Boletín nº 146 (01-08-2019)

VI. Administración Local

Diputación de Córdoba

Nº. 2.654/2019

ANUNCIO DE RESOLUCIONES Y ACUERDOS SOBRE DISTINTOS NOMBRAMIENTOS Y MATERIAS CON OCASIÓN DE LA RENOVACIÓN DE LA CORPORACIÓN PROVINCIAL CUYA SESIÓN CONSTITUTIVA TUVO LUGAR EL DÍA 28 DE JUNIO DE 2019

I. DELEGACIONES DE LA PRESIDENCIA

I.1. Miembros de la Junta de Gobierno: Mediante Decreto de la Presidencia de 8 de julio del que se dio cuenta al Pleno en la sesión extraordinaria y urgente celebrada a partir de las 11.00 h. del día 10 de julio del año en curso, se resolvió nombrar a los/as Sres./as Diputados/as Provinciales Dª Mª Dolores Amo Camino, Dª Felisa Cañete Marzo, D. Esteban Morales Sánchez, D. Juan Díaz Caballero, Dª Rafael Llamas Salas, D. Victor Montoro Caba, D. Alba María Doblas Miranda, D. Francisco A. Sánchez Gaitán y Dª. Mª Carmen Zurera Maestre, miembros de la Junta de Gobierno de esta Excma. Diputación Provincial.

I.2. Vicepresidentes/as: Mediante Decreto de la Presidencia de 8 de julio del que se dio cuenta al Pleno en la sesión extraordinaria celebrada a partir de las 11.00 h. del día 10 de julio del año en curso, se resolvió designar Vicepresidenta 1ª de esta Excma. Diputación Provincial a la Sra. Diputada Dª Mª Dolores Amo Camino Vicepresidenta 2ª a la Sra. Diputada Dª Felisa Cañete Marzo como Vicepresidenta 3º a la Sra. Diputada Dª Alba Doblas Miranda, como Vicepresidente 4º al Sr. Diputado D. Esteban Morales Sánchez y como Vicepresidente 5º D. Victor Montoro Caba, todos/as ellos/as miembros de la Junta de Gobierno de esta Corporación Provincial

I.3. Delegados de la Presidencia: Mediante Decreto de la Presidencia de 8 de julio, modificado por otros posteriores de los que se dieron cuenta al Pleno en sesiones extraordinaria y urgente y ordinaria celebradas a partir de las 11.00 h. los días 10 y 24 de julio del año en curso, respectivamente, se designó a los/as Sres/as Diputados/as que a continuación se indican, Delegados Genéricos y Especiales en las distintas Áreas que asimismo se relacionan:

1. Área de Bienestar Social, Igualdad y Memoria Democrática: Quedan adscritos al Área los Servicios/Departamentos de Bienestar Social, Igualdad, Consumo y Participación Ciudadana, Cooperación al Desarrollo y Centro de Atención a Personas con discapacidad intelectual, Juventud y Deportes; asimismo quedarán adscritos los Servicios/Departamentos que se determinen dentro de la estructura organizativa y organismos y entidades vinculados o dependientes por razón de materia.

1.1. Delegación Genérica: A la Sra. Diputada Provincial Dª Carmen Zurera Maestre: Delegada de Presidencia del Instituto Provincial de Bienestar Social y Centro de Atención a Personas con discapacidad intelectual, a quien le corresponderá la coordinación de dicha delegación genérica con las Igualdad, Cooperación al Desarrollo y Memoria Democrática. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de su Delegación y materias del Área objeto de delegación especial.

1.2. Delegación Genérica: A la Sra. Diputada Provincial Dª Alba Mª Doblas Miranda: Delegada de Igualdad; correspondiendole la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de dicha delegación genérica.

1.3. Delegación Especial: Al Sr. Diputado Provincial D. Ramón Hernández Lucena: Delegado de Cooperación al Desarrollo, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

1.4. Delegación Especial: Al Sr. Diputado Provincial D. Ramón Hernández Lucena: Delegado de Memoria Democrática, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

1.5. Delegación Genérica: Al Sr. Diputado Provincial D. Rafael Llamas Salas Delegado de Cohesión Social, Consumo, Participación Ciudadana y Protección Civil, correspondiendole la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de dicha delegación genérica y de la especial de Juventud y Deportes, incluyendo la facultad de resolver mediante actos que afecten a terceros en la citada delegación genérica y en la delegación especial de Juventud y Deportes.

