Boletín nº 110 (12-06-2019)
VI. Administración Local
Diputación de Córdoba
Nº. 1.822/2019
El Pleno de esta Excma. Diputación Provincial de Córdoba, en sesión celebrada el día 15 de mayo de 2019, aprobó la Modificación del Programa de Aportación Económica a las Entidades Locales de la Provincia de Córdoba para la Mejora de los Caminos Rurales que sean de su titularidad, en sus artículos 11 y 16. en el siguiente sentido:
Primero. Aprobar la modificación de los artículos 11 y 16 del Programa de Aportación Económica a las Entidades Locales de la provincia de Córdoba para la mejora de los caminos rurales que sean de su titularidad, con objeto de que las Entidades Locales beneficiarias tengan un plazo más amplio para la presentación de solicitudes y puedan disponer anticipadamente de los fondos, quedando los contenidos como siguen:
Artículo 11. Solicitudes, plazo y medio de presentación, subsanación, archivo.
11.1. La Presidencia de la Entidad Local solicitará la aportación económica a esta Diputación en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a que haya recibido la notificación de la Resolución de concesión de la subvención otorgada por la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía de conformidad con la Orden de 21 de diciembre de 2017, debiendo dirigirlas a la Presidencia de esta Diputación Provincial. Éstas se presentarán de manera exclusiva a través del Registro Electrónico de la Diputación de Córdoba, en los términos que expone el artículo 7 del Reglamento del Registro Electrónico:
(http://www.dipucordoba.es/tramites/sobre_la_sede_electronica/doc/12944).
El mencionado Registro Electrónico proporcionará documento de acuse de recibo de la transacción realizada en los términos que refleja el artículo 6 del mismo Reglamento.
11.2. [&/...].
Artículo 16. Forma de pago.
16.1. El abono de la aportación económica se realizará con carácter anticipado a la realización y/o justificación de la actuación, una vez que esta Diputación Provincial haya notificado la Resolución de concesión de la misma.
Las entidades locales beneficiaras, una vez percibido el ingreso de la asignación económica, deberán remitir en el plazo máximo de 1 MES la CARTA DE PAGO justificativa del mismo.
16.2. [&/...].
Segundo. Publicar el Acuerdo de modificación del Programa de Aportación Económica a las Entidades Locales de la provincia de Córdoba para la mejora de los caminos rurales que sean de su titularidad en el Boletín Oficial de la Provincia.
Tercero. Mantener el tenor literal de los restantes artículos del Programa de Aportación Económica a las Entidades Locales de la provincia de Córdoba para la mejora de los caminos rurales que sean de su titularidad.
Este documento lo firma electrónicamente en Córdoba, a 4 de junio de 2019, el Diputado-Delegado del Área de Cooperación con los Municipios y Carreteras, Maximiano Izquierdo Jurado.