Boletín nº 108 (10-06-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Benamejí

Nº. 1.842/2019

En cumplimiento de lo dispuesto del artículo 169.1 por remisión del artículo 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones o reclamaciones durante el plazo de exposición pública, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado en la sesión plenaria de 29 de abril de 2019 de modificación de presupuesto número 12/2019 mediante la modalidad de Concesión de Crédito Extraordinario y cuyo resumen es el siguiente:

A) NUEVAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS A LAS QUE SE ASIGNA CRÉDITO:

Grup. de Prog.

CLAS.

ECON.

Denominación de las Clasificaciones

Importe

323

622.00

Toldo Patio de la Escuela Infantil

5.227,81

336

227.06

Protección del Patrimonio-Estudios y Trabajos Técnicos

3.386,70

135

623.01

Equipamiento de Radiotransmisión Protección Civil

1.340,75

TOTAL

9.955,26

B) MEDIOS O RECURSOS QUE LAS FINANCIAN: Baja por anulación de los siguientes créditos:

Grup. de

Prog.

CLAS.

ECON.

Denominación de las Clasificaciones

Importe

1532

609.07

Vías Pùblicas-Equipamiento

8.000,00

165

623.00

Alumbrado Publico-Maquinaria e Instalaciones Nuevas

1.955,26

TOTAL

9.955,26

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Benamejí, a 5 de junio de 2019. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Carmen Lara Estepa.

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