Boletín nº 131 (11-07-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Iznájar

Nº. 2.144/2019

Don Lope Ruiz López, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Iznájar, hace saber:

En fecha 20 de junio de 2019, se ha dictado el Decreto de Alcaldía número 322, dándose cuenta del mismo al Pleno del Ayuntamiento en sesión extraordinaria de fecha 21 de junio de 2019, lo que se hace público a los efectos procedentes:

Una vez constituida la nueva Corporación Municipal surgida tras las elecciones municipales de 26 de mayo de 2019, al objeto de dotar a este Consistorio de una organización que permita una gestión eficaz de los distintos expedientes y asuntos municipales y a la vista de lo dispuesto en los artículos 43, 44 y 45 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

RESUELVO:

Vistos los artículos 43.4 y 43.5.b del ROF, resuelvo:

Primero. Conferir las Dele­gacio­nes Genéricas de las Áreas que se especifican a favor de los miembros de esta Corporación­:

Concejales

Delegaciones

Dña. Isabel Lobato Padilla

Participación Ciudadana, Igualdad, Bienestar Social y Salud.

Esta área comprenderá las atribuciones relativas a Igualdad, Servicios Sociales, Salud y Mujer.

D. David Padilla Torres

Juventud, Deportes, Ocio y Tiempo Libre.

Esta área comprenderá las atribuciones relativas a Juventud, Deportes, Ocio y Tiempo Libre.

Dña. Antonia Gómez Vidal

Educación, Cultura y Nuevas Tecnologías.

Esta área comprenderá las atribuciones relativas a Educación, Cultura y Nuevas Tecnologías.

Segundo. El área genérica de Hacienda, Urbanismo, Régimen Interior, Empleo, Desarrollo Económico, Turismo, Agricultura, Medio Ambiente y Cohesión Territorial, será gestionada directamente por la Alcaldía-Presidencia, comprendiendo las competencias relativas a los servicios de Hacienda, Urbanismo, Régimen Interior, Personal, Empleo, Desarrollo Económico, Obras y Servicios Municipales, Desarrollo Rural, Agricultura y Medio Ambiente y Cohesión Territorial.

Tercero. Las facultades que se delegan son las de dirección interna y gestión del servicio, desempe­ñando la función política de impulsión, con­trol y organización, bajo la directa dependencia de la Alcaldía-Presi­den­cia, dirigido todo ello hacia la mejora y mayor efi­cacia del servicio, sin que comprenda la facultad de resol­ver me­diante actos administrativos que afecten a terceros.

Cuarto. Cuando el/la Concejal Delegado/a considere que la im­por­tan­cia de un determinado asunto así lo requiere, lo someterá a conoci­miento y resolu­ción de la Alcaldía, la que, por su parte, podrá reca­bar en todo momento el co­nocimiento y resolución de cualquier asunto concreto comprendido en estas delegaciones, cuando razones de urgencia, eficacia, ausencia, enfermedad o interés del servicio lo aconse­jen.

Quinto. Conferir las Dele­gacio­nes Especiales dentro de las Áreas y en los Servicios que se especifican a favor de los miembros de esta Corporación­:

Concejal

Delegaciones

D. Rafael Real Puerto

Área de Hacienda, Urbanismo, Régimen Interior, Empleo, Desarrollo económico, Turismo, Agricultura, Medio Ambiente y Cohesión Territorial

Obras y Servicios Municipales

D. Francisco Megías Queralta

Área de Hacienda, Urbanismo, Régimen Interior, Empleo, Desarrollo económico, Turismo, Agricultura, Medio Ambiente y Cohesión Territorial.

Agricultura, Medio Ambiente y Cohesión Territorial

Dña. Piedad Dolores Campillos López

Área de Participación Ciudadana, Igualdad, Bienestar Social y Salud.

Participación Ciudadana

Dña. Francisca Marín Padilla

Área de Participación Ciudadana, Igualdad, Bienestar Social y Salud.

Igualdad

Quinto. Las presentes delegaciones otor­ga­das surtirán efecto desde el día siguiente al de la fecha del presente Decreto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del referido Reglamento, sin perjuicio de dar cuenta de las mismas al Pleno de la Corpo­ración y su publicación en el Boletín Oficial de la Provin­cia.

Iznájar, a 27 de junio de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde, Lope Ruiz López.

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