Boletín nº 126 (04-07-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Córdoba

Nº. 2.087/2019

Con fecha 25 de junio de 2019, se ha dictado por esta Alcaldía el Decreto nº 5389 del tenor literal siguiente:

"DECRETO

Con arreglo al artículo 124.4 b de de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL) corresponde al Alcalde el ejercicio de las siguientes funciones: b) Dirigir la política, el gobierno y la administración municipal, sin perjuicio de la acción colegiada de colaboración en la dirección política que, mediante el ejercicio de las funciones ejecutivas y administrativas que le son atribuidas por esta ley, realice la Junta de Gobierno Local.

De conformidad con el artículo 124.5 de la LRBRL la Alcaldía puede delegar el ejercicio de sus atribuciones con las excepciones señaladas en dicha norma.

El Decreto de Alcaldía nº 5210 de 18 de junio de 2019 en su apartado Séptimo acordó Delegar en los Directores Generales y en su defecto en los Coordinadores Generales las facultades sancionadoras que corresponda aplicarse en el marco de las delegaciones y servicios que a cada uno se adscriben en la memoria del organigrama aprobada mediante Decreto nº 10514 de 13 de diciembre de 2016 o disposición que la modifique o sustituya.

La Junta de Gobierno Local en su sesión celebrada el día 24 de junio de 2019 acordó el cese del Coordinador General de Presidencia y Políticas Transversales quien ejercía todas las funciones atribuidas a las Coordinaciones y Direcciones Generales por Delegación de esta Alcaldía en materia de Seguridad Ciudadana, y Vía Pública así como Movilidad.

Por tanto mientras se procede a la designación de Coordinador o Director General al que se adscriban las Delegaciones de Seguridad Ciudadana, y Vía Pública así como Movilidad corresponde al Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana y Vía Pública y Movilidad ejercer respecto de dichas Delegaciones todas las funciones atribuidas a las Coordinaciones y Direcciones General por Delegación de esta Alcaldía.

Es por ello, que en el ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 124 de la LRBRL y el Reglamento Orgánico General,

HE RESUELTO:

Primero. Delegar en el Concejal Delegado de Seguridad Ciudadana y Vía Pública y Movilidad ejercer respecto de dichas Delegaciones todas las funciones atribuidas a las Coordinaciones y Direcciones General por Delegación de esta Alcaldía.

Segundo. Ordenar la publicación de este Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Portal de Transparencia.

Tercero. Remitir el presente Decreto a las Delegaciones afectadas.

Córdoba, a 25 de junio de 2019. El Alcalde, Fdo. José María Bellido Roche.

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