Boletín nº 97 (23-05-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Alcaracejos

Nº. 1.113/2019

Por Acuerdo del Pleno de fecha 1 de abril de 2019, se aprobó definitivamente el Proyecto de Actuación para la Legalización de las Instalaciones Ganaderas de Vacuno de Leche "La Junta" en Estabulación Permanente en Paraje "El Caozo" polígono 7, parcelas 92 y 93 del Término Municipal de Alcaracejos, a instancia de Andrés Rubio Rubio SCP, lo que se publica a los efectos del artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

El Pleno tras detenido estudio y deliberación por unanimidad de los miembros presentes que son siete de los nueve que lo integran adoptó el

ACUERDO:

Primero. Vista la documentación presentada. Aprobar la exención a distancia a núcleo de población y separación a linderos en base al artículo 157.2 PGOU y declarar que se exceptúa de cumplimiento de las obligaciones artículo 164.2 PGOU distancia a núcleo de población y separación a linderos.

Segundo. Aprobar el proyecto de actuación presentado por Andrés Rubio Rubio SCP, necesario y previo a la Licencia de Obras, para la Legalización de las Instalaciones Ganaderas de Vacuno de Leche "La Junta" en Estabulación Permanente en Paraje "El Caozo", Polígono 7, Parcelas 92 y 93 del Término Municipal de Alcaracejos, condicionado a las siguientes limitaciones:

Las obras deberán cumplir todas las exigencias de la autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

En el trámite de concesión de licencia se deberá asegurar la vinculación de la superficie del total de la parcela a la actividad prevista, conforme al artículo 67 d) de la LOUA, a cuyos efectos se deberá segregar la parte de terreno vinculada a la actividad.

Tercero. La autorización que supone la aprobación del Proyecto de Actuación tendrá una duración de 50 años.

Cuarto. El propietario deberá asegurar la prestación de garantía por importe del 10% de la inversión para cubrir los gastos que puedan derivarse de incumplimientos e infracciones, así como los resultantes, en su caso, de las labores de restitución de los terrenos.

Quinto. La licencia correspondiente para realizar la actuación de interés público pretendida deberá solicitarse en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del proyecto de actuación.

Sexto. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba a efecto de lo dispuesto en el artículo 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Séptimo. Notificar la Resolución al interesado a los efectos oportunos.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamiento de Alcaracejos, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Alcaracejos, a 4 de abril de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Luciano Cabrera Gil.

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