Boletín nº 99 (27-05-2019)
IV. Junta de Andalucia
Consejería de
Conocimiento y Empleo
Delegación Territorial de Córdoba
Nº. 251/2019
RESOLUCIÓN DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL EN CÓRDOBA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA POR LA QUE SE CONCEDE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN DE PROYECTO DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA DE ALTA TENSIÓN. EXPEDIENTE AT 102/2018.
ANTECEDENTES
Primero: La entidad Endesa Distribución Eléctrica SL, solicita ante esta Delegación la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción para las instalaciones eléctricas de alta tensión recogida en el proyecto denominado: Derivación de linea de media tensión denominada C. Iznajar a 25 kV y nuevo CD, sito en Cortijo de los Chinarrales, en el término municipal de Iznajar (Córdoba), con la finalidad de la mejora en el suministro eléctrico.
Segundo: En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades y preceptos legales aplicables y en concreto los trámites previstos en el Título VII, Capítulo II del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en el Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modifican diversas Normas Reguladoras de Procedimientos Administrativos de Industria y Energía de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía (BOJA nº 22 de 2 de febrero de 2011).
Tercero: Por técnico perteneciente al Departamento de Energía de esta Delegación Territorial, ha sido emitido informe favorable, referente a la Autorización Administrativa y Aprobación Administrativa de Construcción del Proyecto citado, suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero: Esta Delegación Territorial es competente para la tramitación y resolución del presente expediente, según lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes, y demás concordantes, de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; en relación con el RD 4164/82, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, Decreto de la Presidenta 5/2018, de 6 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, Decreto 304/2015, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, Resolución de 9 de marzo de 2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas por la que se delegan determinadas competencias en materia de autorizaciones de instalaciones eléctricas.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general ampliación, el Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Territorial, PROPONE:
Conceder la Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción del proyecto a Endesa Distribución Eléctrica SL, para la construcción de las instalaciones, cuyas principales características según el anexo al proyecto modificado, se describen a continuación:
-Línea eléctrica.
Origen: Apoyo A530486 línea C. Iznájar.
Final: Nuevo centro de transformación.
Tipo: Aérea.
Tensión (kV): 25.
Longitud (Km.): 1,342.
Conductores: 47-AL 1/8-ST1A.
-Centro de transformación.
Emplazamiento: Paraje Cortijo "Los Chinarrales".
Término municipal: Iznájar (Córdoba).
Relación de transformación: 25.000/230-400 V.
Tipo: Intemperie.
Potencia (kVA): 160.
Esta Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se establece y las especiales siguientes:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2. El plazo de puesta en marcha será de 24 meses contados a partir de la presente resolución.
3. Esta autorización se otorga sin perjuicio de las demás concesiones o autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables por otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas esta Delegación.
4. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo y Resolución de Puesta en Servicio. Se adjuntará a la solicitud el certificado de dirección final de obra suscrito por técnico competente y el certificado de la empresa instaladora de alta tensión que ha ejecutado la instalación.
5. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
6. En todo momento se cumplirán las condiciones técnicas indicadas en el Capítulo IV de la Autorización Ambiental Unificada emitida por la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de Córdoba.
7. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
8. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
PROPUESTO:
El Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas, Fdo. Manuel Ángel López Rodríguez.
Vista la anterior PROPUESTA DE RESOLUCIÓN, esta DELEGACIÓN TERRITORIAL RSUELVE ELEVARLA A DEFINITIVA:
De acuerdo con el artículo 128.3 del Real Decreto 1955/2000, de 1 diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la presente Resolución deberá notificarse al solicitante y a las Administraciones, organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas; advirtiéndole que la misma no pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma Recurso de Alzada ante el Excmo. Sr. Consejero en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
RESUELVE:
Córdoba, 29 de enero de 2019. La Directora General de Industria, Energía y Minas. (PD. Resolución de 9 de marzo de 2016). Firmado electrónicamente por el Delegado Territorial, Manuel Carmona Jiménez.