Boletín nº 159 (21-08-2019)
VI. Administración Local
Ayuntamiento de Fuente Obejuna
Nº. 2.889/2019
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Fuente Obejuna por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos nº 14/2019 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones.
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 27 de junio de 2019, crédito extraordinario financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, como sigue a continuación:
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación |
Descripción |
Importe |
|
Progr. |
Económica |
||
164 |
61906 |
Construcción Nichos Cementerio Municipal |
6290,32 |
TOTAL |
6290,32 |
Esta modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos:
BAJAS O ANULACIONES EN CONCEPTO DE GASTOS
Aplicación |
Descripción |
Importe |
|
Progr. |
Económica |
||
165 |
62706 |
Alumbrado Publico- Acceso Fo. Calle Ancha |
6290,32 |
TOTAL |
6290,32 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado
En Fuente Obejuna, 8 de agosto de 2019. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, Silvia Mellado Ruiz.