Boletín nº 82 (02-05-2019)
VII. Administración de Justicia
Juzgado de lo Social
Número 3
Córdoba
Nº. 1.258/2019
Juzgado de lo Social Número 3 de Córdoba
Procedimiento Ordinario núm. 894/2018. Negociado: MJ
De: D. José Miguel Pérez Molina
Contra: Domintor Cafeterías S.L. y FOGASA
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en este Juzgado se sigue la ejecución núm. 894/2018, sobre Procedimiento Ordinario, a instancia de D. José Miguel Pérez Molina contra Domintor Cafeterías S.L. y FOGASA, en la que se ha dictado Sentencia cuyo Falo sustancialmente dice lo siguiente:
Fallo
Que estimando la demanda formulada por D. José Miguel Pérez Molina contra la empresa Domintor Cafeterías S.L., debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la suma de TRES MIL TRESCIENTOS DOCE EUROS CON SIETE CÉNTIMOS (3.312,07 €) en concepto de principal, más 331,21 € en concepto de interés de demora y las costas en los términos indicados en el FD 4º de esta resolución.
El FOGASA responderá de los conceptos, supuestos y límites legalmente previstos.
Notifíquese esta Sentencia en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer Recurso de Suplicación para ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el término de cinco días hábiles a partir del de la notificación y por conducto de este Juzgado; advirtiendo a la Empresa demandada de que en caso de recurrir, deberá de consignar el importe de la condena en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la Entidad Santander (con nº ES55 0049 3569 9200 0500 1274), y concepto 1446 0000 65 089418 y en la misma cuenta antes referida, la cantidad de 300 euros en concepto de depósito.
Así por esta mi Sentencia, cuyo original se archivará en el Libro de Sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en forma a Domintor Cafeterías S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en el tablón telemático del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.
Córdoba a 10 de abril de 2019. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Olga Rodríguez Castillo.