Boletín nº 93 (17-05-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Córdoba
Nº. 1.573/2019
Por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 9 de abril de 2019, se adoptaron los acuerdos que a continuación se detallan de aprobación inicial de modificaciones de crédito del Presupuesto del año 2019.
Habiendo transcurrido el plazo establecido, comprendido entre los días 12 de abril de 2019 y el 8 de mayo de 2019, ambos inclusive, no se ha presentado reclamación alguna contra los mismos, elevándose a definitivos, conforme a lo dispuesto en el artículo 179.4 en relación con el 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, el siguiente:
Acuerdo nº 62/19
Primero: Aprobar inicialmente la modificación de crédito del Presupuesto del año 2019 mediante la concesión de un crédito extraordinario por importe de 53.000,00 euros en las aplicaciones que a continuación se detallan:
EMPLEOS:
C.T. |
Org. |
Pro. |
Eco. |
PAM |
Descripción |
Proyecto |
Importe |
Z |
B26 |
4321 |
71001 |
0 |
Córdoba, Destino Turístico Inteligente |
2019/2/23304/432 |
45.000,00 € |
Z |
B26 |
4321 |
41601 |
0 |
Córdoba, Destino Turístico Inteligente |
2019/2/23304/432 |
8.000,00 € |
TOTAL: |
53.000,00 € |
RECURSOS:
Org. |
Pro. |
Eco. |
Proyecto |
Descripción |
Importe |
H00 |
9200 |
62700 |
2017/2/HCNDA/192 |
Hacienda. Programa EDUSI. Proyectos Complejos |
9.000,00 € (Préstamo Ayto.) |
A13 |
9203 |
62700 |
2018/2/EDUSI/920 |
Presidencia. EDUSI. Proyectos Complejos |
36.000,00 € (Fondos FEDER) |
A13 |
9203 |
22799 |
2018/3/EDUSC/920 |
Presidencia. EDUSI. Gastos Corrientes |
8.000,00 € (Fondos FEDER) |
Total |
53.000,00 € |
Segundo: Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determina el artículo 177.2 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 38 del Real Decreto 500/1990, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.
Acuerdo nº 63/19
Primero: Aprobar inicialmente la modificación de crédito del Presupuesto del año 2019 mediante la concesión de un crédito extraordinario por importe de 70.000,00 euros en las aplicaciones que a continuación se detallan:
EMPLEOS:
C.T. |
Org. |
Pro. |
Eco. |
PAM |
Descripción |
Proyecto |
Importe |
Z |
C44 |
3330 |
63200 |
0 |
Rehabilitación Torre del Homenaje y Actuación en Paseo Alcázar de Los Reyes Cristianos |
2019/2/63412/333 |
70.000,00 € |
TOTAL: |
70.000,00 € |
RECURSOS:
Org. |
Pro. |
Eco. |
Proyecto |
Descripción |
Importe |
H00 |
9200 |
62700 |
2017/2/HCNDA/920 |
Hacienda. Programa EDUSI. Proyectos Complejos |
14.000,00 € (Préstamo Ayto.) |
A13 |
9203 |
62700 |
2018/2/EDUSI/920 |
Presidencia. EDUSI. Proyectos Complejos |
56.000,00 € (Fondos FEDER) |
Segundo: Someter la tramitación del expediente a las normas sobre información, reclamaciones y publicidad establecidos para la aprobación de los presupuestos, según determina el artículo 177.2 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 38 del Real Decreto 500/1990, considerándose definitivamente aprobado de no existir reclamaciones.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 171.1 del mencionado Real Decreto legislativo 2/2004 de 5 de marzo, contra el anterior Acuerdo los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia y ello sin perjuicio de que puede ejecutar cualquier acción que se considere conveniente.
Córdoba, 14 de mayo de 2019. Firma electrónica de la Teniente de Alcalde-Delegada de Participación Ciudadana, Hacienda, Salud y Consumo y Vivienda, Alba Mª Doblas Miranda (Decreto Núm. 8403/16, de 3 de octubre). VºBº Firma electrónica del Secretaria General del Pleno, Valeriano Lavela Pérez.