Boletín nº 106 (06-06-2019)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 1.791/2019

El Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de mayo, adoptó acuerdo relativo a aceptación de la encomienda de gestión del Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios para la realización por esta Diputación las funciones de estudio jurídico y económico sobre promoción interna al Subgrupo C1 cuyo instrumento de formalización fue objeto de firma el día 23 de mayo, acuerdo cuya parte dispositiva tiene la siguiente literalidad:

"Primero. Aceptar la encomienda de gestión para que esta Diputación realice las funciones de estudio jurídico y económico preciso para que se adopte por el Consorcio el acuerdo oportuno sobre promoción interna al subrbrupo C1 por parte del personal operativo con especificación de medios económicos necesarios y disponibles y proceso a seguir.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en artículo 11 de ley 40/2015, prestar aprobación al instrumento de formalización de la encomienda, que se une a la presente como anexo I, y proceder a su publicación en el BOP una vez firmado.

Anexo I

INSTRUMENTO DE FORMALIZACIÓN DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN ENTRE EL CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENCIOS DE CÓRDOBA Y DIPUTACIÓN PROVINCIAL PARA LA REALIZACIÓN DE FUNCIONES DE ESTUDIO JURÍDICO Y ECONÓMICO PRECISO PARA QUE SE ADOPTE POR EL CONSORCIO EL ACUERDO OPORTUNO SOBRE PROMOCIÓN INTERNA AL SUBRBRUPO C1 POR PARTE DEL PERSONAL OPERATIVO.

En Córdoba a, 23 de mayo de 2019."

Mediante el presente se procede a la formalización del instrumento regulador de la encomienda de gestión entre el Consorcio provincial de Prevención y Extinción de Incendios de Córdoba y Diputación Provincial para llevar a cabo las actuaciones materiales derivadas de la realización de estudio jurídico y económico preciso para que se adopte por el Consorcio el acuerdo oportuno sobre promoción interna al Subgrupo C1 por parte del personal operativo con especificación de medios disponibles y proceso a seguir.

La Junta General del Consorcio en sesión de fecha 29 de abril de 2019 adoptó acuerdo de solicitar a la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, la encomienda de gestión para que ésta realice las tareas materiales descritas en el párrafo anterior.

La Diputación provincial de Córdoba, mediante acuerdo de Pleno de fecha 29 de abril adopta acuerdo de aceptación de la citada encomienda

La gestión material que se encomienda se concretará en las siguientes actividades, con el alcance que en cada caso se señala:

a) valoración y estudio de los informes técnicos o jurídicos obrantes en el expediente seguido para la creación de Subgrupo C1 en Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios.

b) Emisión de informe/s, jurídico/s necesarios en relación al mencionado procedimiento.

c) Emisión de informe económico sobre repercusión presupuestaria, en su caso.

d) Elaboración técnico/jurídica de Propuesta de acuerdos a adoptar, en su caso.

e) Cualquier otro trámite relacionado con las actividades cuya gestión se encomienda siempre que no suponga alteración de la titularidad de la competencia, ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

La encomienda realizada no produce cambio de la titularidad de la competencia, ni afecta a su ejercicio en el ámbito de las decisiones jurídicas que hayan de adoptarse con carácter previo a la ejecución material encomendada. Señaladamente deberá efectuarse mediante resolución o acuerdo del órgano que corresponda de la entidad encomendante, la aprobación de cualesquiera acuerdos de modificación de la RPT, resolución de recursos y/o reclamaciones, sin perjuicio de las propuestas que a tal efecto se efectúen por la entidad. En definitiva, es responsabilidad del Consorcio, dictar los actos o resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la presente encomienda. Si de los estudios jurídicos-económicos se desprende la viabilidad de la promoción interna o reclasificación profesional y fuera interés del Consorcio que el proceso selectivo se desarrollara por la Institución provincial, será preciso un nuevo acuerdo de encomienda del citado procedimiento y su aceptación por la Diputación, al que deberá añadirse acuerdo de Encargado de Tratamiento en atención al artículo 11 de la Ley 40/2015 y Legislación de Protección de Datos.

El plazo de vigencia de la gestión encomendada se establece desde la fecha de publicación del presente instrumento en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba por plazo de seis meses sin perjuicio de su posible prórroga.

La presente encomienda podrá extinguirse, además de por el cumplimiento de su período de vigencia, por mutuo acuerdo, por concurrencia de circunstancias que hagan imposible o innecesaria la realización de las actuaciones encomendadas, así como por incumplimiento grave de las condiciones establecidas en el presente Instrumento, sin perjuicio asimismo de las causas previstas en artículo 51 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público

En prueba de conformidad y para que surta los efectos oportunos, se suscribe el presente en Córdoba a 23 de Mayo de 2019.

CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN

Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS DE CÓRDOBA

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL

DE CÓRDOBA

Dª Dolores Amo Camino

(Vicepresidenta del Consorcio)

D. Antonio Ruiz Cruz

(Presidente de la Diputación)

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

Córdoba, 29 de mayo de 2019. Firmado electrónicamente por el Presidente, Antonio Ruiz Cruz.

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