Boletín nº 159 (21-08-2019)

VII. Administración de Justicia

Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba

Nº. 2.773/2019

Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 51/2019. Negociado A

De: Don Enrique Rodríguez Bellido

Abogado: Don José Gómez Fernández

Contra: EL Rinconcito de Pepe 2025 SL y Fogasa

DOÑA MARIBEL ESPÍNOLA PULIDO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 4 DE CORDOBA, HACE SABER:

Que en los autos seguidos cn este Juzgado bajo el número 51/2019 a instancia de la parte actora don Enrique Rodriguez Bellido contra El Rinconcito de Pepe 2025 SL y Fogasa, sobre Ejecución de titulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 20.05.2019 del tenor litcral siguiente

"AUTO

S.Sª Ilma. DIJO: Se despacha, ejecución general de la resolución dictada en autos contra El Rinconcito de Pepe 2025 SL con CIF B56.057.037, por la cantidad de 19.420,80 euros de principal más 3.884,16 euros calculados provisionalmente para intereses, costas y gastos de ejecución.

Notifiquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso reposición, sin perjuicio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en la forma y plazo previsto en la LEC, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Itma. Sra. Doña M. Rosario Flores Arias, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número 4 de Córdoba. Doy fe. La Magistrado-Juez. Letrada de la Administración de Justicia.

DILIGENCIA. Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.

DECRETO

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO: Procédase sin previo requerimiento de pago al embargo de los bienes de la propiedad de El Rinconcito de Pepe 2025 SL con CIF B56.057.037, por la cantidad de 19.420,80 euros de principal más 3.884,16 euros calculados provisionalmente para intereses, costas y gastos de ejecución.

Se acuerda el embargo de los posibles saldos de la titularidad de la ejecutada en cuentas abiertas en las entidades bancarias adheridas al convenio suscrito por la Asociación Española de Banca y el CGPJ, librando la correspondiente orden de retención a través de la aplicación informática disponible en este órgano judicial.

Se acuerda el embargo de las devoluciones reconocidas por la Agencia Tributaria en favor de la, ejecutada, por cualquier concepto, y librese orden de retención a través de la aplicación informática disponible en este órgano judicial.

Habiendo sido declarada la cjecutada El Rinconcito de Pepe 2025 SL con CIF B56.057.037 en insolvencia provisional por el Juzgado de lo Social n° 3 de Córdoba, con fecha 28.05.2018 en la Ejecución número 72/2018, con fecha 3.07.2018 se dictó igualmente Decreto de Insolvencia en la Ejecución número 83/20 18, y en fecha 6.07.2018 se dicto Decreto de Insolvencia en la Ejecución n° 55/2018 seguida en el Juzgado de lo Social nº 1 de Córdoba, dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho interese o designen bienes, derechos o acciones del deudor que puedan ser objeto de embargo.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en ei plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción comctida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado Santander con IBAN n° ES55-0049-3569-92-0005001274, debiendo indicar en el apartado "observaciones" los dígitos que corresponden a la cuenta expediente de esta ejecución: 1711-0000-05-0051-19, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social-Revisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 Social-Revisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Por este mi Decreto lo pronuncio mando y firmo. La Letrada de la Administración de Justicia".

Y para que sirva de notificación al demandado El Rinconcito de Pepe 2025 SL, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Córdoba, a 29 de julio de 2019. Firmado electrónicamente por la Letrada de la Administración de Justicia, Maribel Espinola Pulido.

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