Boletín nº 86 (08-05-2019)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.426/2019

ANUNCIO DE ACUERDO ADOPTADO POR EL PLENO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA.

El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el día 20 de marzo, adoptó acuerdo relativo aceptación de la encomienda de gestión del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba para el procedimiento selectivo de personal laboral de dicho Organismo Autónomo correspondiente a la OEP 2018, cuyo instrumento de formalización fue objeto de firma el día 23 de abril, acuerdo cuya parte dispositiva tiene la siguiente literalidad:

PRIMERO. Aceptar la encomienda de gestión a la Diputación Provincial de Córdoba del procedimiento selectivo de personal del PPTC correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2018.

SEGUNDO. De conformidad con lo dispuesto en artículo 11 de ley 40/2015, prestar aprobación al instrumento de formalización de las funciones a desempeñar por la Diputación Provincial en el proceso selectivo de personal laboral del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba, que se trascribe a continuación como Anexo, y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia una vez firmado. Deberá publicarse, asimismo, en el Portal de Transparencia de la Diputación Provincial y del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba.

TERCERO. Prestar aprobación, igualmente, al documento Acuerdo Encargado del Tratamiento de Datos, que consta en el expediente

 ANEXO

INSTRUMENTO DE FORMALIZACIÓN DE LAS FUNCIONES A REALIZAR POR LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA EN EL PROCEDIMIENTO SELECTIVO DE PERSONAL LABORAL DEL PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO DE CÓRDOBA, CORRESPONDIENTES A OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2018

En Córdoba, a ... de &.... de 2019

Mediante el presente se procede a la formalización del instrumento regulador de las funciones a realizar por la Diputación Provincial de Córdoba en el procedimiento selectivo de personal laboral del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba, según Bases aprobadas mediante Decreto de ... de &....& de &........

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento del Servicio Jurídico de la Diputación Provincial, ésta podrá prestar asistencia no solamente a los municipios, sino también a su propia administración institucional. En muchos casos, razones de eficacia y carencia de medios personales y técnicos suficientes, hacen aconsejable atribuir a la Institución Provincial el desarrollo de determinadas actuaciones en razón a su complejidad técnico-jurídica. La formación y la selección del personal constituye uno de los ámbitos de referencia y, en este sentido, se considera necesario utilizar los medios personales y técnicos del Servicio de Recursos Humanos de la Corporación para el adecuado desarrollo del proceso selectivo derivado de Oferta de Empleo Público 2018 del Patronato Provincial de Turismo de Córdoba.

Las funciones a desempeñar por la Institución Provincial serán las siguientes:

a) Elaboración y propuesta de bases del proceso selectivo, así como propuesta de convocatoria y anuncios legalmente preceptivos. Por la Diputación Provincial se efectuarán tanto la propuesta de resolución correspondiente (resolución o acuerdo de aprobación de bases, resolución o acuerdo de convocatoria, etc.), como los trámites de ejecución tales como anuncios y gestiones similares.

b) Recepción de solicitudes de participación en el proceso selectivo.

c) Propuesta de resolución por la que se declaren aprobadas las listas de admitidos y excluidos y se señalen lugar y fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión.

d) Propuesta de designación de miembros que han de formar parte de los Tribunales Calificadores u órganos de selección.

e) Gestión de la operatividad necesaria para el desarrollo material de los ejercicios.

f) Recepción de los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

g) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades del proceso selectivo cuya gestión se encomienda siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia, ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Se requerirá resolución o acuerdo del órgano que corresponda del Patronato Provincial de Turismo para la aprobación de las bases, lista de admitidos y excluidos, designación del Tribunal Calificador a propuesta de la entidad encomendada, resolución de recursos y/o reclamaciones, sin perjuicio de las propuestas que a tal efecto se efectúen por la entidad encomendada o por los órganos de selección, y por último, resolución de nombramiento o contratación correspondiente. En definitiva es responsabilidad del Patronato provincial de Turismo, dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda.

El plazo de vigencia del presente instrumento regulador será desde la fecha de publicación del mismo en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba hasta la finalización de los procedimientos selectivos de referencia. Sin perjuicio de lo anterior podrá extinguirse, además de por el cumplimiento de su período de vigencia, por mutuo acuerdo, por concurrencia de circunstancias que hagan imposible o innecesaria la realización de las actuaciones encomendadas, así como por incumplimiento grave de las condiciones establecidas en el presente Instrumento.

En prueba de conformidad y para que surta los efectos oportunos, se suscribe el presente en la fecha al inicio reseñada.

POR EL PATRONATO PROVINCIAL

DE TURISMO DE CÓRDOBA

Dª Aurora Mª Barbero Jiménez

Vicepresidenta PPTC

POR LA EXCMA. DIPUTACIÓN

PROVINCIAL DE CÓRDOBA

D. Antonio Ruiz Cruz

Ilmo. Sr. Presidente

EL SECRETARIO GENERAL

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

EL PRESIDENTE

Córdoba, 3 de mayo de 2019. Firmado electrónicamente por el Presidente, Antonio Ruiz Cruz.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad