Boletín nº 98 (24-05-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 1.656/2019

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL PLAN MUNICIPAL DE ADECUACIÓN DE VIVIENDA 2019.

BDNS (Identif.) 456510

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL PLAN MUNICIPAL DE ADECUACIÓN DE VIVIENDA 2019.

Extracto del Acuerdo de 10 de mayo de 2019 de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Priego de Córdoba por la que se convocan subvenciones para Adecuación de Vivienda.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (httpp://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

Personas tanto propietarias o arrendatarias, en su caso, de las viviendas, siempre que constituya su residencia habitual y siempre que los ingresos de la unidad familiar no superen 2,5 veces el IPREM, y no se hallen incursas en algunas de las causas de prohibición previstas en el articulo 13 de la Ley General de Subvenciones y Base Segunda de las Bases que rigen la convocatoria.

Segundo. Finalidad

La realización de actuaciones dirigidas a mejorar la calidad de vida de las personas, a nivel de la seguridad, la habitabilidad, la salubridad y el ornato, mediante intervenciones de conservación, mantenimiento, la mejora de la calidad y sostenibilidad en los edificios, así como a la realización de ajustes razonables en materia de accesibilidad, en los edificios de tipología residencial.

Se considerarán actuaciones subvencionables para la conservación y mantenimiento, las obras y trabajos que se acometan para subsanar las siguientes deficiencias:

a) Obras básicas de grifería y sanitarios, tales como sustitución o instalación de lavabo, bañera, bidé, plato de ducha, fregadero incluido griferías, instalación de calentador de gas de 10 litros, o eléctrico de 50 o 100 litros, cambio de grifería de aparato sanitario o fregadero.

b) Obras básicas de fontanería y electricidad: tales como instalación de agua fría y caliente en baño, cambio de red general de desagües en baño, instalación de agua fría y caliente en cocina, cambio de red general de desagües en cocina, como cambio de instalación eléctrica así como pequeñas reparaciones en materia de electricidad.

c) Obras básicas para garantizar la seguridad, salubridad y ornato del edificio: tales como adecentamiento y/o reparación de revestimientos de fachadas de edificios incluido pinturas, reparación de aleros de cubiertas, limpieza y repasos de cubierta con sustitución mínima de material de cubrición, impermeabilización de puntos de entrada de humedad, colocación de canales y bajantes de cubierta, sustitución de cargaderos, refuerzo de pilares y reparación y cocido de grietas, cambio de carpinterías exteriores e interiores.

d) Pago del impuesto y de la tasa municipal por licencia de obras.

Tercero. Bases reguladoras

Bases Generales de Concesión de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba aprobadas por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 28/03/2005, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba de 29 de abril de 2005.

Cuarto. Importe

El importe máximo del total de subvenciones a otorgar en la presente convocatoria asciende a 14.000 €.

La cuantía máxima de las subvenciones a conceder por vivienda no podrá superar los siguientes importes:

Obras básicas de griferia y sanitarios: importe máximo a subvencionar, 500 euros.

Obras básicas de fontanería y electricidad: importe máximo a subvencionar, 800 euros.

Obras básicas para garantizar la seguridad, salubridad y ornado del edificio y/o vivienda: importe máximo a subvencionar, 2000 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Quince días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Provincia.

Sexto. Otros datos

Los anexos a cumplimentar y presentar con la solicitud se encuentran disponibles en la web:

www.aytopriegodecordoba.es, así como en la Oficina de Información del Ayuntamiento de Priego de Córdoba.

Priego de Córdoba, a 21 de mayo de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde, José Manuel Mármol Servián.

Aviso jurídico

Cláusula de exención de responsabilidad aplicable a la información contenida en el BOP en conformidad con la Ley 5/2002, de 4 de abril, reguladora de los Boletines Oficiales de las Provincias.

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