Boletín nº 91 (15-05-2019)

IV. Junta de Andalucia

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía
Delegación Territorial en Córdoba

Nº. 1.410/2019

Convenio o Acuerdo: Empresa Provincial de Aguas de Córdoba SA (Pers. Laboral)

Expediente: 14/01/0110/2019

Fecha: 26/04/2019

Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación

Destinatario: Jose María Quintana Vázquez

Código 14001252011991

Visto el Texto de los Acuerdos de la Comisión Paritaria del CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA PROVINCIAL DE AGUAS DE CÓRDOBA SA (PERSONAL LABORAL), y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

ACUERDA

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo.

Segundo. Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

El Delegado Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Univ., Ángel Herrador Leiva.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DE EMPROACSA CELEBRADA EL DÍA 19 DE OCTUBRE DE 2018

ASISTENTES:

-Por la representación social:

Doña Remedios Ayllón Almedina (CCOO)

Don Vicente Suarez Mata (CCOO).

Don Pedro Téllez Guerrero (UGT).

Asesores:

Don Antonio Amaro Tobajas (CCOO).

Don José Manuel Martínez Pérez (CCOO).

Don Antonio Garrido Ramírez (CCOO).

Don Ramón Rodríguez Requena (UGT).

Don Emilio del Rey Mohedano (UGT).

Don Rafael Wals Zafra (UGT).

-Por la representación de la Empresa:

Don Joaquín Gómez de Hita.

Don Luis Moya Cosano.

Don Emilio Jesús Rodríguez Villegas. (Actúa como Secretario).

En la Sala de Reuniones de la Empresa Provincial de Aguas de Córdoba SA (Avenida del Mediterráneo s/n, Colegios Provinciales) siendo las 10,10 horas del día 19 de octubre de 2018, se reúnen los Señores que al margen se relacionan, integrantes de la Comisión Paritaria prevista en el artículo 7 del Convenio Colectivo (BOP número 80, de 3 de mayo de 2010), convocada a instancia de la Presidencia del Comité de Empresa mediante Resolución de la Presidencia del Consejo de Administración de 10 de octubre de 2018.

Se acuerda por unanimidad designar a don Emilio Jesús Rodríguez Villegas como Secretario de la Comisión, asumiendo la Presidencia de la Comisión don Joaquín Gómez de Hita, Presidente del Consejo de Administración.

REVISIÓN SALARIAL PARA 2018

Para el ejercicio 2018 viene rigiendo prorrogadamente el Convenio Colectivo de EMPROACSA (BOP número 80, de 3 de mayo de 2010), habiéndose instado mediante escrito de fecha 9 de octubre de 2018, por la Presidencia del Comité de Empresa, según acuerdo adoptado por el Pleno del Comité de Empresa, la petición de que, una vez conocido el incremento retributivo máximo previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 se procediera a su aplicación para todos los trabajadores de EMPROACSA.

Por la representación de la Empresa se hace constar que el Pleno de la Excma. Diputación en la sesión ordinaria celebrada el día 19 de septiembre del año en curso adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo, signado con el ordinal décimo quinto por el que se aprueban Instrucciones para la aplicación del incremento retributivo previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 para el personal de las entidades y organismos dependientes de la Diputación.

En el acuerdo referido se dispone que, siguiendo lo ordenado en el artículo 18 de la nueva Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, y según lo dispuesto en el artículo 85 bis de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local y artículo 81 de Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector Público se considera necesaria la elaboración y aprobación de la Instrucción comprensiva de las directrices o normas que el Pleno considera aplicables, tanto a Organismos Públicos como a Sociedades Mercantiles dependientes de esta Corporación y resto de sector público local provincial adscrito o dependiente, que contenga las pautas o normas generales que se habrán de seguir por parte de los Organismos y Entidades citados en relación a la modificación, mediante incremento, de las retribuciones de su personal, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 18 de la citada Ley de Presupuestos Generales, cuyo contenido es el siguiente:

-La determinación y modificación de las condiciones retributivas debe ajustarse a la presente Instrucción y cualesquiera otras que dicte el Pleno en ejecución de la misma.

-Según artículo 37 del Estatuto Básico del Empleado Público deberá ser objeto de negociación la aplicación del incremento de las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y de las Comunidades Autónomas, a cuyo fin se remite igualmente copia de la presente al Servicio de RRHH de la Diputación Provincial a efectos de su oportuno cumplimiento.

-La determinación de las citadas retribuciones corresponderá al órgano en cada caso competente según los respectivos estatutos, debiéndose dar cuenta a este Pleno de la decisión que se adopte, en su caso.

-El incremento retributivo por aplicación de la Ley 6/2018, queda autorizado en un importe del 1,50% (desde 1-1-2018), más 0,25% a partir de julio y 0,2 o 0,3% adicionales en los términos del artículo 18 citado como incremento global máximo respecto a las retribuciones fechadas a 31 de diciembre de 2017, en términos de homogeneidad para los dos períodos de comparación, tal y como marca el citado precepto.

Finalmente, con el posicionamiento en contra de la representación de la Unión General de Trabajadores, que justifica su voto en razón de que debería considerarse la revisión de los conceptos variables de domingos, festivos y nocturnidad para recuperar los importes desde el 2014 recogidos en el Convenio Colectivo, y con el voto a favor de los miembros de la representación de la Empresa y de la representación de Comisiones Obreras, que hace constar que su voto se corresponde con el acuerdo aprobado en el Comité de Empresa y, que la propuesta de UGT que hoy presenta deberá valorarse en el seno de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo, se acuerda:

1. Aprobar inicialmente un incremento retributivo del 1,50% desde el uno de enero de dos mil dieciocho, y un 0,25% adicional a partir de julio y destinar el importe del 0,3% adicional, una vez cuantificada la Masa Salarial Bruta correspondiente a 2018, a aportaciones al Plan de Pensiones de Empresa, respetando los límites establecidos en la Ley 6/2018, debiendo ratificarse el presente acuerdo por el Consejo de Administración de EMPROACSA.

2. Facultar a don José María Quintana Vázquez para proceder a tramitar en su caso ante la Delegación Territorial de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo la inscripción del acuerdo en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo.

3. Dar cuenta a la Excma. Diputación Provincial de Córdoba del acuerdo de revisión salarial adoptado finalmente.

Y no habiendo otro asunto que tratar se levanta la sesión a las 10,45 horas, de que yo como Secretario doy fe.

Hay varias firmas ilegibles.


Adjuntos: 1-410_tablas.pdf |

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