Boletín nº 110 (12-06-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Fuente Palmera
Nº. 1.805/2019
Don Francisco Javier Ruiz Moro, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuente Palmera (Córdoba), hace saber:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.4 la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en relación con el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público el Plan Económico Financiero cuyo texto se inserta a continuación, que ha quedado definitivamente aprobado al no haberse presentado reclamaciones al acuerdo de aprobación inicial adoptado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 22 de abril de 2019 y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 85 de fecha 7 de mayo de 2019.
PLAN ECONÓMICO FINANCIERO 2019/2020 POR INCUMPLIMIENTO DE LA REGLA DE GASTO EN LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL EJERCICIO 2018 DEL AYUNTAMIENTO DE FUENTE PALMERA (CÓRDOBA).
INTRODUCCIÓN
La elaboración, aprobación y ejecución de los presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos e ingresos de las Entidades Locales se someterán a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, de conformidad con lo establecido en los artículos 3, 4, 11,12 y 13 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).
Se entenderá por estabilidad presupuestaria de las Administraciones Públicas la situación de equilibrio o superávit estructural. De acuerdo con el artículo 11 de la LOEPSF ninguna Administración Pública podrá incurrir en déficit estructural, definido como déficit ajustado del ciclo, neto de medidas excepcionales y temporales, debiendo mantener una posición de equilibrio o superávit presupuestario.
Igualmente se deberá cumplir con el principio de sostenibilidad financiera, entendido como la capacidad para financiar compromisos de gasto presentes y futuros dentro de los límites de déficit, deuda pública y morosidad de la deuda comercial de acuerdo con lo establecido en la LOEPFS, la normativa sobre morosidad y en la normativa europea.
Finalmente se evaluará el cumplimiento de la regla de gasto, a los efectos de que la variación del gasto computable de la Administración Central, de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones Locales, no podrá superar la tasa de referencia de crecimiento del producto interior bruto, publicada por el Ministerio de Economía y Hacienda (2,4% para 2018).
Mediante Decreto de la Alcaldía número 377, de fecha 27 de febrero de 2019, se aprueba la liquidación del Presupuesto General del ejercicio 2018, donde se pone de manifiesto el incumplimiento de la regla de gasto.
Este incumplimiento implica la necesaria elaboración de un Plan económico-financiero que permita en el año en curso y el siguiente el cumplimiento de la regla de gasto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21 y 23 de la LOEPSF y, en cumplimiento de los citados preceptos legales, se presenta para el dictamen de la Comisión Especial de Cuentas, a los efectos de la ulterior propuesta al Ayuntamiento Pleno, el siguiente
PLAN ECONÓMICO-FINANCIERO
I. CONTENIDO Y TRAMITACIÓN
De acuerdo con el artículo 21 de la LOEPSF, el plan económico-financiero contendrá, como mínimo, la siguiente información:
-Las causas de incumplimiento de la regla de gasto.
-Las previsiones tendenciales de ingresos y gastos, bajo el supuesto de que no se producen cambios en las políticas fiscales y de gastos.
-La descripción, cuantificación y el calendario de aplicación de las medidas incluidas en el plan, señalando las partidas presupuestarias o registros extrapresupuestarios en que se contabilizarán.
-Un análisis de sensibilidad considerando escenarios económicos alternativos.
El plan económico-financiero será presentado, ante el Pleno de la Corporación, en el plazo máximo de un mes desde que se constate el incumplimiento y deberá aprobarlo en el plazo máximo de dos meses desde su presentación y su puesta en marcha no podrá exceder de tres meses desde la constatación del incumplimiento.
Finalmente se remitirá para su aprobación definitiva al órgano competente de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
II. SITUACIÓN ACTUAL
II.I Liquidación del Presupuesto
La liquidación del Presupuesto General del ejercicio 2018 presenta las siguientes magnitudes:
Remanente de tesorería para gastos generales |
3.230.576,31 € |
Resultado presupuestario ajustado |
1.083.727,05 € |
II.II Estabilidad presupuestaria
En cuanto al análisis de la estabilidad presupuestaria, el informe de intervención de fecha 27 de febrero de 2019 señala, después de los ajustes, los siguientes datos:
DERECHOS REC. NETOS CAP I A VII |
OBLIGACIONES REC. NETAS CAP I A VII |
|
AJUSTES SEC 95 |
10.912.390,70 |
9.054.442,75 |
|
||
1) Ajustes recaudación capítulo |
-75.431,90 |
|
2) Ajustes recaudación capítulo |
204.345,83 |
|
3) Ajustes recaudación capítulo |
-3.829,47 |
|
4) Ajuste por intereses |
-103,77 |
|
4) Ajuste por gastos pendientes de aplicar a presupuesto |
50.741,66 |
|
5) Ajuste PIE 2016 |
103.029,26 |
|
6) Ajuste PIE 2013-2015 |
48.252,75 |
|
TOTAL AJUSTADO |
11.188.653,40 |
9.003.701,09 |
CAPACIDAD/NECESIDAD FINANCIACIÓN |
2.184.952,31 |
|
De este modo, cumple con el principio de estabilidad presupuestaria de acuerdo con la definición contemplada en el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales.