1.6. Delegación Especial: A la Sra. Diputada Provincial Dª Ana Belén Blasco Juárez: Delegada de Juventud y Deportes, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

2. Área de Asistencia Económica a los Municipios, Programas Europeos y Empleo: Quedan adscritos al Área los Servicios/Departamentos de Desarrollo Económico, Empleo, Modernización y Administración Electrónica, Turismo y Cultura; asimismo quedarán adscritos los Servicios/Departamentos que se determinen dentro de la estructura organizativa y organismos y entidades vinculados o dependientes por razón de materia.

2.1. Delegada Genérica: A la Sra. Diputada Provincial Dª. M.ª Dolores Amo Camino: Delegada de Asistencia Económica a los Municipios y Mancomunidades, a quien le corresponderá la coordinación de dicha delegación genérica con las demás que están comprendidas dentro de este Área. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias propias de la Delegación de Asistencia Económica a los Municipios y Mancomunidades y las del Área objeto de delegación especial. Queda adscrita a la misma el Instituto Provincial de Desarrollo Económico.

2.2. Delegado Especial: Al Sr. Diputado Provincial D. Miguel Ruz Salces: Delegado de Empleo, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

2.3. Delegado Genérico: Al Sr. Diputado Provincial D. Victor Montoro Caba Delegado de Programas Europeos y Administración Electrónica, a quién le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias propias de la Delegación. Queda adscrita a esta Delegación la Agencia Provincial de la Energía.

2.4. Delegada Especial: A la Sra. Diputada Provincial Dª Inmaculada Silas Márquez: Delegada de Turismo, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

2.5. Delegada Especial de Cultura: A la Sra. Diputada Provincial Dª Salud Navajas González, a quién corresponderá su dirección interna y gestión.

3. Área de Asistencia Técnica a los Municipios: Quedan adscritos al Área los Servicios/Departamentos de Carreteras, Medio Ambiente, Arquitectura y Urbanismo, Ingeniería Civil, Caminos, Planificación de Obras y Servicios Municipales, Centro Agropecuario, Vivienda, Intermediación Hipotecaria, Sistema de Información Geográfica y Estadística.; asimismo quedarán adscritos los Servicios/Departamentos que se determinen dentro de la estructura organizativa y organismos y entidades vinculados o dependientes por razón de materia.

3.1. Delegado Genérico: Al Sr. Diputado Provincial D. Juan Díaz Caballero: Delegado de Cohesión Territorial, a quien le corresponderá la coordinación de dicha delegación genérica con las Delegaciones de Agricultura e Infraestructuras Rurales y Medio Natural y Carreteras. Los Servicios de Planificación, Arquitectura y Urbanismo e Ingeniería Civil quedarán dentro de la Delegación. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de su Delegación.

En materia de contratación se delega las competencias de firmar todos los contratos administrativos así como los contratos privados a que hace referencia el art. 26 de la Ley Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público vinculados al Área de Asistencia Técnica a los Municipios, a excepción de la suscripción de escrituras públicas y aquellos contratos vinculados a materia de Vivienda.

3.2. Delegado Genérico: Al Sr. Diputado Provincial D. Francisco Ángel Sánchez Gaitán, Delegado de Agricultura e Infraestructuras Rurales. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquellos gastos relativos a las materias de Agricultura e Infraestructuras Rurales.

3.3. Delegado Especial: Al Sr. Diputado Provincial D. Francisco Palomares Sánchez, Delegado de Medio Natural y Carreteras, a quién corresponderá su dirección interna y gestión

3.4. Delegado Genérico: Al Sr. Diputado Provincial D. Esteban Morales Sánchez: Delegado de Vivienda, Intermediación Hipotecaria, Innovación Tecnológica de la Información en Infraestructuras y Equipamientos . Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquellos gastos relativos a las materias propias de referida Delegación, así como suscripción de contratos o escrituras públicas vinculados a la Vivienda. Queda integrado en la Delegación el Sistema de Información Geográfica y Estadística.

