Boletín nº 98 (24-05-2019)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.646/2019

La Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Córdoba, en uso de la competencia que tiene delegada por la Presidencia mediante Decreto de 11 de mayo de 2018, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de mayo de 2019, ha adoptado, en votación ordinaria y por unanimidad, entre otros, según consta en el borrador del acta aún pendiente de aprobación y a reserva de los términos que de ésta resultaren, el siguiente acuerdo:

3. APROBACIÓN DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARCIAL DE 2019, TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA, PERSONAL FUNCIONARIO (GEX 2019/21303).

&&./&&

Primero: Aprobar la Oferta de Empleo Público parcial en el turno de promoción interna para personal funcionario, correspondiente al ejercicio 2019, en los términos que se señalan en el Anexo a la presente propuesta, sin perjuicio de posteriores acuerdos sobre plazas a incluir en turno libre o que se adicionen al citado turno de promoción interna.

Segundo: En la convocatoria, podrá participar además del personal funcionario del grupo inferior el personal laboral de los grupos y categorías profesionales equivalentes al grupo de titulación correspondiente al cuerpo o escala al que se pretende acceder, siempre que desempeñen funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico, se encuentren en posesión de la titulación requerida y hayan prestado servicios efectivos durante al menos dos años como personal laboral fijo en categorías del grupo profesional a que pertenezcan.

Tercero: Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

ANEXO

PROMOCIÓN INTERNA

PERSONAL FUNCIONARIO

CATEGORÍA

GRUPO

SUBGR.

Técnica/o Promoción Igualdad Género

A

A2

1

TOTAL

1

Contra el anterior acuerdo que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los siguientes recursos:

-Recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al que se publique, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

-Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, según lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, reformado por la D.A. 14ª de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al que reciba la presente notificación, tal y como establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, antes citada.

En el supuesto de que se interponga recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en tanto aquél no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, por el transcurso del plazo de un mes desde su interposición, tal y como disponen los artículos 123.2 y 124 de la Ley 39/2015, arriba citada y 46 de la Ley 29/1998.

En el caso de la desestimación presunta del recurso de reposición, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo mencionado, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba arriba indicados, en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con la normativa invocada anteriormente, se produzca el acto presunto tal y como establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, antes citada.

Lo que se publica para general conocimiento y en cumplimiento del acuerdo adoptado.

Córdoba, 22 de mayo de 2019. El Presidente. PD. Firmado electrónicamente por el Diputado Delegado de Hacienda y RR.HH, Salvador Blanco Rubio.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

  • El Boletín es un servicio público cuya edición y gestión corresponde a la Diputación, pero los textos se transcriben en la forma en que se hallen redactados y autorizados por el órgano remitente, sin que puedan variarse o modificarse salvo autorización previa de tal órgano.
  • La información contenida en las disposiciones y textos publicados es de carácter público y su publicidad es responsabilidad del firmante del documento.
  • No ofrece necesariamente información exhaustiva, completa, exacta o actualizada.

Buscar en boletines

Desde el año 2010

Categorías

Ir a un boletín

Calendario

Ir a un boletín

Boletines anteriores

www.dipucordoba.es Web de la Diputación de Córdoba

Sede

Créditos

Diputación de Córdoba

Eprinsa

Datos de contacto

Diputación de Córdoba. Plaza Colón 14071 Cordoba. Tfno:957 211 100 | Contactar

Intranet

Intranet

Tecnologías usadas

Xhtml1.0 válido

Accesibilidad