II.III Sostenibilidad financiera:
En cuanto al principio de sostenibilidad financiera y, de acuerdo con los artículos 4 y 13.5 de la LOEPSF:
(+) Derechos liquidados por capítulos 1 a 5 |
9.532.814,56 € |
(-) Ingresos corrientes afectados |
38.136,68 € |
TOTAL INGRESOS CORRIENTES AJUSTADOS |
9.494.677,88 € |
VOLUMEN DE DEUDA VIVA A 31/12/2018 |
2.122.869,54 € |
Porcentaje de deuda viva sobre los ingresos corrientes |
22,35% |
II.IV. Ahorro neto:
(+) Derechos reconocidos netos capítulos 1 a 5 |
9.266.801,59 € |
(-) Obligaciones reconocidas netas capítulos 1, 2 y 4 |
7.303.687,88 € |
Anualidad teórica de amortización |
338.991,04 € |
Ahorro neto |
1.624.122,67 € |
El ahorro neto positivo nos indica que los ingresos corrientes de la Corporación Local son suficientes para hacer frente a los gastos corrientes y a las amortizaciones de capital de los préstamos concertados y, por otra parte, se encuentra por debajo del coeficiente del 75% de la ratio legal de endeudamiento.
De acuerdo con lo anterior se cumple el principio de sostenibilidad financiera.
III. LA PREVISIÓN TENDENCIAL DE INGRESOS Y GASTOS, BAJO EL SUPUESTO DE QUE NO SE PRODUCEN CAMBIOS EN LAS POLÍTICAS FISCALES Y DE GASTOS.
Partiendo de que el incumplimiento de la Ley de Estabilidad tiene su origen, de manera exclusiva, en la liquidación de mayores ingresos no financieros en los capítulos 2 y 3, por una liquidación de impuesto sobre construcciones y obras por importe de 834.402,40 euros, que determinó nuevas posibilidades en gasto no financiero y, por tanto, un nuevo techo de gasto para el ejercicio 2018, no hay que establecer medidas adicionales para asegurar el cumplimiento de la Ley de Estabilidad Presupuestaria en los ejercicio futuros, sino solamente indicar las previsiones de gastos e ingresos que, en base al Plan Presupuestario a medio plazo se especifican en el apartado VII de este documento.
IV. INCUMPLIMIENTO DE LA REGLA DE GASTO
Gasto computable liquidación 2017 |
4.168.420,96 € |
Tasa de referencia para 2018 = 4.168.420,96 * 2.4% |
100.042,10 € |
Cambios normativos que supongan aumento en la recaudación |
42.793,01 € |
Límite de la regla de gasto para 2018 |
4.311.256,07 € |
GASTO COMPUTABLE 2018
1. Suma capítulos 1 al 7, deducidos gastos financieros |
9.025.048,10 € |
2. Ajustes SEC |
-116.235,21 € |
3. Total empleos no financieros |
8.908.812,89 € |
4. Transferencias entre unidades que integran la Corporación Local |
0,00 € |
5. Gasto financiado con fondos finalistas |
4.050.634.87 € |
6. Total gasto computable liquidación 2018 |
4.858.178,02 € |
Diferencia límite de la regla de gasto y gasto computable 546.921,95 €.
V. CAUSAS DEL INCUMPLIMIENTO DE LA REGLA DE GASTO
El incremento del gasto de la Corporación con respecto al ejercicio anterior se produce como consecuencia de un mayor ingreso en la aplicación 290.00 Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones u Obras por una liquidación de carácter excepcional por la instalación de una central solar termoeléctrica de 49,9 mw, lo que produce mayor disponibilidad de recursos para destinarlos a otras necesidades consignadas en los capítulos 1 a 7, sin que por ello se comprometa la situación financiera de la Corporación. El importe de esta liquidación es de 834.402,40 €. Este gasto actuó en negativo en el cálculo de la regla de gasto.
