Boletín nº 94 (20-05-2019)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.568/2019

Mediante mis Decretos de fecha 8 de mayo de 2019, insertado en el Libro de Resoluciones con el número 2019/2544, y de 13 de mayo de 2019 insertado en el Libro de Resoluciones con el número 2019/ 2628 he dictado lo siguiente:

En ejercicio de la facultad que confiere a la Presidencia el artículo 34.1 g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, atribuida a la Delegación genérica de Hacienda y Recursos Humanos mediante Decreto de 15 de enero de 2019, insertado en el Libro de Resoluciones con nº 2019/88, vengo en resolver modificar mi resolución insertada en el Libro de Resoluciones con el nº 2019/2544 en virtud de la cual acordaba aprobar y publicar las siguientes bases de selección, de conformidad todo ello con el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA COBERTURA DE NECESIDADES TRANSITORIAS DE PERSONAL TEMPORAL AL SERVICIO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA EN LA CATEGORÍA DE TERAPEUTA OCUPACIONAL.

La Diputación Provincial de Córdoba, procede a la convocatoria de pruebas selectivas para la cobertura de necesidades transitorias de personal temporal en la categoría de TERAPEUTA OCUPACIONAL, conforme a las siguientes Bases:

BASE 1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Es objeto de la presente convocatoria la selección de candidatos que conformarán una lista de espera destinada al desempeño de puestos de trabajo como Terapeuta Ocupacional, mediante el nombramiento de funcionarios interinos o, alternativamente, contratación laboral temporal, de conformidad con lo previsto, respectivamente en el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en los artículos 11.1 y 15 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, todo ello en cumplimiento del Reglamento Regulador del Procedimiento de Selección para la cobertura de necesidades temporales de efectivos de personal de la Diputación Provincial de Córdoba (BOP nº 166, de 27 de agosto de 2018 y BOP nº 68, de 10 de abril de 2018).

La presente convocatoria está motivada en la urgente e inaplazable necesidad de la cobertura de los citados puestos para la renovación de la acreditación de la Residencia de Psicodeficientes Matías Camacho, de conformidad con la Orden de 3 de julio de 2006, de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, de modificación parcial de la de 1 de julio de 1997, por la que se regula la acreditación de los centros de atención especializada a las personas mayores y personas con discapacidad.

Las funciones a desempeñar son, las siguientes:

1. Evaluar las necesidades terapéuticas del residente a nivel físico, psíquico y emocional.

2. Establecer un plan de intervención basado en las necesidades detectadas y expectativas, en colaboración con el resto de profesionales y familia.

3. Coordinar la planificación, organización y ejecución de los programas terapéuticos dirigidos a la obtención del mayor grado de autonomía posible del usuario y desarrollo de sus capacidades.

4. Supervisar y asesorar al personal monitor/educador en el ámbito de sus competencias.

5. Velar para que el residente cuente con los apoyos necesarios que favorezcan su autonomía y/o seguridad.

6. Participar en la elaboración y revisión del Plan de Atención Individual de cada usuario, junto al equipo multidisciplinar.

7. Elaborar el plan anual del centro y la memoria anual del área psíco-educativa, junto a la/ el psicóloga/o y monitores/educadores.

8. Asesorar a la familia del residente en todas aquellas cuestiones que favorezcan el vínculo familiar con el residente y mejoren su calidad de vida e integración social.

9. Elaborar, al menos cada seis meses, un informe dirigido a las familias sobre el estado y evolución del residente.

10. Coordinar la programación de actividades de ocio y tiempo libre, supervisando su preparación, ejecución y evaluación de las mismas, favoreciendo con ellas la integración social de las personas con discapacidad intelectual.

11. Supervisar el correcto registro de la información que se establezca en cada grupo, necesaria para la obtención de datos que se precisen sobre los usuarios con fines terapéuticos.

12. Cualquier actuación que, dentro del ámbito profesional, le requieran sus superiores jerárquicos.

Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione una dificultad perturbadora añadida para la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a personas, como opositor, aspirante, funcionario, etc. debe entenderse en sentido comprensivo de ambos sexos.

BASE 2. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Para participar en esta convocatoria será necesario reunir los requisitos que a continuación se indican:

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo establecido en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, sobre acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. A tal efecto, la persona seleccionada deberá someterse al correspondiente reconocimiento médico de la Unidad de Promoción de la Salud y Prevención de Riesgos Laborales de esta Corporación antes de proceder a su nombramiento.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación de Diplomado/a de Terapia Ocupacional o el Título de Grado correspondiente, o en condiciones de obtenerla en el plazo de finalización de presentación de solicitudes. Se entiende que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han abonado los derechos por su expedición.

Los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse mientras continúe el nombramiento como funcionario interino.

BASE 3. SOLICITUDES

Los aspirantes deberán dirigir sus solicitudes, manifestando que se reúnen todos los requisitos exigidos, al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de Córdoba, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia, preferentemente en el modelo normalizado habilitado al efecto en la dirección web www.dipucordoba.es/tramites , acompañando fotocopia de la titulación académica. Los interesados no están obligados a aportar fotocopia del DNI/NIE siempre que expresen su consentimiento a que sea consultado a través del Sistema de verificación de datos de identidad. En caso de no prestar dicho consentimiento deberá aportar fotocopia del DNI/NIE.

Quienes estén en posesión de certificado digital, podrán realizar la presentación de la solicitud por vía telemática en la Sede Electrónica de la Diputación de Córdoba, cuya dirección es: www.dipucordoba.es/tramites.

Quienes no opten por la vía telemática, podrán cumplimentar electrónicamente el modelo de solicitud en la página www.dipucordoba.es/tramites pero deberán entregarlo impreso y firmado acompañado de la documentación citada en esta misma Base en la Oficina de Registro y Atención Ciudadana de esta Diputación Provincial sita en Plaza de Colón 15 de Córdoba, en horario de de atención al público o por cualquiera de las formas previstas en la normativa sobre Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas. En todo caso requerirá su presentación en tiempo y forma.

BASE 4. RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Delegación de Recursos Humanos dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y de excluidos que se publicará en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Córdoba, accesible a través de la dirección: www.dipucordoba.es. Igualmente figurará en la misma la determinación concreta de los miembros de la Comisión de Selección.

Los aspirantes excluidos y los omitidos en ambas listas dispondr

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