Boletín nº 124 (02-07-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Puente Genil
Nº. 2.106/2019
De conformidad con lo dispuesto al respecto por los artículos 169 y 179.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; y 20 y 42 de Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y habida cuenta de que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 22 de mayo de dos mil diecinueve, aprobó con carácter provisional el expediente nº 11/2019 de Modificación de Créditos del Presupuesto del Ilustre Ayuntamiento de Puente Genil, por Crédito extraordinario, financiado con baja por anulación; que ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, se hace constar el siguiente resumen:
En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de 22 de mayo de dos mil diecinueve, sobre el expediente de modificación de crédito número 1/2014, del Presupuesto en vigor, en la modalidad de Crédito extraordinario, que se hace público:
EMPLEOS
CRÉDITO EXTRAORDINARIO |
13.000,00 € |
Capítulo 4: Transferencias Corrientes |
13.000,00 € |
TOTAL EMPLEOS |
13.000,00 € |
RECURSOS
BAJAS POR ANULACIÓN |
13.000,00 € |
Capítulo 4: Transferencias Corrientes |
13.000,00 € |
TOTAL RECURSOS |
13.000,00 € |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición del dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del Acto o Acuerdo impugnado.
Puente Genil, a 26 de junio de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Esteban Morales Sánchez.