Boletín nº 123 (01-07-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba

Nº. 2.110/2019

Resolución nº 1707/2019.

Resolución de Alcaldía.

Procedimiento: Nombramiento Tenientes de Alcaldesa.

Interesado: Gabriel Duque Moreno y Mercedes Pedraza Gutiérrez.

Fecha de iniciación: 18/06/2019.

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Antecedentes de hecho

Primero. Con fecha 26 de mayo de 2019 se celebraron las elecciones locales, y con fecha 15 de junio, se constituyó la Corporación municipal del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba para el mandato 2019-2023.

Segundo. Es intención de esta Alcaldía-Presidencia encontrarse asistida por los Tenientes de Alcaldesa, de conformidad con la normativa aplicable.

Fundamentos de derecho

I

Que es competencia de esta Alcaldía el nombramiento de los Tenientes de Alcaldesa, de conformidad con el artículo 21. 2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

II

Que los Tenientes de Alcaldesa son órganos de carácter necesario que deben existir en todos los Ayuntamientos, de conformidad con el artículo 35.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF).

III

Que «los Tenientes de Alcaldesa serán libremente nombrados y cesados por la Alcaldesa de entre los miembros de la Comisión de Gobierno y, donde ésta no exista, de entre los Concejales», tal y como dispone el artículo 46.1 del ROF.

IV

Que «corresponde a los Tenientes de Alcaldesa, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, a la Alcaldesa, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a ésta para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde/sa en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde/sa», conforme a lo establecido en el artículo 47 del ROF.

V

Visto que se han observado todas las formalidades legalmente exigibles, vistos los datos, documentos e informes obrantes en el expediente administrativo, y en virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 21.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 46.1 del ROF,

RESUELVO

Primero. Nombrar como Tenientes de Alcaldesa a los Sres. Concejales de este Ayuntamiento que a continuación se relacionan, y que sustituirán a esta Alcaldía-Presidencia, en los supuestos legalmente previstos, según el orden de nombramiento:

-Primer Teniente de Alcaldesa, don Gabriel Duque Moreno.

-Segunda Teniente de Alcaldesa, doña Mercedes Pedraza Gutiérrez.

Segundo. Notificar personalmente a los Tenientes de Alcaldesa designados este nombramiento, entendiéndose tácitamente aceptada la designación si en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la presente Resolución no manifestasen, de forma expresa, su desacuerdo ante esta Alcaldía, y sin perjuicio de que la misma surta efectos desde el día siguiente al de su firma, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1, párrafo segundo, y artículo 114 del ROF.

Tercero. Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1, párrafo segundo, del ROF.

Cuarto. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1, párrafo segundo, del ROF.

Quinto. Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de que alternativamente pueda interponer Recurso de Reposición, en el plazo de un mes, ante SSª. Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo en tanto no recaiga resolución expresa o presunta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.1 y 123 y ss. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime procedente.

Lo manda y firma Ssª., Sra. Alcaldesa-Presidenta, Doña Dolores Germana Sánchez Moreno, en Villanueva de Córdoba, a la 26 de junio de 2019.

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