Boletín nº 147 (02-08-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Rute

Nº. 2.556/2019

Con fecha 24 de junio de 2019 el Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Rute (Córdoba) ha dictado el Decreto nº 2288 que literalmente dice:

De conformidad con lo previsto en el artículo 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Bases del Régimen Local en virtud del cuál, el Alcalde puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los miembros de la Junta de Gobierno Local, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda realizar en favor de cualesquiera Concejales, aunque no pertenecieran a aquélla. Considerando lo dispuesto en el artículo 14.6 del Reglamento Orgánico Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Rute, el cual señala expresamente que las delegaciones genéricas lo serán en miembros de la Junta de Gobierno Local y se referirán a una o varias Áreas de gestión, y podrán abarcar tanto la facultad de dirigir los servicios como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, mientras que las delegaciones especiales en cualquier concejal podrán ser:

a) Relativas a un proyecto o asunto específico. En este caso, la delegación podrá contener todas las facultades delegables de la Alcaldía, incluida la de emitir actos que afecten a terceros, limitándose su eficacia al tiempo de ejecución o gestión del proyecto o asunto delegado.

b) Relativas a un determinado servicio, dentro de las competencias de una Área de gestión. En este caso, la delegación comprenderá la dirección interna y la gestión del servicio, pero no podrá incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, que corresponderá a la Alcaldía o miembro de la Junta de Gobierno Local que tenga atribuida la delegación genérica del Área.

c) Relativas a un distrito o barrio. Podrán incluir todas las facultades delegables de la Alcaldía en relación con ciertas materias, pero circunscritas al ámbito territorial de la delegación. En caso de coexistir este tipo de delegaciones con delegaciones genéricas por áreas, las Resoluciones de delegación establecerán los mecanismos de coordinación entre unas y otras, de tal manera que quede garantizada la unidad de gobierno y gestión del municipio.

De acuerdo con lo anterior, esta Alcaldía-Presidencia, en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, RESUELVO

PRIMERO. Se constituyen las siguientes Áreas Municipales:

-Área de Desarrollo Económico, Empleo e Innovación, Hacienda y Urbanismo cuyo responsable será el Sr. Alcalde-Presidente.

-Área de Bienestar Social, cuyo responsable será la Sra. Concejal Dª Ana Isabel Lazo Córdoba.

-Área de Coordinación de Servicios Municipales y Recursos Humanos, cuyo responsable será el Sr. Concejal D. Francisco Javier Ramirez Flores.

SEGUNDO. Por delegación del Alcalde corresponderán a los Tenientes de Alcalde las siguientes facultades generales que desarrollarán en el ámbito de las materias propias de su Área, sin perjuicio de las atribuidas o delegadas en otros órganos o servicios municipales:

- Dª Ana Isabel Lazo Córdoba, Área de Bienestar Social, que comprenderá los siguientes servicios: Festejos, Cultura y Nuevas Tecnologías, Deporte e Igualdad, Mayores y Participación Ciudadana, Servicios Sociales, Sanidad y Consumo, Medio Ambiente, Juventud y Protección Civil.

- D. Francisco Javier Ramirez Flores, Área de Coordinación de Servicios Municipales y Recursos Humanos, que comprenderá los siguientes servicios: Recursos Humanos, Seguridad y Movilidad, Servicios e Infraestructuras Municipales, Turismo, Educación y Agricultura.

Las referidas delegaciones genéricas abarcan tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general, sin perjuicio de la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, que corresponderá al Sr. Alcalde.

No obstante, las facultades para iniciar y resolver los procedimientos sancionadores en materia de tráfico corresponderá al Sr. Concejal D. Francisco Javier Ramirez Flores, como responsable del Área de Coordinación de Servicios Municipales y Recursos Humanos y Concejal delegado de Recursos Humanos, Seguridad y Movilidad, Servicios e infraestructuras Municipales.

TERCERO. Delegaciones especiales en favor de los siguientes concejales delegados:

-Dª Mª Dolores Peláez García: Turismo, Nuevas tecnologías, Sanidad, Innovación y Empleo.

-D. Francisco Javier Ramirez Flores: Recursos Humanos, Seguridad y Movilidad, Agricultura, Participación Ciudadana y Desarrollo económico.

-Dª Mónica Caracuel Arenas: Deporte, Igualdad y Servicios e Infraestructuras.

-D. Antonio Granados Pedrazas: Festejos, Protección Civil, Obras y Reahibilitaciones Urbanas.

-Dª Sandra Gonzalez Roldán: Juventud, Educación y Consumo.

-Dª Ana Isabel Lazo Córdoba: Cultura, Servicios Sociales, Mayores y Medio Ambiente.

Las referidas delegaciones comprenderán tan sólo la facultad de dirección y gestión.

CUARTO. Los Concejales Delegados quedarán obligados a informar a esta Alcaldía de las gestiones realizadas en relación con las materias, así como proponer a la Junta de Gobierno Local los acuerdos que se han de adoptar para el buen funcionamiento de los servicios.

QUINTO. Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; y remitir la Resolución de nombramiento al Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba para su publicación en el mismo, igualmente publicar la Resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la Resolución por el Alcalde.

SEXTO. Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la primera sesión que celebre.

Lo que se hace público para general conocimiento a efectos de lo prevenido en la legislación vigente.

Rute, 23 de julio de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Antonio Ruiz Cruz.

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