Boletín nº 144 (30-07-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de La Carlota

Nº. 2.518/2019

Doña Carmen Suanes Crespo, Primera Teniente de Alcalde, en Funciones de Alcaldesa del Excmo. Ayuntamiento de La Carlota (Córdoba), hace saber:

Que habiendo tenido lugar la constitución del Ayuntamiento de La Carlota el día 15 de junio de 2019 para el mandato corporativo 2019/2023, surgido como consecuencia de la celebración de Elecciones Locales el pasado 26 de mayo de 2019, resulta necesario proceder al establecimiento de la nueva organización municipal y en particular, en lo que se refiere a la delegación de competencias del Pleno a favor la Junta de Gobierno Local, el Ayuntamiento Pleno, en sesión Extraordinaria, celebrada el día 12 de julio de 2019, aprobó lo que sigue:

«PRIMERO. Delegar en la Junta de Gobierno Local las atribuciones que a continuación se expresan:

- El establecimiento y modificación de los precios públicos previsto en el artículo 47 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo.

- La aprobación de proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos.

SEGUNDO. Los acuerdos que se dicten por delegación se adoptarán previo dictamen de la Comisión Informativa correspondiente y señalarán expresamente el carácter de acuerdo dictado por delegación, con referencia a este acuerdo plenario.

Se entenderán dictados por el Pleno como titular originario de la competencia, y serán inmediatamente ejecutivos y se presumirán válidos.

Además, de su adopción habrá que mantener informado al Pleno mediante la remisión de las actas de las sesiones de la Junta de Gobierno en que se adopten.

TERCERO. Las atribuciones delegadas se ejercerán por la Junta de Gobierno Local en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas en ningún otro órgano.

CUARTO. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su adopción, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, conforme a lo establecido en el artículo 51.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.»

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.

La Carlota, 17 de julio de 2019. Firmado electrónicamente por la Primera Teniente de Alcalde, en funciones de Alcaldesa, (Resolución Alcaldía 2509-2019), Carmen Suanes Crespo.

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