Boletín nº 143 (29-07-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Benamejí
Nº. 2.481/2019
Se hace público que en sesión de carácter extraordinaria celebrada por el Pleno de este Ayuntamiento el pasado día 1 de julio de 2019, fue aprobado el siguiente acuerdo sobre el punto que se relaciona:
4. PROPUESTA ALCALDÍA ASISTENCIA A ÓRGANOS DE CARÁCTER COLEGIADO E INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DEL SERVICIO DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN.
VISTO: El informe de Secretaría sobre el procedimiento a seguir para la determinación de la cuantía a percibir en concepto de asistencia por los miembros de Corporación que no desempeñen cargos en régimen de dedicación exclusiva o parcial por su concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de los que formen parte y para la determinación de las indemnizaciones a percibir por los miembros de la Corporación en concepto de indemnización por los gastos ocasionados por el ejercicio del cargo,
Realizada la tramitación legalmente establecida, se propone al Pleno la adopción del siguiente,
ACUERDO
PRIMERO: Los miembros de la Corporación que no desempeñen cargos en régimen de dedicación exclusiva o parcial percibirán, por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de los que formen parte, con el límite máximo establecido conforme al artículo 75 bis.1 de la Ley de Bases de Régimen Local, las asistencias que se indican continuación:
-Pleno de la Corporación: 150,00 € por sesión.
-Junta de Gobierno Local: 150,00 € por sesión.
-Comisiones Informativas Permanentes: 50,00 € por sesión.
SEGUNDO. Todos los miembros de la Corporación, incluidos los que desempeñen cargos en régimen de dedicación exclusiva, tendrán derecho a recibir indemnizaciones por los gastos ocasionados por el ejercicio del cargo, cuando sean efectivos, y previa justificación documental, según las normas de aplicación general en las Administraciones Públicas.
A tal efecto se establece:
-Clasificación Personal: A los efectos previstos en el RD 462/2002 se establecen las siguientes equivalencias por Grupos:
-Grupo I: Alcaldía.
-Grupo II: Concejales.
TERCERO: Proceder a la íntegra publicación de los precedentes acuerdos en el Boletín Oficial de la Provincia y a su fijación en el Tablón de Anuncios Municipal.
Lo que se hace público para general conocimiento en Benamejí, a 17 de julio de 2019. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Carmen Lara Estepa.