4. Área de Hacienda Gobierno Interior y Recursos Humanos: Quedan adscritos al Área los Servicios/Departamentos, Recursos Humanos, Tesorería, Intervención, Hacienda Contratación, Secretaría General, Patrimonio, Parques y Talleres, Archivo Provincial, Ediciones, Publicaciones y Bop, Unidad de Apoyo a los órganos de Gobierno (Protocolo y Relaciones Institucionales, Comunicación e Imagen, entre otros y con la salvedad de la tramitación y resolución de subvenciones excepcionales); asimismo quedarán adscritos los Servicios/Departamentos que se determinen dentro de la estructura organizativa y organismos y entidades vinculados o dependientes por razón de materia, a excepción del Servicio Jurídico que quedará adscrito a la Presidencia.

4.1. Delegado Genérico: A la Sra. Diputada Provincial D. Felisa Cañete Marzo Delegada de Hacienda y Gobierno Interior, a quien le corresponderá la coordinación de dicha delegación genérica con la de Recursos Humanos. Asimismo le corresponderán los actos de gestión del presupuesto de ingresos relativos a la gestión tributaria y de cualquier otro tipo de ingreso público, así como la resolución de expedientes de todo tipo en materia de gestión de ingresos. Todo ello en los términos regulados en la Base 32 de Ejecución del Presupuesto de esta Corporación Provincial. También la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquéllos gastos relativos a las materias de Hacienda y Gobierno Interior. Finalmente, también se le delega la ordenación de pagos incluida la disposición de fondos necesarios para la realización material de los pagos y la aprobación del Plan de disposición de Fondos y sin perjuicio de que esta competencia la ostente la Presidencia en el caso de ausencia del Sr. Diputado. Queda adscrito a esta Delegación el Instituto de Cooperación con la Hacienda Local.

En materia de contratación se delega las competencias de firmar los contratos administrativos, cualquiera que sea su naturaleza, así como los contratos privados a que hace referencia el art. 26 de la Ley Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, derivada de las atribuciones previstas en el art. 61.11 del citado Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, no contemplados en apartado 3.1 del presente Decreto, a excepción de escrituras públicas.

4.2. Delegado Genérico: Al Sr. Diputado Provincial D. Esteban Morales Sánchez: Delegado de Recursos Humanos. Asimismo le corresponderá la Autorización, Compromiso y reconocimiento de la obligación de todos aquellos gastos relativos a las materias propias de referida Delegación.

De conformidad con el art. 115 del ROF se conservarán las facultades previstas normativamente en relación con la competencia delegada correspondiendo a esta Presidencia la resolución de recursos de reposición que puedan interponerse frente a los actos dictados por el órgano delegado en el ejercicio de dichas atribuciones.

La anteriores delegaciones genéricas, salvo aquellas materias específicas referidas a las respectivas Áreas que no sean delegables de acuerdo con el art. 34.2 de la LBRL, se ajustarán a lo previsto en los arts 63 y 64 del ROF y las delegaciones especiales no incluyen la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, ajustándose igualmente a lo previsto en los artículos 63 y 64 del aludido Reglamento.

I.4. Delegación de competencias de la Presidencia en la Junta de Gobierno: Mediante Decreto de la Presidencia de 9 de julio del que se dio cuenta al Pleno en la sesión extraordinaria y urgente celebrada a partir de las 11.00 h. del día 10 de julio del año en curso, se resolvió, delegar en la junta de Gobierno el ejercicio de las siguientes atribuciones:

1. Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras cuya titularidad o ejercicio corresponde a la Diputación Provincial.

2. Asegurar la gestión de los servicios propios de la Comunidad Autónoma cuya gestión ordinaria esté encomendada a la Diputación.

3. El desarrollo de la gestión económica, de acuerdo con el presupuesto aprobado, a excepción de las operaciones de crédito de su competencia, ordenar pagos y rendir cuentas. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

4. Aprobar la Oferta de Empleo Público de acuerdo con el Presupuesto y la Plantilla aprobados por el Pleno y aprobar las Bases de las pruebas para la selección del personal de plantilla y concursos de provisión de puestos. En relación a las competencias que corresponden a la Presidencia sobre régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional se delegan en la Junta de Gobierno la aprobación de convocatoria y bases de concurso ordinario a que se refiere el art. 37 del R.D. 128/2018 de 16 de marzo, así como bases y convocatoria de provisión por libre designación prevista en art. 46 de la misma norma.

