Boletín nº 94 (20-05-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Luque
Nº. 1.570/2019
SUMARIO
Anuncio de 14 de mayo de 2019 del Ayuntamiento de Luque sobre Resolución de Alcaldía nº 134/2019 del Ayuntamiento de Luque por la que se realiza corrección de errores del Temario de la plaza de Policía Local de este Ayuntamiento, mediante sistema de oposición libre.
TEXTO
Que en el Libro de Resoluciones de la Alcaldía, figura la Resolución Nº 134/2019 de fecha 14 de mayo del corriente, que transcrita literalmente es como sigue:
En Luque, a 14 de mayo de 2019, constituida la Sra. Alcaldesa Doña Felisa Cañete Marzo, asistida de mí, Secretario.
Dada cuenta del Recurso de Reposición presentado por don Luis Zaldivia Escalera, contra el temario aprobado para cubrir una plaza de Policía Local del Ayuntamiento de Luque, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 25 de mayo de 2019, en el que solicita se subsane o se corrijan los temas 22, 25 y 26 en lo que hace referencia a las faltas ya que esta tipología delictiva ha desaparecido de nuestro ordenamiento jurídico.
También considera que el artículo 6.6 de las bases expresa la posibilidad de que el Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del Presidente, dos vocales y el Secretario, entendiendo que conforme a lo previsto en el Real Decreto 896/1991, por el que se establecen las Reglas Básicas y los Programas mínimos que deben ajustarse al procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local en su apartado 8, indica que el número de miembros de dicho Tribunal en ningún caso será inferior a cinco.
La Sra. Alcaldesa, visto el informe de Secretaría acuerda:
1. Aceptar la rectificación de los temas 22, 25 y 26, suprimiendo la referencia a faltas, aprobando el siguiente texto de enunciado de los temas:
-Tema 22. Delitos, especial referencia a la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables: autores, cómplices y encubridores. Grados de perfección del delito.
-Tema 25. Delitos de homicidio. Delitos contra el patrimonio y el orden económico.
-Tema 26. Delitos contra la Seguridad Vial. Lesiones y daños imprudentes. Carencia del seguro obligatorio.
2. Respecto a la composición del Tribunal: La base 6.1 cumple correctamente la condición exigida por el artículo 4 del Real Decreto 896/1991 de 7 de junio, estableciendo que estará constituido por un Presidente, cuatro Vocales y un Secretario con voz y sin voto.
Sin perjuicio de lo cual la base 6.6 especifica que podrá actuar válidamente con la asistencia de Presidente, dos Vocales y Secretario, porque una cosa es la exigencia del mínimo de componentes del Tribunal y otra es el funcionamiento del Tribunal, que se regirá, en defecto de regulación expresa, por lo establecido respecto a los órganos colegiados, y en este caso se regula expresamente, por lo que no procede acceder a lo solicitado.
3. Que se publique la corrección del temario aceptada.
Ante mí.
Luque, 14 de mayo de 2019. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Felisa Cañete Marzo.