Segundo. Aprobar provisionalmente el Documento de Avance de Identificación y Delimitación de los Asentamientos Urbanísticos y de los Ámbitos del Hábitat Rural Diseminado existentes en Suelo No Urbanizable de Villa del Río,cuyo contenido ya modificado incluye las sugerencias que arriba se detallan y que ha sido redactado por los Servicios Técnicos del SAU-U.T. Alto Guadalquivir.

Tercero. Someter a información publica durante el plazo de treinta días el citado Avance mediante la inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, en uno de los periódicos de mayor circulación de la misma, y en la sede electrónica del Ayuntamiento. Durante este plazo, quedará el expediente de manifiesto en el Departamento de Urbanismo, en horario de atención al público, de 9 a 14 horas, pudiendo los interesados formulas las sugerencias y alternativas que estimen pertinentes.

Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 2/2012, de 10 de enero, artículo 4.2, deberá solicitarse informe preceptivo y no vinculante a la Conserjería competente en materia de urbanismo tras la aprobación (en este caso provisional) del Avance y simultáneamente a su exposición publica, debiéndose acompañar a la solicitud el certificado de Secretaría General acreditativo de la aprobación del Avance y un ejemplar del mismo, en formato papel,debidamente diligenciado en todas sus paginas con la aprobación inicial y también, con el objeto de facilitar la emisión del informe, en soporte digital (CD o DVD)....

Lo que se hace público para su general conocimiento.

Villa del Río a 8 de abril de 2019. Firmado electrónicamente: El Alcalde, Emilio Monterroso Carrillo.

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