La elaboración del plan económico financiero que aquí se presenta es, por tanto, consecuencia del incumplimiento exclusivo de la regla de gasto que se manifiesta en la liquidación del Presupuesto del ejercicio 2018, ya que se cumplen los objetivos de estabilidad presupuestaria y nivel de deuda.
VI. ANÁLISIS DE SENSIBILIDAD CONSIDERANDO ESCENARIOS ECONÓMICOS ALTERNATIVOS.
A tenor de lo señalado en el presente plan económico financiero, no es necesario contemplar escenarios alternativos quedando garantizada la sensibilidad financiera con lo expuesto en este plan.
VII. MEDIDAS A ADOPTAR PARA CORREGIR LA SITUACIÓN.
El hecho de haber liquidado el Presupuesto del ejercicio 2018 con incumplimiento de la regla de gasto determina la obligación de formular un plan económico financiero, cualquiera que haya sido la causa de este incumplimiento.
En el caso de que las previsiones presupuestarias para el año 2019 contemplen la vuelta al cumplimiento de la regla de gasto, no será necesario incorporar ninguna medida específica en el plan, tan solo la aprobación del Presupuesto General para el 2019 cumpliendo con los principios de estabilidad presupuestaria y regla de gasto.
En este sentido, cabe decir que el Presupuesto de la Corporación para el ejercicio 2019 ha sido aprobado inicialmente por acuerdo plenario de 28 de marzo de 2019 cumpliendo los principios de estabilidad presupuestaria y regla de gasto.
De acuerdo con lo publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales número 266, de 26 de julio de 2018, el Ministerio de Economía y Empresa, según lo previsto en la Ley, ha calculado la tasa de referencia (tasa nominal) de crecimiento de la economía española, obteniendo las siguientes magnitudes:
Tasa de referencia nominal
(% variación anual)
2019 2020 2021
2,7 2,9 3,1
No obstante, para aquellas administraciones públicas que tengan un plan económico-financiero en vigor, el crecimiento del gasto público computable se ajustará a la senda establecida en dicho plan.
Para cumplir con lo anterior, las previsiones deberían ajustarse a lo siguiente:
Ingresos/gastos |
Año 2019 |
% tasa Variación 19/20 |
Año 2020 |
Ingresos |
8.617.459,77 |
0,65 |
8.820.124,44 |
Corrientes |
7.628.987,11 |
0,36 |
7.803.202,88 |
Capital |
988.472,66 |
2,88 |
1.016.921,56 |
Gastos |
8.617.459,77 |
0,65 |
8.820.124,44 |
Corrientes |
7.142.195,71 |
0,43 |
7.320.185,90 |
Capital |
1.183.592,66 |
2,30 |
1.210.815,29 |
Financieros |
291.671,40 |
-0,87 |
289.123,25 |
Capacidad financiación |
769.387,79 |
172.581,79 |
|
Deuda viva a 31/12 |
1.836.364,56 |
-15,74 |
1.547.241,31 |
Ratio deuda viva/ ingresos corrientes |
0,24 |
0,20 |
En cuanto a la regla de gasto, las previsiones son las siguientes:
EJERCICIO 2019
Cálculo de la Regla de Gasto (art. 12 de la Ley Orgánica 2/2012) |
Liquidación 2018 |
Previsión liquidación 2019 |
EMPLEOS NO FINANCIEROS (SUMA DE CAP.1 A 7) |
9.025.048,10 |
8.290.574,53 |
Intereses de la deuda (emisión y formalización) |
||
Enajenación de terrenos y demás inversiones reales |
||
Inversiones realizadas por cuenta da una adm. local |
||
Ejecución de Avales |
||
Aportaciones de Capital |
||
Asunción o cancelación de deudas |
||
Gastos realizados pendientes de Aplicar a presupuesto |
-116.235,21 |
-78.706,76 |
Adquisiciones con pago aplazado |
||
Pago a socios en el marco de asoc. Público-privadas |
||
Arrendamiento Financiero |
||
Préstamos |
||
Ajuste por inejecución |
||
Ajustes consolidación presupuestaria |
||
Otros |
||
Gastos financiados con fondos finalistas UE o AAPP |
4.050.634,87 |
3.259.180,28 |
Inversiones financieramente sostenibles |
||
GASTO COMPUTABLE |
4.858.178,02 |
4.952.687,49 |
Aumentos permanentes de recaudación |
42.793,01 |
40.602,01 |
Reducciones permanentes de recaudación |
||
GASTO COMPUTABLE AJUSTADO |
4.815.385,01 |
4.912.085,48 |
De acuerdo con lo publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales número 266, de 26 de julio de 2018, el Ministerio de Economía y Empresa, según lo previsto en la Ley, ha calculado la tasa de referencia (tasa nominal) de crecimiento de la economía española, obteniendo las siguientes magnitudes:
Tasa de referencia nominal
(% variación anual)
2019 2020 2021
2,7 2,9 3,1
No obstante, para aquellas administraciones públicas que tengan un plan económico-financiero en vigor, el crecimiento del gasto público computable se ajustará a la senda establecida en dicho plan.
