Boletín nº 143 (29-07-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Benamejí
Nº. 2.478/2019
Se hace público que en sesión de carácter extraordinaria celebrada por el Pleno de este Ayuntamiento el pasado día 1 de julio de 2019, fue aprobado el siguiente acuerdo sobre el punto que se relaciona:
3. PROPUESTA ALCALDÍA DELEGACIÓN COMPETENCIAS PLENO EN ALCALDÍA: RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS.
Constituida en sesión celebrada el pasado día 15 de junio la nueva Corporación resultante de las últimas elecciones locales celebradas.
CONSIDERANDO: Que esta Alcaldía considera conveniente a los efectos de una mayor clasificación en cuanto a la hora de la organización y delegación de competencias de esta nueva Corporación recién constituida, la revocación de cuantas delegaciones anteriores se hayan realizado con anterioridad por el Pleno el la Alcaldía de la Corporación.
CONSIDERANDO: Que esta Alcaldía considera conveniente a los efectos de agilizar el procedimiento para el Reconocimiento extrajudicial de créditos proceder a la delegación de dicha competencia a la Alcaldía por parte del Pleno de la Corporación conforme al artículo 22.4 de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases de Régimen Local,
VISTO Y CONOCIDO: El informe emitido por la Secretaría-Intervención Municipal sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir en materia de revocación de cuantas delegaciones anteriores se hayan realizado con anterioridad por el Pleno el la Alcaldía de la Corporación y para la posterior delegación por el Pleno en la Alcaldía de su competencia en materia de Reconocimiento extrajudicial de créditos.
Se propone al Pleno para su adopción si así se estima oportuna, del siguiente ACUERDO cuya parte dispositiva es la siguiente:
"Primera. Revocar cuantas delegaciones de atribuciones se hayan realizado con anterioridad por el Pleno en la Alcaldía de la Corporación.
Segunda. DELEGAR a la Alcaldía el ejercicio de la competencia relativa al reconocimiento extrajudicial de crédito cuando no exista consignación presupuestaria correspondiente al Pleno de la Corporación, ajustándose a lo previsto en el artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Tercera. PUBLICAR el acuerdo de delegación en el Boletín Oficial de la Provincia, cursando efecto a partir del día siguiente al de su adopción.
Lo que se hace público para general conocimiento en Benamejí a fecha de la firma electrónica".
Benamejí, 17 de julio de 2019. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Carmen Lara Estepa.