5. Acordar el nombramiento de funcionarios de carrera y personal laboral de plantilla así como las sanciones del personal por faltas graves y muy graves, excepto la separación del servicio de los Funcionarios y el despido del Personal Laboral, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, así como los demás servicios de su competencia que sean delegables, e imponer las demás sanciones de su competencia que tengan carácter delegable.

6. Acordar la contratación de obras, de suministros, de servicios, de concesión de obras y concesión de servicios, los contratos administrativos especiales y los contratos privados cuando su valor estimado exceda de 300.000 euros en los contratos de obras y de 200.000 euros en los demás contratos y no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, eventuales prórrogas incluidas, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada. Quedan exceptuadas de la presente delegación de atribuciones, las siguientes facultades que permanecerán bajo la competencia de la Presidencia:

1. El requerimiento de documentación y constitución de garantía al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa al que se refiere el artículo 150.2 de Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.

2. La liquidación del contrato y la devolución de garantías definitivas.

7. La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el Presupuesto.

8. La adjudicación de concesiones sobre los bienes de la entidad provincial y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su presupuesto base de licitación exceda de 300.000 euros en el caso de las inversiones y de 200.000 euros en el supuesto de gastos corrientes, y no supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su presupuesto base no supere el porcentaje ni la cuantía indicados.

9. Ejercicio de aquellas otras atribuciones que la Legislación del Estado o de las Comunidades asigne a la Diputación y no estén expresamente atribuidas a otros Órganos.

10. La concesión de subvenciones cuya cuantía exceda de 60.000 euros, así como la resolución de expedientes de reintegro cuya competencia corresponda legalmente a la Presidencia y, en los mismos términos, la potestad sancionadora sobre la materia.

I.5. Presidentes de las Comisiones Informativas: Mediante Decreto de la Presidencia de 10 de julio del que se dio cuenta al Pleno en la sesión extraordinaria y urgente celebrada a partir de las 12.00 h. del día 10 de julio del año en curso, se resolvió nombrar Presidente y Vicepresidente de cada una de las Comisiones Informativas permanentes a los Sres./as Diputados/as Provinciales que a continuación se expresan, delegándoles, por tanto, la facultad de presidir y convocar las sesiones de sus respectivas Comisiones:

COMISIÓN INFORMATIVA

PRESIDENTE/A

VICEPRESIDENTE/A

De Asistencia Económica a los Municipios,

Hacienda, y Gobierno Interior

Dª Felisa Cañete Marzo

Dª Mª Dolores Amo Camino

De Asistencia Técnica a los Municipios

D. Juan Díaz Caballero

D. Esteban Morales Sánchez

De Bienestar Social

Dª Carmen Zurera Maestre

Dª Alba Doblas Miranda

Comisión Especial de Cuentas

Dª Felisa Cañete Marzo

Dª Mª Dolores Amo Camino

1.6. Presidentes de los Consejos de Administración de las empresas Provinciales: Mediante Decretos de la Presidencia, de fecha 24 de julio en curso, se resolvió delegar la Presidencia de los Consejos de Administración de las Empresas provinciales a los/as siguientes Diputados/as

EPRINSA: D. Victor Montoro Caba.

EMPROACSA: D. Esteban Morales Sánchez.

EPREMASA: D. Francisco Palomares Sánchez

1.7. Régimen de sesiones de la Junta de Portavoces, Junta de Gobierno y Comisiones Informativas.

- Por Decreto de la Presidencia de fecha 19 de julio de 2019, del que se dio cuenta al Pleno en su sesión ordinaria del día 24 de julio, se resolvió que la Junta de Portavoces celebre sesión ordinaria el jueves de la semana anterior a la del Pleno, a las 10:00 horas y en segunda citación una hora después; y en el caso de que dicho día sea festivo, el día hábil inmediato posterior.

- Por Decreto de la Presidencia de fecha 9 de julio de 2019, del que se dio cuenta al pleno en su sesión extraordinaria y urgente del día 10 de julio del mismo año, se resolvió que la Junta de Gobierno de esta Excma. Diputación Provincial celebre sus sesiones ordinarias el segundo y cuarto martes de cada mes y en el caso de que dicho día sea festivo, el día hábil inmediato posterior, a las 10 horas

- Por Decreto de la Presidencia de fecha de 11 de julio de 2019, del que se dio cuenta al Pleno en su sesión ordinaria del día 24 de julio, se resolvió que las Comisiones Informativas Permanentes de esta Diputación celebren sus sesiones ordinarias el miércoles de la semana anterior al Pleno y en el caso de que dicho día sea festivo, el día hábil inmediato posterior, a las 10 horas, la Comisión Informativa de Asistencia Económica a los Municipios, Hacienda y Gobierno Interior, a las 11 horas la Comisión Informativa de Bienestar Social y a las 12 horas la Comisión Informativa de Asistencia Técnica a los Municipios.

