Boletín nº 133 (15-07-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Bujalance

Nº. 2.262/2019

Por Resolución de Alcaldía número 2019/00001006, insertada en el libro correspondiente en fecha 3 de julio de 2019, se aprobó relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en la convocatoria para cubrir una plaza de personal laboral fijo en el puesto de Técnico Informático del Ayuntamiento de Bujalance (Córdoba), mediante sistema de concurso oposición libre, e incluida en la Oferta de Empleo Público del ejercicio 2017, se designó el Tribunal y fecha de convocatoria del primer ejercicio, la cual, se transcribe íntegramente:

«Vista la Resolución de Alcaldía de fecha 24 de enero de 2019, en la que se aprobaba la lista provisional de admitidos y excluidos de la convocatoria en relación con las pruebas de de personal laboral fijo para la provisión, en propiedad, de una plaza vacante de Técnico Informático en este Municipio y publicada ésta en el Boletín Oficial de la Provincia número 24 de fecha 5 de febrero de 2019.

Visto que ha finalizado el plazo de presentación de reclamaciones a la lista provisional de aspirantes y, examinadas las alegaciones presentadas por los aspirantes excluidos de la convocatoria.

De conformidad con las bases de la convocatoria aprobadas junto con la convocatoria en Resolución de Alcaldía de fecha 8 de junio de 2018, y en virtud del artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, del artículo 7 del Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía y del artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

RESUELVO

PRIMERO. Desestimar las siguientes alegaciones presentadas por don Juan Francisco Romero Lavirgen, por los siguientes motivos:

-Alega que, en el anuncio del BOJA, sólo hace alusión al título de Técnico Superior Informático, si bien, en el citado anuncio no se indica titulación alguna, remitiéndose a las bases publicadas en el BOP número 118 de fecha 21 de junio de 2018 y, señalando, entre las características de la plaza, su denominación Técnico Informático.

-Alega que, la normativa sobre Formación Profesional equipara la validez y compatibilidad entre su titulación y la exigida en la Base 2ª e) de convocatoria para la provisión de una plaza de Técnico Informático, la cual, establece Poseer la titulación de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas, Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma o equivalente a los anteriores. La equivalencia deberá ser alegada por los aspirantes mediante la cita de la normativa que reconozca la misma. Ahora bien, el reclamante no acredita normativa alguna de equivalencia de la titulación aportada en relación a lo establecido en la citada Base 2ª e).

SEGUNDO. Estimar las alegaciones presentadas por don Higinio Gálvez Capitán.

TERCERO. Aprobar de forma definitiva la relación de aspirantes admitidos y excluidos de la convocatoria referenciada, como Anexo a esta Resolución.

CUARTO. La composición del Tribunal calificador es la siguiente:

-Presidente: Doña Rosario Silas Romero.

-Suplente: Don Francisco Martínez Mejías.

-Vocal: Doña Encarnación Buenosvinos Gutiérrez.

-Suplente: Don Juan Muñoz Piedras.

-Vocal: Doña María Teresa Requena Rojas.

-Suplente: Doña Marina Vargas Expósito.

-Vocal: Don Francisco José Ruiz Campos.

-Suplente: Doña Marta Isabel Durán González.

-Vocal: Don Francisco Salvador Larrosa Lizarte.

-Suplente: Don Juan Antonio Lanti Revuelto.

-Secretario: Don José Ramón Guerrero Mateo.

-Suplente: Don José María Sánchez Montero.

QUINTO. La realización del primer ejercicio, cuestionario tipo test, de la fase de oposición comenzará el día 4 de septiembre de 2019, a las 10:00 horas, en la Escuela de Música Municipal Pedro Lavirgen, sito en calle Leones núm. 6, de esta localidad, debiendo presentar los aspirantes la documentación identificativa.

SEXTO. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, la lista definitiva de los aspirantes admitidos y excluidos, a los efectos oportunos, así como la designación del tribunal y la fecha de convocatoria del primer ejercicio. Estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento:

(https://www.bujalance.es/sede?seccion=tablon-de-anuncios).

SÉPTIMO. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Lo manda y firma la Sra. Alcaldesa-Presidente, doña Elena Alba Castro, de lo que, como Secretaria, doy fe, en Bujalance, a (Fechado y firmado electrónicamente)»

En Bujalance, a 4 de julio de 2019. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Elena Alba Castro.

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