Boletín nº 134 (16-07-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Priego de Córdoba
Nº. 2.209/2019
DECRETO
Esta Alcaldía-Presidencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46, 52 y 112 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real decreto 2568/86, de 28 de noviembre, tiene a bien resolver:
Primero. Designar miembros de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, a los Concejales que se expresan, quedando constituida bajo mi presidencia, en la siguiente forma:
Presidente: Doña María Luisa Ceballos Casas.
Vocales:
Don Juan Ramón Valdivia Rosa.
Doña Jezabel Ramírez Soriano.
Doña Mª Carmen Pacheco Bermúdez.
Doña Mercedes Sillero Muñoz.
Don Jesús Sánchez Delgado.
Don J. Miguel Forcada Serrano.
Doña Vanessa Serrano Ariza.
Segundo. Nombrar Teniente de Alcalde, a los efectos previstos en el artículo 47 del Reglamento de Organización ,Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, a los miembros de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en el orden que se expresa:
1º. Don Juan Ramón Valdivia Rosa.
2º. Doña Jezabel Ramírez Soriano.
3º. Doña Mª Carmen Pacheco Bermúdez.
4º. Don José Miguel Forcada Serrano.
5º. Don Jesús Sánchez Delgado.
6º. Doña Mercedes Sillero Muñoz.
7º. Doña Vanessa Serrano Ariza.
Corresponde a los Tenientes Alcalde de conformidad con lo establecido en el artículo 23.3 de la LBRL, sustituir en la totalidad de sus funciones al Alcalde por orden de nombramiento, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que le imposibilite para el ejercicio de sus funciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.
Tercero. Por lo que respecta a la periodicidad y hora de celebración de sus sesiones ordinarias, a los efectos previstos en el artículo 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, será semanal, indistintamente todos los jueves o viernes a las 8,30 horas. Si es inhábil pasará a celebrarse al día siguiente hábil.
Cuarto. Del presente decreto se dará cuenta al Pleno de la Corporación, a los interesados y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, surtiendo efectos desde el día siguiente al de la fecha de la presente resolución.
Priego de Córdoba, 21 de junio de 2019. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, María Luisa Ceballos Casas.