II. DELEGACIONES DEL PLENO Y ACUERDOS PLENARIOS

II.1. Mediante acuerdo plenario de fecha 10 de julio modificado por otro posterior de 24 del mismo mes de julio, el Pleno, acordó la creación y composición de las Comisiones Informativas Permanentes y la Especial de Cuentas, con la siguiente composición:

COMISIÓN INFORMATIVA DE ASISTENCIA ECONÓMICA A LOS MUNICIPIOS, HACIENDA Y GOBIERNO INTERIOR:

TITULARES

SUPLENTES

Dª. FELISA CAÑETE MARZO

D. JUAN DÍAZ CABALLERO

Dª Mª DOLORES AMO CAMINO

Dª. INMACULADA SILAS MÁRQUEZ

D. ESTEBAN MORALES SÁNCHEZ

D. FRANCISCO PALOMARES SÁNCHEZ

D. VICTOR MONTORO CABA

Dª. SALUD NAVAJAS GONZÁLEZ

Dª M.ª LUISA CEBALLOS CASAS

D. MIGUEL A. TORRICO POZUELO

D. FÉLIX ROMERO CARRILLO

D. GUILLERMO GONZÁLEZ CRUZ

Dª ELENA ALBA CASTRO

D. MANUEL TORRES FERNÁNDEZ

D. FRANCISCO A. SÁNCHEZ GAITÁN

Dª ALBA DOBLAS MIRANDA

D. MIGUEL RUZ SALCES

D. RAMÓN HERNANDEZ LUCENA

Dª ERICA NEVADO GARCÍA

D. MIGUEL A. CASTELLANO CAÑETE

D. RAFAEL SACO AYILLÓN

Esta Comisión Informativa intervendrá en todo lo relativo al Área de Hacienda, Recursos Humanos, Gobierno Interior, Presidencia, Protocolo y Relaciones Institucionales, Asistencia Jurídica, Patrimonio, Parques y Talleres, Archivo Provincial, Ediciones, Publicaciones y Bop, Gobierno Interior, Asistencia Económica a los Municipios, Empleo, Turismo, Programas Europeos y Administración Electrónica, así como otras materias no atribuidas a ninguna otra Comisión Informativa.

COMISIÓN INFORMATIVA DE ASISTENCIA TÉCNICA A LOS MUNICIPIOS:

TITULARES

SUPLENTES

D. JUAN DÍAZ CABALLERO

Dª. FELISA CAÑETE MARZO

D. ESTEBAN MORALES SÁNCHEZ

Dª Mª DOLORES AMO CAMINO

D. FRANCISCO PALOMARES SÁNCHEZ

Dª. SALUD NAVAJAS GONZÁLEZ

Dª. INMACULADA SILAS MÁRQUEZ

D. VICTOR MONTORO CABA

D. AGUSTÍN PALOMARES CAÑETE

Dª M.ª LUISA CEBALLOS CASAS

Dª ELENA ALBA CASTRO

D. MIGUEL ÁNGEL TORRICO POZUELO

D. MANUEL TORRES FERNÁNDEZ

Dª. CARMEN ARCOS SERRANO

D. FRANCISCO A. SÁNCHEZ GAITAN

Dª ALBA DOBLAS MIRANDA

D. RAMÓN HERNÁNDEZ LUCENA

Dª CARMEN ZURERA MAESTRE

Dª ERICA NEVADO GARCÍA

D. MIGUEL A. CASTELLANO CAÑETE

D. RAFAEL SACO AYLLÓN

Esta Comisión Informativa dictaminará los asuntos relativos al Área de Asistencia Técnica a los Municipios, Carreteras, Medio Natural, Arquitectura y Urbanismo, Ingeniería Civil, Agricultura e Infraestructuras Rurales, Vivienda, Intermediación Hipotecaria e Innovación Tecnológica de la Información en Infraestructuras y Equipamientos.

