Boletín nº 83 (03-05-2019)

VIII. Otras Entidades

Instituto Provincial de Desarrollo Económico
Córdoba

Nº. 1.372/2019

Convocatoria de subvenciones para la contratación de desempleados/as dentro del Programa EMPRENDE 2019

BDNS (Identif.): 452408

Extracto del acuerdo del Consejo Rector del Instituto Provincial de Desarrollo Económico de 26 de marzo de 2019 por el que se aprueba la Convocatoria de ayudas a la contratación de desempleados/as dentro del Programa EMPRENDE 2019.

BDNS (Identif.): 452408

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

Las siguientes entidades de la provincia de Córdoba:

a) Ayuntamientos y Entidades Locales Autónomas.

b) Empresas privadas (microempresas y pequeñas empresas), entidades privadas sin ánimo de lucro de acción social (4º sector), asociaciones empresariales y sindicatos.

No podrán obtener la condición de beneficiarios:

- Las empresas privadas que hayan percibido el abono correspondiente a la subvención del Programa Emprende concedido por IPRODECO en convocatorias anteriores.

- Los organismos, entidades, sociedades, institutos, consorcios, fundaciones, unidades y demás entes que estén adscritos, vinculados o sean dependientes de cualquiera de las entidades locales o de sus organismos autónomos.

- Las sociedades civiles, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.

- En general las entidades públicas o privadas que se encuentren incursas en alguna de las prohibiciones o circunstancias recogidas en el art. 13 de la LGS.

Segundo. Objeto

Desarrollo de proyectos que promuevan el crecimiento económico y cambio estructural que conduce a una mejora del nivel de vida de la población local, generando empleo. Se consideran elegibles los gastos del personal (Salario Bruto y Seguridad Social de la Empresa) contratado para el desarrollo del proyecto durante un período de 6 meses a tiempo completo o de 12 meses a media jornada.

Tercero. Bases reguladoras

Convocatoria de subvenciones para la contratación de desempleados/as dentro del programa Emprende 2019 publicadas en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Instituto Provincial de Desarrollo Económico

https://www.iprodeco.es/sede/w/9142/sede-electronica/

tablon_de_anuncios.

Cuarto. Cuantía

El presupuesto máximo estimado para la concesión de las subvenciones a las que se refiere la presente convocatoria es de 700.000,00 €.

- Ayuntamientos y Entidades Locales Autónomas: La cuantía de las subvenciones serán de un máximo de 6.735,00 €.

- Empresas privadas, Asociaciones empresariales y sindicatos y Entidades privadas sin ánimo de lucro de acción social (4º sector): La cuantía de las subvenciones será como máximo del 6.000,00 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y finalizará el 31 de mayo de 2019 (incluido). En el mencionado Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Instituto será publicado el texto íntegro de la misma, a efectos informativos.

Sexto. Otros datos

Las solicitudes, acompañadas de la documentación requerida en la convocatoria (entre ellos la Memoria y el Presupuesto de gastos e ingresos del proyecto), estarán dirigidas a la Presidenta del Instituto Provincial de Desarrollo Económico y se presentarán obligatoriamente a través del Registro Electrónico del Instituto en los términos que expone el Art. 7º del Reglamento del Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Córdoba.

El acceso a la tramitación electrónica estará disponible desde la página web del Instituto (www.iprodeco.es/sede/sede) y se realizarán través del formulario electrónico habilitado al efecto, que contendrá la misma información que figura en la solicitud y anexos de la convocatoria. El modelo será cumplimentado de acuerdo con las instrucciones y controles establecidos por la aplicación informática.

Séptimo. Régimen de concesión.

Concurrencia competitiva de conformidad con lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 18 de noviembre General de Subvenciones.

Córdoba 29 de abril de 2019. Firmado electrónicamente: La Presidenta del Instituto Provincial de Desarrollo Económico, Ana María Carrillo Núñez.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad