Boletín nº 155 (14-08-2019)

VI. Administración Local

Ayuntamiento de Iznájar

Nº. 2.831/2019

CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA ASOCIACIONES Y COLECTIVOS LOCALES DURANTE EL AÑO 2019.

BDNS (Identif.) 469816

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

(http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Asociaciones Culturales, de ocio, tiempo libre y deportivas, así como Cofradías y Hermandades de Semana Santa del Municipio de Iznájar, legalmente constituidas, inscritas en el Registro de Asociaciones de este Ayuntamiento y que hayan justificado correctamente las ayudas y/o subvenciones concedidas en años anteriores.

Segundo. Finalidad:

Fomentar las iniciativas y la promoción de actividades que tengan una repercusión sobre el ocio y tiempo libre, el deporte y la cultura del municipio de Iznájar. Podrán presentarse para su financiación aquellos proyectos y/o iniciativas con una proyección local, que estimulen la capacidad de iniciativas, favorezcan la máxima participación y repercutan directamente en el desarrollo y ejecución de los Planes de Cultura, Ocio, Tiempo Libre y Deportes del municipio.

Tercero. Bases Reguladoras:

BASES PARA LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA ASOCIACIONES Y COLECTIVOS LOCALES DURANTE EL AÑO 2019, publicadas en:

https://www.iznajar.es/ayuntamiento/subvenciones

Cuarto. Importe:

El importe de las subvenciones no podrá ser en ningún caso, de tal cuantía que supere el coste de la actividad a desarrollar por la asociación beneficiaria y en ningún caso podrá superar el 50% del coste total, a excepción de aquellos proyectos y/o actuaciones que pudieran ser asumidos como propios por la Corporación Municipal.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Las instancias solicitando la subvención, deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACA) en un plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.

Lugar de la Firma: Iznájar.

Fecha de la Firma: 2019-08-08.

Firmante: El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Iznájar, Lope Ruiz López.

Aviso jurídico

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