Boletín nº 136 (18-07-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Fuente Obejuna
Nº. 2.381/2019
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 27 de junio de 2019, acordó la aprobación inicial del expediente nº 19/2019 del Presupuesto en vigor, de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal.
Aprobado inicialmente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, por Acuerdo del Pleno de fecha 27 de junio de 2019, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de la Provincia, se hace público con el siguiente detalle:
ALTAS
Aplicación |
Descripción |
Importe |
|
Progr. |
Económica |
||
338 |
22611 |
Fiestas populares y festejos- ferias, fiestas, verbenas, etc. |
20.000 |
TOTAL |
20.000 |
BAJAS
Aplicación |
Descripción |
Importe |
|
Progr. |
Económica |
||
165 |
62707 |
Alumbrado, Suministro Instalacion Argallon |
20.000 |
TOTAL |
20.000 |
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Fuente Obejuna, 9 de julio de 2019. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Silvia Mellado Muñoz.