Boletín nº 139 (23-07-2019)

VI. Administración Local

Entidad Local Autónoma de Algallarín

Nº. 2.320/2019

N/Rfª S-I GEX 583/2019

Por acuerdo de la Junta Vecinal en sesión extraordinaria celebrada el 5 de julio de 2019 se adoptaron los siguientes acuerdos:

DETERMINACIÓN DE CARGOS CON DEDICACIÓN PARCIAL.

En base al artículo 75.bis en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, conforme al que Los miembros de Corporaciones locales de población inferior a 1.000 habitantes no tendrán dedicación exclusiva. Excepcionalmente, podrán desempeñar sus cargos con dedicación parcial, percibiendo sus retribuciones dentro de los límites máximos señalados al efecto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

-CONSIDERANDO. Que el artículo 75 dispone que los miembros de las Corporaciones Locales tienen derecho a percibir retribuciones por el ejercicio de su cargo cuando lo desempeñen en régimen de dedicación parcial.

Dada la complejidad de este Ayuntamiento, a la vista de las múltiples actuaciones en orden al mejor servicio a la ciudadanía, los numerosos servicios públicos existentes aun cuando estamos en una pequeña entidad, y precisamente por eso, puesto que es la única administración a la que el ciudadano puede acudir y es receptora y prestadora de sus demandas, y al amplio abanico de proyectos que esta Corporación tiene previsto desarrollar.

-CONSIDERANDO. que el cargo de Presidencia necesita de una dedicación parcial con las retribuciones que ello conlleve, y en consecuencia, se propone la adopción por la Junta Vecinal del siguiente acuerdo:

PRIMERO. Aprobar conforme al artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establecer una dedicación parcial al siguiente Cargo electo:

-Presidencia de la ELA de Algallarín, con una dedicación parcial del 98% de la jornada habitual, con una retribución bruta anual de 26.205,20 euros dividida en 14 pagas.

Las retribuciones anteriores producirán efectos, a tenor de lo dispuesto por el Real-Decreto Ley 1/2014 a partir del día 1/07/2019. Las retribuciones se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y dar de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.

SEGUNDO. Que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de forma íntegra el presente Acuerdo, a los efectos de su general conocimiento, dada su trascendencia.

-ASIGNACIONES POR ASISTENCIAS A SESIONES DE LA JUNTA VECINAL

Conforme al artículo 75, los Vocales sin dedicación exclusiva o parcial percibirán la cantidad de 300 euros por concurrencia efectiva a las Sesiones Ordinarias trimestrales de la Junta Vecinal.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

En Algallarín, 9 de julio de 2019. Firmado electrónicamente por la Presidenta de la ELA de Algallarín, Encarnación Jiménez Vergara.

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