Variación del gasto computable |
2,01 % |
Tasa de referencia crecimiento PIB |
2,70 % |
EJERCICIO 2020
Cálculo de la Regla de Gasto (art. 12 de la Ley Orgánica 2/2012) |
Liquidación 2019 |
Previsión liquidación 2020 |
Empleos No Financieros (Suma de Cap. 1 a 7) |
8.290.574,53 |
8.531.001,19 |
Intereses de la deuda (emisión y formalización) |
||
Enajenación de terrenos y demás inversiones reales |
||
Inversiones realizadas por cuenta da una adm. local |
||
Ejecución de Avales |
||
Aportaciones de Capital |
||
Asunción o cancelación de deudas |
||
Gastos realizados pendientes de Aplicar a presupuesto |
-78.706,76 |
|
Adquisiciones con pago aplazado |
||
Pago a socios en el marco de asoc. Público-privadas |
||
Arrendamiento Financiero |
||
Préstamos |
||
Ajuste por inejecución |
||
Ajustes consolidación presupuestaria |
||
Otros |
||
Gastos financiados con fondos finalistas UE o AAPP |
3.259.180,28 |
3.476.465,24 |
Inversiones financieramente sostenibles |
||
GASTO COMPUTABLE |
4.952.687,49 |
5.054.535,95 |
Aumentos permanentes de recaudación |
40.602,01 |
|
Reducciones permanentes de recaudación |
||
GASTO COMPUTABLE AJUSTADO |
4.912.085,48 |
5.054.535,95 |
De acuerdo con lo publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales número 266, de 26 de julio de 2018, el Ministerio de Economía y Empresa, según lo previsto en la Ley, ha calculado la tasa de referencia (tasa nominal) de crecimiento de la economía española, obteniendo las siguientes magnitudes:
Tasa de referencia nominal
(% variación anual)
2019 2020 2021
2,7 2,9 3,1
No obstante, para aquellas administraciones públicas que tengan un plan económico-financiero en vigor, el crecimiento del gasto público computable se ajustará a la senda establecida en dicho plan.
Variación del gasto computable |
2,90 % |
Tasa de referencia crecimiento PIB |
2,90 % |
VIII. CONCLUSIONES
1. Analizada la situación económica de la Corporación derivada de la liquidación del Presupuesto de 2018, podemos afirmar que, en general, las magnitudes presupuestarias don claramente positivas.
2. De este modo se dispone de un considerable Remanente de Tesorería para Gastos Generales, de ahorro neto positivo y el ratios de capital vivo a 31 de diciembre de 2018 se encuentra muy por debajo del límite que marca la normativa.
3. Se cumple, además, con el principio de estabilidad presupuestaria.
4. Por lo que se refiere al incumplimiento de la regla de gasto, que motiva la elaboración y aprobación del presente plan económico financiero, se deriva de las causas que se han detallado en el mismo presentando como única medida de corrección la aprobación y ejecución de los Presupuestos de los ejercicios 2019 y 2020, cumpliendo con los principios de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera y regla de gasto.
El plan Económico Financiero se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia a efectos solamente informativos y se encontrará disposición de los interesados en la página web oficial y en las oficinas del Ayuntamiento desde su aprobación hasta la finalización del periodo de su vigencia.
Lo que se hace público para su general conocimiento.
En Fuente Palmera (Córdoba), 3 de junio de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Francisco Javier Ruiz Moro.