Boletín nº 86 (08-05-2019)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.422/2019

ANUNCIO DE ACUERDO ADOPTADO POR EL PLENO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA.

El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el día 20 de marzo, adoptó acuerdo relativo aceptación de la encomienda de gestión de la Fundación provincial de Artes Plásticas Rafael Botí para la elaboración de la RPT de la Fundación cuyo instrumento de formalización fue objeto de firma el día 23 de abril, acuerdo cuya parte dispositiva tiene la siguiente literalidad:

PRIMERO. Aceptar la encomienda de gestión para que ésta realice la elaboración de la relación de puestos de trabajo de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí.

SEGUNDO. De conformidad con lo dispuesto en artículo 11 de ley 40/2015, prestar aprobación al instrumento de formalización de la encomienda, que se une a la presente como Anexo I, y proceder a su publicación en el BOP una vez firmado.

TERCERO. Prestar aprobación, igualmente, al documento Acuerdo Encargado del Tratamiento de Datos, que se une a la presente como Anexo II.

Anexo I

INSTRUMENTO DE FORMALIZACIÓN DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN PROVINCIAL DE ARTES PLÁSTICAS RAFAEL BOTÍ Y DIPUTACIÓN PROVINCIAL PARA LA ELABORACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE DICHO ORGANISMO

En Córdoba a, ________ de ______ de 2019

Mediante el presente se procede a la formalización del instrumento regulador de la encomienda de gestión entre Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí y Diputación Provincial para llevar a cabo las actuaciones materiales derivadas del procedimiento de elaboración de la Relación de Puestos de Trabajo del organismo.

El Consejo Rector de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí, en sesión de fecha __________ adoptó acuerdo de solicitar a la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, la encomienda de gestión para que ésta elabore la relación de puestos de trabajo de dicha entidad.

La Diputación provincial de Córdoba, mediante acuerdo de Pleno de fecha __________ adopta acuerdo de aceptación de la citada encomienda.

La gestión material que se encomienda se concretará en las siguientes actividades, con el alcance que en cada caso se señala:

a) Descripción y valoración de los puestos de trabajo.

b) Elaboración de la relación de puestos de trabajo

c) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades cuya gestión se encomienda siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia, ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

La encomienda realizada no produce cambio de la titularidad de la competencia, ni afecta a su ejercicio en el ámbito de las decisiones jurídicas que hayan de adoptarse con carácter previo a la ejecución material encomendada. Señaladamente deberá efectuarse mediante resolución o acuerdo del órgano que corresponda de la entidad encomendante, la aprobación de la RPT, resolución de recursos y/o reclamaciones, sin perjuicio de las propuestas que a tal efecto se efectúen por la entidad. En definitiva, es responsabilidad de la Fundación, dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda.

El plazo de vigencia de la gestión encomendada se establece desde la fecha de publicación del presente instrumento en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba por plazo de tres meses.

La presente encomienda podrá extinguirse, además de por el cumplimiento de su período de vigencia, por mutuo acuerdo, por concurrencia de circunstancias que hagan imposible o innecesaria la realización de las actuaciones encomendadas, así como por incumplimiento grave de las condiciones establecidas en el presente Instrumento, sin perjuicio asimismo de las causas previstas en artículo 51 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En prueba de conformidad y para que surta los efectos oportunos, se suscribe el presente en Córdoba a _____________ 2019

POR LA FUNDACIÓN PROVINCIAL DE

ARTES PLÁSTICAS RAFAEL BOTÍ.

Dª María Isabel Ruz García.

PROVINCIAL DE CÓRDOBA

D. Antonio Ruiz Cruz.

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

EL PRESIDENTE

Córdoba, 3 de mayo de 2019. Firmado electrónicamente por el Presidente, Antonio Ruiz Cruz.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad