Boletín nº 147 (02-08-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Rute

Nº. 2.559/2019

Con fecha 24 de junio de 2019 el Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Rute (Córdoba) ha dictado el Decreto nº 2286 que literalmente dice:

Considerando la celebración de elecciones municipales el pasado día 26 de mayo de 2019 y habiéndose procedido el día 15 de junio de 2019 a la constitución de la nueva Corporación Local.

Visto que, de conformidad con los artículos 20.1. b) y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 4.1 Reglamento Orgánico Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Rute, la Junta de Gobierno Local es un órgano colegiado necesario.

Considerando que, de conformidad con los artículos 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 3 y 18.1 a 18.3 del Reglamento Orgánico Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Rute, la Junta de Gobierno Local está integrada por el Alcalde y un número de Concejales no superior al tercio del número legal de los mismos, nombrados líbremente por resolución de alcaldía en el plazo de treinta días desde la constitución del Ayuntamiento, da la que se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre y que será asimismo objeto de notificación y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de Resolución por el Alcalde, si en ella no se dispusiera otra cosa.

Considerando que, de conformidad con los artículos 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 18.4 del Reglamento Orgánico Municipal del Excmo. Ayuntamiento de Rute, corresponden a la Junta de Gobierno Local la asistencia permanente al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones y aquellas funciones que sean delegadas por el Alcalde u otro órgano municipal, u otorgada por atribución de la Ley.

De acuerdo con lo anterior, RESUELVO

PRIMERO. Que la Junta de Gobierno Local, presidida por el Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, estará integrada por los siguientes Concejales:

- D. Francisco Javier Ramirez Flores.

- Sr. D. Antonio Granados Pedrazas.

- Sra. Dª María Dolores Peláez García.

- Sra. Dª Ana Isabel Lazo Córdoba.

SEGUNDO. Corresponde a la Junta de Gobierno Local, además de la asistencia permanente al Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, las siguientes competencias que se delegan:

- Licencias de ocupación y utilización.

- Licencias de parcelación y segregación.

- Declaración de innecesariedad de licencia urbanística.

- Licencias de actividad o apertura y puesta en marcha.

- Cambio de titularidad de licencia de actividad.

TERCERO. Notificar personalmente la presente resolución a los designados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa.

CUARTO. Remitir la Resolución del nombramiento al Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba para su publicación en el mismo, y publicar en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 23 de la Ley.

QUINTO. Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento de esta resolución en la primera sesión que se celebre.

Lo que se hace público para general conocimiento a efectos de lo prevenido en la legislación vigente.

Rute, 23 de julio de 2019. Firmado electrónicamente por el Alcalde-Presidente, Antonio Ruiz Cruz.

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