Boletín nº 109 (11-06-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Priego de Córdoba

Nº. 1.836/2019

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 24 de mayo de 2019, ha aprobado la Convocatoria y bases para la selección de un/a Técnico/a de Grado Medio, para el Departamento de Desarrollo, para realizar tareas de apoyo a las unidades ejecutoras de las operaciones encuadradas en los objetivos temáticos 4 y 6 de la Estrategia de desarrollo urbano sostenible e integrado Priego de Córdoba 2020, confinanciada en un 80% por el FEDER, en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020, como funcionario/a interino/a, sin plaza, (artículo 10.1.c del TREBEP), grupo A, Subgrupo A2, Nivel 24, Escala de Administración General.

De conformidad con lo previsto en la base tercera, la convocatoria y sus bases se publicarán completas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el tablón de anuncios electrónico municipal.

El plazo para presentar solicitudes será de 15 días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación del anuncio con las bases y convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

En Priego de Córdoba, a 5 de junio de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde, José Manuel Mármol Servián.

CONVOCATORIA Y BASES PARA LA SELECCIÓN DE UN/A TÉCNICO/A DE GRADO MEDIO PARA EL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO, PARA REALIZAR TAREAS DE APOYO A LAS UNIDADES EJECUTORAS DE LAS OPERACIONES ENCUADRADAS EN LOS OBJETIVOS TEMÁTICOS 4 Y 6 DE LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE E INTEGRADO PRIEGO DE CÓRDOBA 2020, COFINANCIADA EN UN 80% POR EL FEDER, EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO PLURIREGIONAL DE ESPAÑA 2014 2020, COMO FUNCIONARIO INTERINO SIN PLAZA (ARTÍCULO 10.1.C DEL TREBEP); GRUPO A, SUBGRUPO A2; NIVEL 24; ESCALA: ADMINISTRACIÓN GENERAL 

Primera. Objeto de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento para la selección de un/a Técnico/a de Grado Medio, para el Departamento de Desarrollo, para realizar tareas de Apoyo a las Unidades Ejecutoras de las operaciones encuadradas en los objetivos temáticos 4 y 6 de la Estrategia DUSI Priego de Córdoba 2020, del Ayuntamiento de Priego de Córdoba, cofinanciada en un 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020 (POPE), para su nombramiento como funcionario interino sin plaza, según lo dispuesto en el artículo 10.1.c del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

La persona seleccionada prestará apoyo técnico a las Unidades Ejecutoras, responsables de iniciar, ejecutar y justificar las operaciones que se seleccionen en el marco de la Estrategia, en los citados objetivos temáticos 4 y 6, garantizando el principio de separación de funciones con la Unidad de Gestión, dotando a las unidades ejecutoras de la capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para asegurar tanto el control como la buena gestión de las operaciones seleccionadas.

En concreto, trabajará en la puesta en marcha e implementación de las operaciones que resulten seleccionadas y sus actuaciones, con cargo a los siguientes objetivos temáticos y líneas de actuación:

-Objetivo Temático 4, Objetivo Específico 4.5.3 y Línea de Actuación 3 Mejora de la eficiencia energética, reducción de emisiones de CO2 en Priego de Córdoba.

-Objetivo Temático 6, Objetivo Específico 6.3.4 y Línea de Actuación 4 Protección, Fomento y mejora de los recursos patrimoniales y culturales de Priego y su Centro Histórico.

Las funciones a desempeñar por la persona seleccionada serán las propias de un Agente de Desarrollo Local, en relación a la gestión y justificación de programas financiados con fondos públicos, en concreto, será la encargada de controlar la correcta puesta en marcha, ejecución y gestión de los gastos derivados de las operaciones seleccionadas en estos objetivos temáticos, controlando muy especialmente la senda financiera y la justificación del gasto realizado.

Así mismo, apoyará a los responsables de las unidades ejecutoras en las obligaciones recogidas en la resolución de aprobación de la operación y en el documento que contiene las condiciones de la ayuda, DECA.

El gasto relativo a la contratación se financiará con cargo a las Líneas de Actuación de la Estrategia anteriormente descritas, estando previsto en el Presupuesto para 2019 la aportación municipal del 20% en las partidas 203 92001 13100 (retribuciones) y 203 92001 16002 (seguridad social).

El procedimiento de selección se realizará mediante concurso-oposición y una entrevista personal, respetando los principios de mérito, capacidad e idoneidad y garantizando la publicidad y concurrencia.

La duración del nombramiento será de 3 años.

Segunda. Requisitos de los/as aspirantes.

Para participar en esta convocatoria los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:

-Ser español/a o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

-Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en ningún caso de la edad máxima de jubilación forzosa.

-Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones académicas, o en condiciones de obtenerla en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes: Diplomatura en Ciencias Empresariales, Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas, Grado en Administración y Dirección de Empresas.

-Tener una experiencia mínima acreditada de 1 año como Técnico o Agente de Desarrollo Local o como Técnico para la gestión de Estrategias de Desarrollo Sostenible Urbano e Integrado en el marco presupuestario 2014-2020.

-No padecer enfermedad o estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el normal desempeño de las correspondientes funciones.

-No haber sido separado ni despedido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el empleo o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse mientras continúe el nombramiento como funcionario interino.

Tercera. Publicidad de la convocatoria.

La convocatoria y sus bases se publicarán completas en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el tablón de anuncios electrónico municipal. A efectos meramente informativos, también se publicarán en la página web municipal (www.priegodecordoba.es) y en la página web de la EDUSI:

https://www.aytopriegodecordoba.es/feder_edusi_2020/. Los sucesivos anuncios que se deriven de la convocatoria serán publicados en el tablón de anuncios electrónico municipal.

Cuarta. Forma y plazo de presentación de solicitudes.

Los/as aspirantes deberán dirigir sus solicitudes, manifestando que se reúnen todos los requisitos exigidos en las presentes bases, a la Alcaldía-Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba, en el plazo de 15 días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación del anuncio con las bases y convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, y deberán entregarlas en el Registro General del Ayuntamiento de Priego de Córdoba, sin perjuicio de lo establecido por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La solicitud deberá ir acompañada de:

-Fotocopia del NIF o, en su caso, pasaporte.

-Documentos acreditativos de los méritos y circunstancias alegados.

-Curriculum vitae del aspirante, para valorar en la fase de concurso.

No se admitirá ninguna documentación complementaria una vez finalizado el plazo de presentación de las solicitudes.

Quinta. Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía-Presidencia dictará resolución, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos en la que constará el nombre y apellidos de los candidatos y en su caso, el motivo de la exclusión, haciéndose pública en el tablón de anuncios electrónico, determinando la composición de la Comisión de selección, y el lugar, día y hora en que se llevará a cabo la fase de oposición.

Los aspirantes excluidos y los omitidos en ambas listas dispondrán de un plazo de dos días hábiles, para formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión.

Transcurrido el plazo a que hace referencia el párrafo anterior, se entenderá elevada a definitiva la mencionada lista en el caso de no pr

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