COMISIÓN INFORMATIVA DE BIENESTAR SOCIAL:

TITULARES

SUPLENTES

Dª CARMEN ZURERA MAESTRE

D. MIGUEL A. RUZ SALCES

Dª ANA BELÉN BLASCO JUÁREZ

D. FRANCISCO PALOMARES SÁNCHEZ

D. RAFAEL LLAMAS SALAS

D. JUAN DÍAZ CABALLERO

Dª SALUD NAVAJAS GONZÁLEZ

D. VICTOR MONTORO CABA

Dª FELISA CAÑETE MARZO

Dª Mª DOLORES AMO CAMINO

D. GUILLERMO GONZÁLEZ CRUZ

D. FÉLIX ROMERO CARRILLO

Dª. CARMEN ARCOS SERRANO

D. AGUSTÍN PALOMARES CAÑETE

D. MANUEL TORRES FERNÁNDEZ

Dª ELENA ALBA CASTRO

Dª ALBA DOBLAS MIRANDA

D. RAMÓN HERNÁNDEZ LUCENA

D. MIGUEL A. CASTELLANO CAÑETE

Dª ERICA NEVADO GARCÍA

D. RAFAEL SACO AYILLÓN

A esta Comisión se someterán los asuntos relacionados con el Área de Bienestar Social, Igualdad, Memoria Democrática, Consumo y Participación Ciudadana, Protección Civil, Juventud y Deportes, Cooperación al Desarrollo y Cultura.

COMISIÓN INFORMATIVA ESPECIAL DE CUENTAS:

TITULARES

SUPLENTES

Dª. FELISA CAÑETE MARZO

D. JUAN DÍAZ CABALLERO

Dª DOLORES AMO CAMINO

Dª. INMACULADA SILAS MÁRQUEZ

D. ESTEBAN MORALES SÁNCHEZ

D. FRANCISCO PALOMARES SÁNCHEZ

D. VICTOR MONTORO CABA

Dª. SALUD NAVAJAS GONZÁLEZ

Dª M.ª LUISA CEBALLOS CASAS

D. MANUEL TORRES FERNÁNDEZ

D. FÉLIX ROMERO CARRILLO

D. GUILLERMO GONZÁLEZ CRUZ

D. MIGUEL ÁNGEL TORRICO POZUELO

Dª ELENA ALBA CASTRO

D. FRANCISCO A. SÁNCHEZ GAITÁN

Dª ALBA DOBLAS MIRANDA

D. MIGUEL RUZ SALCES

D. RAMON HERNÁNDEZ LUCENA

D. MIGUEL A. CASTELLANO CAÑETE

Dª ERICA NEVADO GARCÍA

D. RAFAEL SACO AYILLÓN

Esta Comisión tendrá las competencias que le atribuye el artículo 127.2 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades locales.

II.2. Asimismo el Pleno, en la sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 10 del mes de julio, a partir de las 12 horas, acordó delegar en la Junta de Gobierno de esta Corporación Provincial las siguientes atribuciones:

- Acordar la contratación de obras, de suministros, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales y los contratos privados cuando su importe supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto o, en cualquier caso la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración sea superior a cuatro años en todo caso, y los plurianuales de duración inferior siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades supere el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, o la cuantía señalada.

- La aprobación de los proyectos de obra y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y cuando aún no estén previstos en el presupuesto.

- La adjudicación de concesiones sobre los bienes de la entidad provincial y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor supere el 10 % de los recursos ordinarios del presupuesto o el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor supere el porcentaje o la cuantía indicados.

- La aprobación, previo informe del Interventor, de la fianza que deban constituir los funcionarios, recaudadores y agentes que manejen fondos de la Corporación, su revisión y devolución.

II.3. Finalmente el Pleno, en la sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 10 del mes de julio, a partir de las 11 horas, acordó que el Pleno de esta Excma. Diputación Provincial celebre su sesión ordinaria el tercer miércoles de cada mes, al las 11 horas, y en el supuesto de que dicho día sea festivo el día hábil inmediato posterior, a la misma hora.

Lo que se publica para general conocimiento y en cumplimiento de las determinaciones que, sobre esta materia, se contienen en el vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, Texto Articulado aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

EL PRESIDENTE

Córdoba, 30 de julio de 2019. Firmado electrónicamente por el Presidente, Antonio Ruiz Cruz.

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