Boletín nº 85 (07-05-2019)

IV. Junta de Andalucia

Consejería de Hacienda, Industria y Energía
Delegación de Gobierno de Córdoba

Nº. 1.306/2019

RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA EN CÓRDOBA, POR LA QUE SE DECLARA LA UTILIDAD PÚBLICA, EN CONCRETO, DE LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN DENOMINADA PROYECTO DE LÍNEA DE MEDIA TENSIÓN PARA ALIMENTACIÓN DEL T.M. VILLARALTO (EXPEDIENTE Nº AT- 28/2014) Y SE CONVOCA PARA EL LEVANTAMIENTO DE ACTAS PREVIAS A LA OCUPACIÓN DE LAS FINCAS AFECTADAS.

ANTECEDENTES

Primero: Con fecha 9 de octubre de 2014, Inpecuarias Villaralto SL, presenta solicitud de autorización administrativa, aprobación de proyecto y declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica denominada PROYECTO DE LÍNEA DE MEDIA TENSIÓN PARA ALIMENTACIÓN DEL T.M. VILLARALTO, correspondiéndole el número de expediente AT-28/2014. Esta solicitud cumple con lo establecido en el artículo 55.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y reúne los requisitos establecidos en el artículo 143 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Segundo: De acuerdo con los artículos 55.2 de la Ley 24/2013 y 144 del Real Decreto 1955/2000, se sometió el expediente al trámite de información pública, insertándose a tal efecto el anuncio de 10 de julio de 2015 con la relación de bienes y derechos afectados, en el BOE número 183. de 1 de agosto de 2015, en BOJA número 145, de 28 de julio de 2015, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 146, de 30 de julio de 2015 y en el Diario de Córdoba de fecha 4 de agosto de 2015. De igual forma, ha sido realizada la exposición pública de dicho anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento de El Viso, entre los días de 30 de julio al 25 de agosto de 2015 y Villaralto entre el 22 de julio y el 2 de septiembre de 2015 y ha sido practicada la notificación individual a los titulares afectados.

Tercero: Efectuado el trámite anterior, se formulan alegaciones por parte de doña Piedad Mantas García, doña Josefa Rodríguez Arias, don Miguel Moreno López y don Juan López Rísquez. Cumpliendo con el artículo 145 del Real Decreto 1955/2000 se da traslado de las alegaciones a la Beneficiaria.

Cuarto: Con fecha 9 de marzo de 2016, Inpecuarias Villaralto SL solicita cambio de titularidad del expediente a favor de Inpecuarias Pozoblanco SL, suscribiéndose entre ambas convenio de cesión, el día 4 de abril de 2016.

Quinto: Mediante Resolución de la Delegación Territorial de Conocimiento y Empleo de la Junta de Andalucía en Córdoba de 31 de enero de 2018, se concedió a Inpecuarias Pozoblanco SL, autorización administrativa y aprobación de proyecto de la instalación objeto de este expediente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades y preceptos legales aplicables y, en concreto, los trámites previstos en el Título IX de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el Capítulo V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Segundo. La competencia para la tramitación y resolución del presente expediente administrativo viene atribuida a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba en virtud de lo establecido en el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 101/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, la Disposición Adicional Tercera del Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (modificado por el Decreto 32/2019, de 5 de febrero), el artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de Transporte, Distribución, Comercialización, Suministro y Procedimientos de autorización de Instalaciones de Energía, en relación con el Real Decreto 1464/82, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a al Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas y la Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Tercero. Con respecto a las alegaciones presentadas, debemos señalar:

a) De don Juan López Rísquez, quien propone un pequeño desplazamiento de los apoyos para que no sea afectada su finca, solicitando, asimismo, una mayor información.

Procede desestimar la alegación, respecto de la primera parte, porque un pequeño desplazamiento supone mayor afectación, de carácter sustancial, a otros propietarios. Respecto de la otra cuestión, el alegante en cualquier momento ha podido personarse, como así se indicó en el anuncio que le fue notificado debidamente, en la oficina pública que disponía del proyecto de la instalación para recibir las explicaciones que demandara, algo que no ha hecho.

b) Doña Josefa Rodríguez Arias que afirma que el apoyo nº 16 que figura en su finca está muy próximo a la linde y que el escaso terreno que quedará libre les hace perder aprovechamiento.

Según afirma la Beneficiaria, el apoyo quedará lo mas cercano a dicha linde con el fin de poder realizar las labores de aprovechamiento.

c) Don Miguel Moreno López, que propone modificar el trazado de la línea hacia el este y que no se instale un apoyo en mitad de la finca así como una modificación del trazado de la línea para afectar lo menos posible.

Procede desestimar la alegación, la primera porque no es posible desviar la línea hacia el este por la afección a la futura variante de la N-502. La segunda y tercera porque la instalación del apoyo en el centro de la parcela se hace inevitable por los condicionamiento de distancias entre vanos, futura distancia a N-502 y cruce con actual N-502.

d) Doña Piedad Mantas García solicita enganchar en la futura línea desde el apoyo ubicado en la finca y la ejecución de construcciones debajo o próxima a la proyección perpendicular del vuelo.

Respecto de la primera cuestión, señalar que dispondrá de una autorización para dicho enganche por un periodo de 3 años desde la puesta en marcha de la presente línea. Respecto de la segunda, según el apartado 5.12.2 de la ITC-LAT-07 del Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, se podrán realizar construcciones debajo de las líneas eléctricas de mutuo acuerdo entre las partes, cumpliendo las correspondientes distancias de seguridad.

Cuarto. La instalación descrita en el antecedente de hecho primero cuenta con autorización administrativa y aprobación de proyecto desde el 31 de enero de 2018, lo que implica el reconocimiento expreso de su carácter de instalación eléctrica de distribución de energía, de conformidad con los artículos 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre y 140.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y, en consecuencia, dispone de naturaleza de instalación de utilidad pública.

Una vez tramitado el presente expediente procede declarar la utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica denominada Línea de media tensión para alimentación del T.M. de Villaralto en los términos municipales de El Viso y Villaralto (correspondiente al expediente AT- 28/2014).

La declaración de utilidad pública, en concreto, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiario en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Coincidiendo la normativa aplicable en prescribir la publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la provincia o provincias afectadas, tanto de la resolución sobre la declaración de utilidad pública, en concreto, como del levantamiento de actas previas a la ocupación, de conformidad con el artículo 72 de la Ley Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe acumular en un solo acto tanto la declaración de utilidad pública como la convocatoria de actas previas a la ocupación, al ser ésta última consecuencia necesaria de la resolución, y coincidir la publicación en el BOE y BOP.

Vistos los antecedentes y fundamentos citados y demás normas de general aplicación, el Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba,

RESUELVE

Primero: Declarar la utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica denominada Línea de media tensión para alimentación del término municipal de Villaralto (Expte. AT-28/2014), lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de adqui

Ver el anuncio completo

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad