Boletín nº 103 (03-06-2019)
VI. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 1.729/2019
El Pleno de esta Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión celebrada el día 15 de mayo de 2019, aprobó la Modificación del Plan Provincial Plurianual Bienio 2018-2019, cambio de sistema de ejecución, a petición del Ayuntamiento de San Sebastián de los Ballesteros en el siguiente sentido:
Primero. Modificar el Plan Provincial Plurianual de Cooperación a la obras y servicios municipales Bienio 2018-2019, atendiendo a la petición efectuada por el Ayuntamiento de S. Sebastián de los Ballesteros, en el siguiente sentido:
- Modificar el sistema de ejecución de la actuación CONSTRUCCIÓN GIMNASIO ANEXO AL PABELLÓN POLIDEPORTIVO CALLE JULIAN COSTA 2, con el mismo presupuesto aprobado de 245.459,89 €, de forma que sea el ayuntamiento quien asuma la contratación de la actuación en lugar de la Diputación Provincial, debiendo cumplir asimismo las siguientes condiciones:
1. El Ayuntamiento deberá efectuar la licitación y adjudicación de las obras conforme al proyecto aprobado, por un presupuesto máximo igual a la cantidad aprobada, ya que cualquier exceso sobre esta cantidad correrá a cargo exclusivo del Ayuntamiento. Una vez efectuada la adjudicación, se remitirá el correspondiente acuerdo a la Diputación Provincial. En ningún caso podrán fraccionarse las obras a licitar y, por consiguiente, fragmentar el contrato a celebrar.
2. La supervisión de los proyectos, los documentos técnicos redactados y la ejecución de las obras corresponde a los Servicios Técnicos de la Diputación Provincial que, en su momento, designarán al técnico supervisor.
3. La dirección de las obras corresponderá a los técnicos facultativos que, a tal efecto, designe la Diputación Provincial.
4. El abono y justificación de la aportación correspondiente a la Diputación Provincial, se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.2, 16.4 y 16.5 de los Criterios de Elaboración y Aprobación del citado Plan Provincial.
Igualmente deberá aportarse certificado de estar al corriente con sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
5. El Ayuntamiento asume la responsabilidad exclusiva del cumplimiento de los plazos legales de abono a los contratistas adjudicatarios de las correspondientes certificaciones de obra.
Segundo. Seguir la tramitación establecida en el artículo 32 del Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril, y en su consecuencia, publicar el citado acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de posibles alegaciones o reclamaciones, durante el plazo de 10 días.
Este documento lo firma electrónicamente en Córdoba, a 27 de mayo de 2019, el Diputado-Delegado del Área de Cooperación con los Municipios y Carreteras, Maximiano Izquierdo Jurado.